Acuerdos. 000281 Refórmese el Acuerdo Ministerial N° 0000272, de 28 de septiembre de 2018

Número de Boletín383
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana

Considerando:

Que el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, prescribe: “A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión (...)”;

Que el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, señala: “Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;

Que el artículo 416, ibídem establece: “Las relaciones del Ecuador con la comunidad internacional responderán a los intereses del pueblo ecuatoriano, al que le rendirán cuenta sus responsables y ejecutores (...)”;

Que el artículo 2 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares señala el: “Establecimiento de relaciones consulares entre Estados se efectuará por consentimiento mutuo (...)”;

Que el artículo 2 de la Ley Orgánica del Servicio Exterior (LOSE), prescribe: “(...) Como órgano inmediato al Jefe del Estado, corresponde al Ministro de Relaciones Exteriores colaborar directamente con el Jefe del Estado en la formulación de la política internacional y ejecutarla. El Ministro es, además, el jefe directo del Servicio Exterior”;

Que el...

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