Causas. 0007-17-IN Acción Pública De Inconstitucionalidad. Legitimado Activo: Jorge Montero Rodríguez, Ex Rector De La Escuela Superior Politécnica Ecológica Profesor “servio Tulio Montero Ludeña” Y Otros ..

Número de Boletín24
SecciónCausas
EmisorCorte Constitucional
20 – Miércoles 28 de junio de 2017 Suplemento – Registro Of‌i cial Nº 24
NORMAS CONSTITUCIONALES PRESUNTA-
MENTE VULNERADAS:
Artículos 11; 26; 61; 135; 136; 137; 298; 355; 357; 423 y
PRETENSIÓN JURÍDICA:
Solicita “1. Considerando que el gobierno se ha negado
a proporcionar los fondos a la Universidad Andina y que
ha aplicado ya la ley, perjudicando presupuestariamente
a una universidad, se disponga la suspensión provisional
de normas inconstitucionales demandadas, teniendo en
cuenta que su vigencia tiene repercusiones inmediatas
en la formulación del Presupuesto General del Estado y
que impactarían en el presupuesto de las universidades
que actúan bajo convenios internacionales en el Ecuador
2. Se declare la inconstitucionalidad por el fondo los
Artículos 1 que sustituye el artículo 24 de la Ley Orgánica
de Educación Superior (LOES), 4 que sustituye el literal
w) del artículo 169 de la LOES, 6 que sustituye el primer
inciso de la Disposición General Séptima, 7 que incluye
la Disposición General Décima segunda, 8 que incluye
la Disposición Transitoria Vigésima Octava y Trigésima,
de las Disposiciones Reformatorias a la Ley Orgánica de
Educación Superior (LOES) que constan en la Ley Orgánica
de Extinción de las universidades y escuelas politécnicas
suspendidas por el Consejo de Evaluación, Acreditación
y Aseguramiento de la Calidad dela Educación Superior
(CEAACES) y, mecanismos para asegurar la ef‌i ciencia
en la distribución y uso de recursos públicos en el SES,
publicadas en el Registro Of‌i cial N. 913 del viernes 30
de diciembre de 2016, Segundo Suplemento 3. Se declare
la inconstitucionalidad por la forma de la Ley Orgánica
de Extinción de las universidades y escuelas politécnicas
suspendidas por el Consejo de Evaluación, Acreditación
y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior
(CEAACES) y, mecanismos para asegurar la ef‌i ciencia en
la distribución y uso de recursos públicos en el SES”.
De conformidad con lo dispuesto por la Sala de Admisión,
publíquese este resumen de la demanda en el Registro
Of‌i cial y en el Portal Electrónico de la Corte Constitucional.
LO CERTIFICO.- Quito D.M., 14 de junio del 2017, a
las 11:00.
f.) Jaime Pozo Chamorro, Secretario General.
CORTE CONSTITUCIONAL
DEL ECUADOR
SALA DE ADMISIÓN
RESUMEN CAUSA No. 0007-17-IN
En cumplimiento a lo dispuesto por la Sala de Admisión,
mediante auto de 6 de junio del 2017, a las 11:18 y de
conformidad con lo establecido en el artículo 80, numeral 2,
literal e), de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales
y Control Constitucional, se pone en conocimiento del
público lo siguiente:
CAUSA: Acción pública de inconstitucionalidad.
LEGITIMADO ACTIVO: Jorge Montero Rodríguez, ex
rector de la Escuela Superior Politécnica Ecológica profesor
“Servio Tulio Montero Ludeña” y otros.
CORREOS ELECTRONICOS:
fatimabermeodemontero@hotmail.com; jorgec.
montero@gmail.com; vaestradaa33@hotmail.com y
franciscozea271@gmail.com
LEGITIMADOS PASIVOS: Lenin Moreno Garcés,
presidente de la República del Ecuador; José Serrano
Salgado, presidente de la Asamblea Nacional y Diego
García Carrión, procurador general del Estado.
NORMAS CONSTITUCIONALES PRESUNTA-
MENTE VULNERADAS:
Artículos 26; 66, numeral 18; 136; 351 y 355 de la
PRETENSIÓN JURÍDICA:
Solicita <
la “LEY DE EXTINCIÓN DE LAS UNIVERSIDADES
Y ESCUELAS POLITÉCNICAS SUSPENDIDAS POR
EL CONSEJO DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN
Y ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE
LA EDUCACIÓN SUPERIOR (CEAACES) Y
MECANISMOS PARA ASEGURAR LA EFICIENCIA EN
LA DISTRIBUCIÓN Y USO DE RECURSOS PÚBLICOS
EN EL SISTEMA DE EDUCACIÓN SUPERIOR”,
restituyendo a la ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA
ECOLÓGICA AMAZÓNICA, a la ESCUELA SUPERIOR
POLITÉCNICA ECOLÓGICA PROFESOR “SERVIO
TULIO MONTERO LUDEÑA” y, a la UNIVERSIDAD
TÉCNICA PARTICULAR DE CIENCIAS AMBIENTALES
JOSÉ PERALTA todo su patrimonio que le fue arrebatado
cuando se dispuso las clausuras y de esta forma devolver
a las Provincias Amazónicas, en todas sus Capitales de
Provincia; a la Provincia de Loja, Ciudad de Cariamanga y a
la Provincia del Cañar el derecho que tienen los Bachilleres
al acceso a los estudios superiores como lo establece
la Organización de las Naciones Unidas a través de la
Comisión de los Derechos Humanos, de la cual el Ecuador
es miembro, el respeto a los Derechos Constitucionales y
Legales, fundamentados a lo largo de esta Demanda, así
como sentar jurisprudencia sobre el “Debido Proceso”, que
se deben seguir irrestrictamente en todo trámite legal…>>.
De conformidad con lo dispuesto por la Sala de Admisión,
publíquese este resumen de la demanda en el Registro
Of‌i cial y en el Portal Electrónico de la Corte Constitucional.
LO CERTIFICO.- Quito D.M., 14 de junio del 2017, a
las 11:30.
f.) Jaime Pozo Chamorro, Secretario General.
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