Acuerdos. 00097-2020 Deléguese al médico Carlos Milton Jerez Camino, para que forme parte del Directorio de la Federación Deportiva de Tungurahua
Número de Boletín | 127 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | Ministerio de Salud Pública |
8 – Jueves 23 de enero de 2020 Registro Ofi cial Nº 127
el bienestar social, demostrado el día 27 de noviembre
del 2018, en el Distrito Metropolitano de Quito, sector
La Argelia, al lograr frustrar un asalto en el interior
de un bus de transporte intercantonal Cooperativa
Mejía disco No. 10, precautelando el bien jurídico de
todas las personas que se encontraban en el lugar,
conforme a lo que establece el Art. 14 del Reglamento
de Condecoraciones de la Policía Nacional, concordante
con el Art. 100 y la disposición Transitoria Primera
del COESCOP, y numeral 4, literal j, del acápite de
CONDECORACIONES Y RECONOCIMIENTOS (...)
2.- SOLICITAR, al señor Comandante General de la
Policía Nacional, de conformidad a lo establecido en el
último inciso de la Disposición Transitoria Primera del
COESCOP, concordante con el Art. 4 del Reglamento
de Condecoraciones de la Policía Nacional; se digne
alcanzar el correspondiente Acuerdo Ministerial,
mediante el cual se confi era la indicada condecoración
con carácter honorífi co, a favor del referido servidor
policial del Nivel Técnico Operativo”;
Visto el ofi cio Nro. 2019-0303-CsG-PN de 05 de febrero
de 2019, el Comandante General de la Policía Nacional
vista la Resolución Nro. 2019-012-CsG-PN de 07 de enero
de 2019, emitida por el H. Consejo de Generales de la
Policía Nacional, solicita a la señora Ministra del Interior
se digne emitir el correspondiente Acuerdo Ministerial
mediante el cual se confi era la Condecoración “Al Valor”
al señor Sargento Primero de Policía Carlos Giovanny
Yasig Simaluisa, por el notable profesionalismo, valentía,
disciplina, coraje y excepcional valor en el desempeño de
sus funciones específi cas para mantener el Orden Público
y el bienestar social: y,
En ejercicio de las facultades y atribuciones
constitucionales, legales y reglamentarias,
Acuerda:
Artículo 1.- Otorgar con carácter honorífi co la
condecoración “AL VALOR” al Sargento Primero de
Policía CARLOS GIOVANNY YASIG SIMALUISA,
por el notable profesionalismo, valentía, disciplina, coraje
y excepcional valor en el desempeño de sus funciones
específi cas para mantener el Orden Público y el bienestar
social de conformidad con lo establecido en el artículo
14 de la Codifi cación y Reformas al Reglamento de
Condecoraciones de la Policía Nacional, concordante con
el Art. 100 y la disposición Transitoria Primera del Código
Orgánico de las Entidades de Seguridad Ciudadana y
Orden Público.
Artículo 2.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en
vigencia a partir de su suscripción sin perjuicio de su
publicación en la Orden General de la Policía Nacional
y en el Registro Ofi cial. De su ejecución encárguese al
Comandante General de la Policía Nacional.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.-
Dado en Quito. D.M., a 30 de septiembre de 2019.
f.) María Paula Romo Rodríguez, Ministra de Gobierno.
MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifi co que el
presente documento es fi el copia del original que reposa en
el archivo de Unidad de Gestión Documental y A. de este
Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, a
02 de diciembre de 2019.- f.) Ilegible, Secretaría General.
No. 00097-2020
LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA
Considerando:
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en el
artículo 154, numeral 1, dispone que corresponde a las
ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la Ley, ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, el artículo 361 de la Norma Suprema prevé que el
Estado ejercerá la rectoría del Sistema Nacional de Salud
a través de la Autoridad Sanitaria Nacional, responsable
de formular la política nacional de salud, y de normar,
regular y controlar todas las actividades relacionadas con
la salud, así como el funcionamiento de las entidades del
sector;
Que, la Ley Orgánica de Salud, en el artículo 4, dispone que
la Autoridad Sanitaria Nacional es el Ministerio de Salud
Pública, entidad a la que corresponde el ejercicio de las
funciones de rectoría en salud; así como la responsabilidad
de la aplicación, control y vigilancia del cumplimiento de
dicha Ley, siendo obligatorias las normas que dicte para
su plena vigencia;
Que, el Código Orgánico Administrativo en el artículo
68, prevé que la competencia es irrenunciable y se ejerce
por los órganos o entidades señalados en el ordenamiento
jurídico salvo los casos de, entre otros, delegación, cuando
se efectúe en los términos previstos en la ley;
Que, el referido Código Orgánico Administrativo, en el
artículo 71 establece: “Son efectos de la delegación: 1.
Las decisiones delegadas se consideran adoptadas por
el delegante. 2. La responsabilidad por las decisiones
adoptadas por el delegado o el delegante, según
corresponda.”;
en el artículo 35 establece: “Las Federaciones Deportivas
Provinciales son organizaciones deportivas sin fi nes de
lucro que se rigen por un régimen especial denominado
Régimen de Democratización y Participación para
cumplir con el fi n social que les compete así como para
recibir recursos económicos del Estado.”;
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