0051 “bayer Munich De Nono”, Domiciliado En El Cantón Quito, Provincia De Pichincha

Fecha de disposición19 Julio 2017
Fecha de publicación19 Julio 2017
Número de Gaceta39
2 – Miércoles 19 de julio de 2017 Registro Of‌i cial Nº 39
Págs.
17 318 ETE INEN-ISO/TS 16407-2 (Peaje
electrónico - Evaluación de la
conformidad de los equipos con la
especif‌i cación técnica ISO/TS 17575-1
Parte 2: Conjunto de ensayos genéricos
(ISO TS 16407-2:2012, IDT)) .................... 35
17 319 NTE INEN-EN 1082-3 (Ropas de
protección. guantes y protectores de
brazos contra los cortes y pinchazos
producidos por cuchillos de mano. Parte
3. Ensayo de corte por impacto para
tejidos, cuero y otros materiales (EN
1082-3:2000, IDT)) .................................... 36
17 320 NTE INEN-EN 13549 (Servicios
de limpieza. Requisitos básicos y
recomendaciones para los sistemas de
medición de la calidad (EN 13549:2001,
IDT)) ........................................................... 37
17 321 NTE INEN-EN 381-1 (Ropa de
protección para usuarios de sierras
de cadena accionadas a mano. Parte
1: Banco de ensayos para verif‌i car la
resistencia al corte por una sierra de
cadena (EN 381-1:1993, IDT)) ................. 38
17 322 NTE INEN-ISO 16050:2017 (Productos
alimenticios – Determinación de
af‌l atoxina B1, y contenido total de
af‌l atoxinas B1, B2, G1 y G2 en cereales,
nueces y productos derivados – Método
por cromatografía líquida de alta
resolución (ISO 16050:2003, IDT)) ......... 40
MINISTERIO DE TRANSPORTE
Y OBRAS PÚBLICAS:
SUBSECRETARÍA ZONAL 5:
Concédese personalidad jurídica y
apruébese el estatuto de las siguientes
organizaciones:
SUBZ5-OS-002-2017 “Micro-Empresa Lazaro
Cóndor”, domiciliada en el cantón
Guaranda, provincia de Bolívar .............. 41
SUBZ5-OS-003-2017 Asociación de Conservación
Vial “El Tejal”, domiciliada en el cantón
Babahoyo, provincia de Los Ríos ............ 43
SUBZ5-OS-004-2017 “Narcisa de Jesus de
Balzar”, domiciliada en el cantón
Balzar, provincia del Guayas ................... 44
INSTITUTO ECUATORIANO DE LA
PROPIEDAD INTELECTUAL:
006-2017-DGI-IEPI Refórmese la Resolución
Nro. 066-2016-DGI-IEPI .......................... 46
007-2017-DNDAYDC-IEPI Deléguense facultades
al señor Carlos Sebastián Páez Vásconez 47
MINISTERIO DEL DEPORTE
Nro. 0051
Dr. Xavier Esteban Martínez Guillén
COORDINADOR GENERAL
DE ASESORÍA JURÍDICA
Considerando:
establece que: “A las ministras y ministros de Estado,
además de las atribuciones establecidas en la ley, les
corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión.
(…)”;
Que, la Constitución de la República en su artículo
381 señala que: “El Estado protegerá, promoverá y
coordinará la cultura física que comprende el deporte,
la educación física y la recreación, como actividades que
contribuyen a la salud, formación y desarrollo integral
de las personas; impulsará el acceso masivo al deporte
y a las actividades deportivas a nivel formativo, barrial
y parroquial; auspiciará la preparación y participación
de los deportistas en competencias nacionales e
internacionales, que incluyen los Juegos Olímpicos
y Paraolímpicos; y fomentará la participación de las
personas con discapacidad.
El Estado garantizará los recursos y la infraestructura
necesaria para estas actividades. Los recursos se
sujetarán al control estatal, rendición de cuentas y
deberán distribuirse de forma equitativa.”;
Física y Recreación, señala que: “El Ministerio Sectorial
es el órgano rector y planif‌i cador del deporte, educación
física y recreación; le corresponde establecer, ejercer,
garantizar y aplicar las políticas, directrices y planes
aplicables en las áreas correspondientes para el
desarrollo del sector de conformidad con lo dispuesto en
la Constitución, las leyes, instrumentos internacionales y
reglamentos aplicables. (…)”;
Que, de acuerdo con el artículo 14, literal l), del mismo
cuerpo normativo, es una función y atribución del
Ministerio del Deporte “Ejercer la competencia exclusiva
para la creación de organizaciones deportivas, aprobación
de sus Estatutos y el registro de sus directorios, de acuerdo
a la naturaleza de cada organización (…);
Que, el literal a) del artículo 17 de la Ley del Deporte,
Educación Física y Recreación, determina que forman
parte del sistema deportivo ecuatoriano, entre otros
los clubes deportivos básicos para el deporte barrial,
parroquial y comunitario;
Que, de acuerdo al literal a) del artículo 96 de la Ley del
deportivo básico dentro de la estructura del deporte barrial
y parroquial;
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Y OBRAS PÚBLICAS:
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Y OBRAS PÚBLICAS:
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