Acuerdo 007-2018 Codifíquense las reformas y expídese el acuerdo de delegación de competencias, atribuciones, facultades y responsabilidades de la SECOM

Número de Boletín289
SecciónAcuerdos
EmisorSecretaría Nacional de Comunicación
Lunes 23 de julio de 2018 – 11Registro Of‌i cial Nº 289
e Institucional, serán delegables en las autoridades
u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se
encuentran prohibidas por Ley o por Decreto. La
delegación será publicada en el Registro Of‌i cial. Los
delegados de las autoridades y funcionarios de la
Administración Pública Central e Institucional en los
diferentes órganos y dependencias administrativas, no
requieren tener calidad de funcionarios públicos”;
Que, mediante Acuerdo No. 14 suscrito el 13 de enero de
2016 y posteriores reformas, se delegaron atribuciones en
materia administrativa, f‌i nanciera, contratación pública y
talento humano;
Que, mediante decreto Ejecutivo No. 318 de 20 de
febrero de 2018, el señor Presidente Constitucional de la
República Licenciado Lenín Moreno Garcés, designó al
Señor Andrés Michelena Ayala como Secretario Nacional
de Comunicación;
Que, para una ef‌i ciente gestión administrativa resulta
necesario reformar la delegación de competencias,
atribuciones y facultades de la Secretaría Nacional de
Comunicación;
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i eren el art. 154
numeral 1 de la Constitución de la República; el art. 12 del
Estatuto de Gestión por Procesos de la Secretaría Nacional
de Comunicación – SECOM, y todas las consideraciones
expuestas:
Acuerda:
REFORMAR EL ACUERDO DE DELEGACIÓN DE
COMPETENCIAS, ATRIBUCIONES, FACULTADES
Y RESPONSABILIDADES DE LA SECRETARÍA
NACIONAL DE COMUNICACIÓN:
Art. 1.- En el literal d) del artículo 2 Incorpórese a
continuación del texto f‌i nal de la norma, lo siguiente:
“con la referida autorización, resolverá la designación
de los servidores que participarán en eventos of‌i ciales o
representarán a la Secretaría Nacional de Comunicación
en el exterior.”
Art. 2.- Incorpórese a continuación del literal f) del artículo
2 lo siguiente: “Suscribir convenios interinstitucionales
con las entidades que comprenden el sector público”
Art. 3.- En el literal f) del artículo 3 suprímase la frase
“comisiones de servicio”.
Art. 4.- Incorpórese a continuación del literal d) del
artículo 3, lo siguiente: “Solicitar la autorización de
comisiones de servicio con o sin remuneración para
servidores que presten sus servicios en otras entidades del
Estado.”
Art. 5.- Incorpórese a continuación del literal f) del
artículo 3, lo siguiente: “Terminar comisiones de servicio
de los servidores públicos que pertenecen a otras entidades
del Estado, esto sin perjuicio del cargo o nivel ocupacional
que ejerzan en la Secretaría Nacional de Comunicación.”
Art. 6.- Incorpórese a continuación del literal s) del art. 3,
lo siguiente: “Delegar todas las atribuciones conferidas a
la máxima autoridad en el Reglamento para el Registro y
Control de las Cauciones.”
Art.- 7.- Observando el orden alfabético, sustitúyanse
todos los literales del artículo 3.
Art.- 8.- En el literal f) del artículo 4, suprímase la frase:
“la elaboración de pliegos”.
Art.- 9.- Suprímase los literales e); y, g) del artículo 4;
y, sustitúyanse los literales de esta norma observando el
orden alfabético.
Art. 10.- Incorpórese a continuación del literal g) del
artículo 6 lo siguiente: “Presidir el Tribunal de méritos
en los concursos de méritos y oposición o designar a su
delegado”
Art.- 11.- Sustitúyase el contenido del artículo 7, literal
d) por el siguiente: “Elaborar proyectos de resoluciones
de inicio y adjudicación en los procedimientos para la
adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obra,
prestación de servicios, incluidos los de consultoría.”
Art.- 12.- Codifíquense el acuerdo No. 004-2018 de 22
de marzo de 2018 y las reformas efectuadas en el presente
instrumento.
DISPOSICIÓN FINAL
ÚNICA. - El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir
de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Of‌i cial.
Comuníquese y publíquese.
Dado y f‌i rmado en Quito, D.M. a los 26 días del mes de
abril de 2018.
f.) Carlos Andrés Michelena Ayala, Secretario Nacional de
Comunicación.
SECRETARÍA NACIONAL DE COMUNICACIÓN.-
COPIA CERTIFICADA.- 23 de mayo de 2018.- Es f‌i el
copia del original, lo certif‌i co.- f.) Ilegible, Dirección de
Gestión Documental y Archivo.
No. 007-2018
Carlos Andrés Michelena Ayala
SECRETARIO NACIONAL DE COMUNICACIÓN
Considerando:
del Ecuador dispone que las instituciones del Estado,
sus organismos, dependencias, servidores públicos
y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal, tendrán el deber de coordinar acciones para el
cumplimiento de sus f‌i nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución;
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