Acuerdos. 0082 Confórmese el Comité de Transparencia

Número de Boletín489
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio del Interior
22 – Jueves 16 de mayo de 2019 Registro Of‌i cial Nº 489
para combatir el tráf‌i co ilícito de bienes culturales. Es un
cuerpo colegiado integrado por la máxima autoridad, o
su delegado, de las siguientes instituciones: 1. Ministro de
Cultura y Patrimonio o su delegado, quien la presidirá; 2.
Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana
o su delegado; 3. Ministerio del Interior O su delegado;
4. Procuraduría General del Estado o su delegado; 5.
Fiscalía General del Estado o su delegado; 6. Instituto
Nacional de Patrimonio Cultural o su delegado, y,
7. Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador o su
delegado”;
Que el inciso segundo del artículo 76 del Reglamento
General a la Ley Orgánica de Cultura establece que el
Comité Técnico Nacional de Lucha contra el Tráf‌i co
Ilícito de Bienes Culturales, en el ámbito de la Comisión
Nacional, será órgano de asesoramiento técnico y legal,
integrado por un delegado principal y suplente de las
instituciones que conforman la Comisión Nacional;
Que el artículo l del Decreto Ejecutivo No. 632 de 17
de enero de 2011, publicado en el Registro Of‌i cial No.
372 de 27 de enero de 2011 señala: “Reorganícese la
Policía Nacional, disponiendo que la representación
legal, jurídica y extrajudicial de la Policía Nacional,
sea asumida por el Ministerio del Interior, quien a su vez
podrá delegar dichas atribuciones de conformidad con la
Ley”;
Que mediante Decreto Ejecutivo Nro. 495 de 31 de agosto
de 2018, el Presidente de la República del Ecuador, nombró
como Titular del Ministerio del Interior a la señora María
Paula Romo Rodríguez;
Que es necesario racionalizar la gestión administrativa
del Despacho del Ministro del Interior, a f‌i n de dar mayor
agilidad a su gestión, por lo que es pertinente la delegación
de funciones, de manera que facilite su gestión en este
ámbito; y,
En ejercicio de las atribuciones constitucionales, legales
y reglamentarias:
Acuerda:
Artículo 1.- REVOCAR la delegación conferida al
Mayor Christian Guillermo Trujillo Calahorrano y a la
doctora Liz Karola Jácome Chimbo, a través del Acuerdo
Ministerial 0407 de 04 de octubre de 2017.
Artículo 2.- Dejar sin efecto el Acuerdo Ministerial 0407
de 04 de octubre de 2017, a consecuencia de lo dispuesto
en el artículo 1 del presente acuerdo.
Artículo 3.- Las acciones realizadas mediante la
delegación conferida con Acuerdo Ministerial 0407 de
04 de octubre de 2017 hasta la presente fecha son de
responsabilidad exclusiva de quienes las suscribió.
Artículo 4.- Delegar al/a la jefe/a de la Unidad Especialidad
en Investigación de Delitos contra el Patrimonio Cultural;
y, al/a la Subsecretario/a de Seguridad Ciudadana para que
a nombre y representación del Titular, de conformidad con
el Reglamento General a la Ley de Cultura, integren en
calidad de delegado principal y suplente, respectivamente,
el Comité Técnico Nacional de Lucha contra el Tráf‌i co
Ilícito de Bienes Culturales.
Artículo 5.- El/la jefe/a de la Unidad Especialidad en
Investigación de Delitos contra el Patrimonio Cultural; y,
el/la Subsecretario/a de Seguridad Ciudadana, mantendrán
informada a la Máxima Autoridad del Ministerio del
Interior de las acciones adoptadas en ejercicio de la presente
delegación, siendo penal, civil y administrativamente
responsables por los actos que realizaren o las omisiones
en que incurrieres en virtud de la misma.
Artículo 6.- El presente Acuerdo Ministerial entrará
en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de
su publicación en el Registro Of‌i cial; de su ejecución
encárguese el Despacho Ministerial.
Artículo 7.- Póngase en conocimiento de la Secretaría
General de la Presidencia de la República, del/de la jefe/a
de la Unidad Especialidad en Investigación de Delitos
contra el Patrimonio Cultural; y, del/de la Subsecretario/a
de Seguridad Ciudadana.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 13 de marzo de
2019.
f.) María Paula Romo Rodríguez, Ministra del Interior.
MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certif‌i co que el
presente documento es f‌i el copia del original que reposa en
el archivo de Unidad de Gestión Documental y A. de este
Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 07
de mayo de 2019.- f.) Ilegible, Secretaría General.
N° 0082
María Paula Romo Rodríguez
MINISTRA DEL INTERIOR
Considerando:
Que el numeral 2 del artículo 16 de la Constitución de
la República del Ecuador expresa que todas las personas,
en forma individual o colectiva, tienen derecho al acceso
universal a las tecnologías de información y comunicación;
Que el numeral 2 del artículo 18 de la Constitución de la
República del Ecuador determina que todas las personas,
en forma individual o colectiva, tienen derecho a acceder
libremente a la información generada en entidades
públicas, o en las privadas que manejen fondos del
Estado o realicen funciones públicas. No existirá reserva
de información excepto en los casos expresamente
establecidos en la ley. En caso de violación a los derechos
humanos, ninguna entidad pública negará la información;
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