Acuerdos. 0128-2017 Deléguense Facultades Al/la Coordinador/a General Administrativo/a Financiero/a

Número de Boletín92
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Salud Pública
6 – Martes 3 de octubre de 2017 Registro Of‌i cial Nº 92
Presidente o Presidenta de la República, los contratos o
convenios inherentes a las f‌i nanzas públicas, excepto los
que corresponda celebrar a otras entidades y organismos del
Estado, en el ámbito de sus competencias;
Que, el artículo 75 del invocado Código dispone que, el
Ministro a cargo de las Finanzas Públicas, podrá delegar
por escrito las facultades que estime conveniente hacerlo;
Que, el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva en su artículo 55, faculta a los
Ministros y autoridades del Sector Público, delegar sus
atribuciones y deberes;
Que, mediante Acta Resolutiva Nro. 010 de 22 de mayo
de 2017, el Comité de Deuda y Financiamiento autorizo
la contratación en los términos y condiciones f‌i nancieras
del Acuerdo de Facilidad de Crédito por un monto de hasta
USD 65.000.000,00 (SESENTA Y CINCO MILLONES
CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA), a suscribirse entre la Agencia Francesa
de Desarrollo como Prestamista, y la República del
Ecuador como Prestataria, destinado a f‌i nanciar el Proyecto
“Financiamiento Sectores Productivos y Construcción de
Viviendas de Interés Social y de Interés Público (VIS Y
VIP) en las Provincias de Manabí y Esmeraldas”, sobre
la base del informe técnico presentado por la Subsecretaría
de Financiamiento Público a través del Memorando Nro.
MINFIN-SFP-2017-0303 de 18 de mayo de 2017 de
conformidad con la Constitución, las Leyes, Reglamentos
y más normas pertinentes vigentes en el país; y,
En ejercicio de la facultad que le conf‌i eren los artículos 154
numeral 1 de la Constitución de la República, 74 y 75 del
Código Orgánico de Planif‌i cación y Finanzas Públicas, 17
y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de
la Función Ejecutiva,
Acuerda:
Artículo 1.- Delegar al señor Rafael Paredes Proaño, para
que en su calidad de Embajador de la República del Ecuador
en la Ciudad de Bogotá - Colombia, suscriba, a nombre y en
representación del Gobierno de la República del Ecuador,
con la Agencia Francesa de Desarrollo AFD, el Contrato
de Préstamo por un monto de hasta USD 65.000.000,00
(SESENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA),
destinado al f‌i nanciar el proyecto “Financiamiento Sectores
Productivos y Construcción de Viviendas de Interés Social
y de Interés Público (VIS Y VIP) en las Provincias de
Manabí y Esmeraldas”, cuya ejecución estará a cargo de la
Corporación Financiera Nacional, CFN.
Artículo 2.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a
partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE.- Quito, a 28 de julio del 2017.
f.) Econ. Carlos de la Torre Muñoz, Ministro de Economía
y Finanzas.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS.- Es f‌i el
copia del original.- f.) Ilegible.- 05 de septiembre del 2017.
No. 0128-2017
LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA
Considerando:
el artículo 154, numeral 1, prevé que corresponde a las
ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la Ley, ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte
de la Iniciativa Privada prevé que, cuando la conveniencia
institucional lo requiera, los máximos personeros de las
instituciones del Estado dictarán acuerdos, resoluciones y
of‌i cios que sean necesarios para delegar sus atribuciones;
Que, el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva, en el artículo 17, establece que “(...) Los
Ministros de Estado, dentro de la esfera de su competencia,
podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario
inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios, cuando
se ausenten en comisión de servicios al exterior o cuando
lo estimen conveniente, siempre y cuando las delegaciones
que concedan no afecten a la buena marcha del Despacho
Ministerial, todo ello sin perjuicio de las funciones,
atribuciones y obligaciones que de acuerdo con las leyes y
reglamentos tenga el funcionario delegado (…)”;
Que, las atribuciones propias de las diversas entidades
y autoridades de la Administración Pública Central e
Institucional, serán delegables en las autoridades u órganos
de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren
prohibidas por Ley o por Decreto, según lo establece
el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva;
Que, a través del Decreto Ejecutivo No. 8 expedido el 24
de mayo de 2017, publicado en el Segundo Suplemento del
registro of‌i cial No. 16 de 16 de junio de 2017, el Presidente
Constitucional de la República del Ecuador nombró a la
doctora María Verónica Espinosa Serrano como Ministra
de Salud Pública; y,
Que, en base a los principios de legalidad, celeridad y
ef‌i cacia que rigen la actuación de las instituciones del
sector público, es preciso delegar la suscripción de actos y
contratos que se realizan en el Ministerio de Salud Pública,
a f‌i n de facilitar el funcionamiento administrativo de la
institución.
En ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos
154, numeral 1, de la Constitución de la República
del Ecuador y 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva.
Acuerda:
Art. 1.- Delegar al/la Coordinador/a General
Administrativo/a Financiero/a del Ministerio de Salud
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