016-2018 Desígnese como Secretario Técnico del COMEX al abogado Jorge Alejandro Villamarín Molina
Número de Boletín | 312 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR E INVERSIONES |
Viernes 24 de agosto de 2018 – 3Registro Ofi cial Nº 312
No. 016-2018
EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR E INVERSIONES
Considerando:
Que, la Constitución de la República, en su artículo 154,
numeral 1, prescribe que “… las ministras y ministros de
Estado, además de las atribuciones establecidas en la
ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión”;
Que, en el artículo 226 de ibídem se dispone: “Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias,
las servidoras o servidores públicos y las personas
que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán
solamente las competencias y facultades que les sean
atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber
de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
fi nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución.”;
Que, en el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva se dispone: “Los
Ministros de Estado son competentes para el despacho
de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin
necesidad de autorización alguna del Presidente de la
República, salvo los casos expresamente señalados en
leyes especiales.”;
Que, el artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado
establece que los máximos personeros de las instituciones
del Estado dictarán los acuerdos, resoluciones u ofi cios
que sean necesarios para delegar sus atribuciones,
determinando el ámbito institucional en el cual los
funcionarios delegados ejercerán sus atribuciones;
Que, el inciso primero del artículo 55 del Estatuto del
Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva
(ERJAFE) establece que, las atribuciones propias de las
diversas entidades y autoridades de la Administración
Pública Central e Institucional, serán delegables en las
autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las
que se encuentre prohibidas por Ley o por Decreto;
Que, el artículo 71 del Código Orgánico de la Producción,
Comercio e Inversiones (COPCI), publicado en el
Suplemento del Registro Ofi cial No. 351 del 29 de
diciembre de 2010, establece que el Comité de Comercio
Exterior (COMEX), es el organismo encargado de aprobar
las políticas públicas nacionales en materia de política
comercial; y, que sus delegados deberán tener por lo
menos el rango de subsecretario;
Que, el artículo 9 del Reglamento de Aplicación del Libro
Técnico Interinstitucional, como organismo técnico
de análisis, evaluación y recomendación de los temas
relacionados con las competencias del COMEX, que
será coordinado por la Secretaría Técnica del Comité de
Comercio Exterior”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 25, publicado en el
Suplemento del Registro Ofi cial No. 19 de 20 de junio
de 2013, fue creado al Ministerio de Comercio Exterior
(MCE) como Cartera de Estado rectora de la política
comercial, designando a dicho Portafolio para que
presida el COMEX, tal como lo determina la Disposición
Reformatoria Tercera de dicho instrumento;
Que, la Disposición General Cuarta del Decreto Ejecutivo
No. 252 de 22 de diciembre de 2017, establece: “En
todas las normas legales en las que se haga referencia
al “Ministerio de Comercio Exterior”, cámbiese su
denominación a “Ministerio de Comercio Exterior e
Inversiones”;
Que, el artículo 26 del Reglamento de Funcionamiento del
COMEX, expedido mediante Resolución COMEX No.
001-2014 de 14 de enero de 2014, establece: “La misma
institución designada para ejercer la presidencia del
COMEX ejercerá la Secretaría Técnica del organismo.-
Mediante Acuerdo, la Presidencia del COMEX designará
de entre sus funcionarios o funcionarias un Secretario
Técnico o Secretaria Técnica, quien actuará como
secretario en las sesiones del Pleno, del Comité Ejecutivo
y del Consejo Consultivo”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 8 de 24 de mayo
de 2017, el Sr. Lenín Moreno Garcés, Presidente de la
República del Ecuador, nombró en calidad de Ministro de
Comercio Exterior e Inversiones al Mgs. Pablo Campana
Sáenz;
Que, mediante Acción de Personal No. 0377 de 3 de julio
de 2018, se encargan las funciones de Coordinador Técnico
del COMEX al abogado Jorge Alejandro Villamarín
Molina, Director de Complementación Productiva y
Compras Públicas del Ministerio de Comercio Exterior e
Inversiones (MCEI);
En ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 1
del artículo 154 de la Constitución de la República del
Ecuador, los artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función ejecutiva, artículo
7 del Reglamento de Funcionamiento del COMEX y
Decreto Ejecutivo No. 8 de 24 de mayo de 2017.
Acuerda:
Artículo 1.- Designar al abogado Jorge Alejandro
Villamarín Molina , como Secretario Técnico del COMEX
mientras dure su encargo como Coordinador del COMEX.
Artículo 2.- El abogado Jorge Alejandro Villamarín
Molina, Coordinador del Comex, Encargado, deberá dar
cuenta de su gestión al Ministro de Comercio Exterior
e Inversiones, con ocasión de la designación que se le
confi ere mediante este Acuerdo, la cual no podrá delegar
a otro funcionario.
Artículo 3.- Encárguese a la Coordinación General de
Asesoría Jurídica la publicación del presente documento
en el Registro Ofi cial.
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