Acuerdos. 018/2018 Modifíquese el Acuerdo No. 002/2018 de 23 de enero del 2018

Número de Boletín300
SecciónAcuerdos
EmisorDirección General de Aviación Civil
22 – Martes 7 de agosto de 2018 Registro Of‌i cial Nº 300
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito a, 06 de julio
de 2018.
f.) Dra. Verónica Espinosa Serrano, Ministra de Salud
Pública.
Es f‌i el copia del documento que consta en el Archivo de
la Dirección Nacional de Secretaría General al que me
remito en caso necesario.- Lo certif‌i co en Quito a, 13 de
julio de 2018.- f.) Ilegible, Secretaría General, Ministerio
de Salud Pública.
No. 018/2018
EL DIRECTOR GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL
Considerando:
Que, mediante Acuerdo No. 002/2018 de enero 23 del
2018, el Consejo Nacional de Aviación Civil, renovó y
modif‌i có a la compañía LATAM AIRLINES GROUP S.A.,
su permiso de operación para la prestación del servicio
de transporte aéreo público, internacional, regular, de
pasajeros, carga y correo;
Que, con of‌i cio sin número de mayo 31 del 2018, el
Apoderado en el Ecuador de la compañía LATAM
AIRLINES GROUP S.A., indica y solicita:
“...En virtud del Acuerdo No. 02/2018, emitido el 23
de enero de 2018, el Consejo Nacional de Aviación
Civil (en adelante CNAC) otorgó a LATAM un Permiso
de Operación de LATAM, para prestar el servicio de
transporte aéreo internacional, regular de pasajeros
carga y correo, en forma combinada con los siguientes
derechos de tráf‌i co:
Ruta: SANTIAGO DE CHILE - QUITO y/o GUAYAQUIL
y/o CARACAS y/o MIAMI (o NEW YORK) y viceversa, con
una (1) frecuencia semanal, con derechos de tráf‌i co de
tercera, cuarta y quinta libertades del aire y sin derechos
de quinta libertad en el tramo QUITO y/o GUAYAQUIL -
CARACAS.
LATAM ha considerado necesario aumentar vuelos entre
Chile y Ecuador, atenta la demanda existente, para
favorecer la conectividad y contribuir a incrementar las
tradicionales relaciones comerciales entre los dos Países.
En tal virtud, atendiendo a la necesidad pública del
servicio, se solicita de manera formal a la Autoridad
Aeronáutica la modif‌i cación del citado Permiso de
Operación, en los términos de la presente solicitud. (...)
La solicitud se concreta a obtener la modif‌i cación del
Permiso de Operación para el servicio de transporte
aéreo público, internacional, regular de pasajeros, carga
y correo, en forma combinada, a f‌i n de incluir la ruta:
SANTIAGO - QUITO y/o GUAYAQUIL - SANTIAGO y
viceversa, hasta con siete (7) frecuencias semanales, con
derechos de tercera y cuarta libertades del aire...”.
Que, con memorando Nro. DGAC-AB-2018-0476-M de
junio 6 del 2018, se elevó a conocimiento del señor Director
General de Aviación Civil, la solicitud presentada por la
compañía LATAM AIRLINES GROUP S.A., adjuntando
el Extracto para su legalización y su posterior publicación
en la Página Web del Consejo Nacional de Aviación Civil
y en uno de los periódicos de mayor circulación del país;
Que, con of‌i cio Nro. DGAC-AB-2018-0058-O de junio 7
del 2018, se remite al Apoderado General en Ecuador de la
compañía LATAM AIRLINES GROUP S.A., el Extracto
de la solicitud de modif‌i cación, a f‌i n de que proceda con la
publicación del mismo de conformidad con el literal c) del
Art. 45 del Reglamento de la materia.
Que, la Dirección de Inspección y Certif‌i cación
Aeronáutica, con memorando Nro. DGAC-OX-2018-
1320-M de junio 20 del 2018, presenta su informe técnico
económico unif‌i cado, en cuyas conclusiones determina
que LATAM AIRLINES GROUP S.A. ha cumplido el
100% de frecuencias asignadas; que opera bajo tercera
y cuarta libertad entre Santiago de Chile y Guayaquil y
considerando que se trata del incremento e inclusión de
una ruta a las ya autorizadas: y que la presente solicitud
de modif‌i cación del permiso de operación no involucra
incremento y/o modif‌i cación de equipos de vuelo por el
CNAC no existe inconvenientes de orden técnico para que
lo requerido sea concedido satisfactoriamente, por lo que
recomienda que se atienda favorablemente el incremento
de derechos aerocomerciales;
Que, con memorando Nro. DGAC-AX-2018-0234-M de
20 de junio del 2018, el Director de Comunicación Social
informa que el extracto se encuentra publicado en el portal
electrónico de la DGAC, en la sección: Biblioteca/Consejo
Nacional de Aviación Civil/Solicitudes que se tramitan en
la Secretaría del CNAC/2018;
Que, con of‌i cio sin número de junio 21 del 2018, la
Abogada de la compañía LATAM AIRLINES GROUP
S.A., remite la publicación del Extracto realizada en el
Diario “El Telégrafo”, el día jueves 21 de junio del 2018;
Que, la Dirección de Asesoría Jurídica, con memorando
Nro. DGAC-AE-2018-0927-M de junio 29 del 2018,
presenta su informe en el que concluye que el pedido
de modif‌i cación cumple con los requisitos previstos
en el Art. 7 del Reglamento de Permisos de Operación
para la Prestación de los Servicios de Transporte Aéreo
Comercial; y, recomienda que por adecuarse a lo acordado
por las Autoridades Aeronáuticas de ambos países desde el
punto de vista legal no hay objeción para que se atienda la
solicitud de modif‌i cación;
Que, la Dirección de Secretaría General, presenta el
informe unif‌i cado con memorando Nro. DGAC-AB-
2018-0587-M de julio 9 del 2018, con base a los informes
Jurídico y Técnico Económico; con la delegación otorgada,
la documentación habilitante, el análisis realizado y no
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