Ordenanzas Municipales. 025 Cantón Carlos Julio Arosemena Tola: Que regula la formación de los catastros prediales urbanos y rurales, la determinación, administración y recaudación del impuesto a los predios urbanos y rurales para el bienio 2022 - 2023

Número de Boletín6
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Miércoles 16 de febrero de 2022 Edición Especial Nº 6 - Registro Ocial
2
ϭ
ORDENANZA 025
ORDENANZA QUE REGULA LA FORMACN
DE LOS CATASTROS PREDIALES URBANOS Y
RURALES, LA DETERMINACN,
ADMINISTRACN Y RECAUDACN DEL
IMPUESTO A LOS PREDIOS URBANOS Y
RURALES PARA EL BIENIO 2022 -2023
AREA URBANA Y RURAL: CANTON CARLOS JULIO
AROSEMENA TOLA
EXPIDE EL 21 DE DICIEMBRE DEL 2021
 
ϭ
ORDENANZA 025
ORDENANZA QUE REGULA LA FORMACIÓN
DE LOS CATASTROS PREDIALES URBANOS Y
RURALES, LA DETERMINACIÓN,
ADMINISTRACIÓN Y RECAUDACIÓN DEL
IMPUESTO A LOS PREDIOS URBANOS Y
RURALES PARA EL BIENIO 2022 -2023
AREA URBANA Y RURAL: CANTON CARLOS JULIO
AROSEMENA TOLA
EXPIDE EL 21 DE DICIEMBRE DEL 2021
Miércoles 16 de febrero de 2022Registro Ocial - Edición Especial Nº 6
3
 
Ϯ
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El catastro inmobiliario urbano y rural es el inventario predial territorial de los bienes
inmuebles y del valor de la propiedad urbana y rural; es un instrumento que registra la
información que las municipalidades utilizan en el ordenamiento territorial, y que
consolida e integra información situacional, instrumental, física, económica,
normativa, fiscal, administrativa y geográfica de los predios urbanos y rurales, sobre
el territorio. Por lo tanto, cumple un rol fundamental en la gestión del territorio cantonal.
Uno de los indicadores principales para evaluar la administración catastral en el país
es el grado de cobertura del inventario de las propiedades inmobiliarias urbanas y
rurales en la jurisdicción territorial de cada Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal (GADM).
La disposición que se debe cumplir por parte de los Gobiernos Autónomos
Descentralizados Municipales (GADsM), en concordancia con la competencia
constitucional de formar y administrar los catastros inmobiliarios urbanos y rurales,
tiene tres consideraciones:
a) Cómo formar el catastro;
b) Cómo estructurar el inventario en el territorio urbano y rural del cantón; y,
c) Cómo utilizar, de forma integrada, la información para otros contextos de la
administración y gestión territorial, estudios de impacto ambiental, delimitaciones
barriales, instalaciones de nuevas unidades de producción, regularización de la
tenencia del suelo, equipamientos de salud, medio ambiente y de expropiación.
A pesar de ser prioritario para la administración municipal, el cumplimiento de la
disposición constitucional prevista en el numeral 9 del Art. 264 de la Constitución de
la República del Ecuador (CRE), aún existen catastros que no se han formado
territorialmente de manera técnica y que se administran únicamente desde la
perspectiva de tributaria.
La propuesta de Ordenanza que regula la formación, administración, determinación y
recaudación del impuesto a la propiedad urbana y rural, a fin de que éstos logren
regular normativas de administración catastral y la definición del valor de la propiedad,
desde el punto de vista jurídico, en el cumplimiento de la disposición constitucional de
las competencias exclusivas y de las normas establecidas en el COOTAD, en lo
referente a la formación de los catastros inmobiliarios urbanos y rurales, la
actualización permanente de la información predial y la actualización del valor de la
propiedad, considerando que este valor constituye el valor intrínseco, propio o natural
de los inmuebles y servirá de base para la determinación de impuestos así como para
Miércoles 16 de febrero de 2022 Edición Especial Nº 6 - Registro Ocial
4
 
ϯ
otros efectos tributarios, no tributarios y para procedimientos de expropiación que el
GADM requiera.
De conformidad a la disposición contenida en el Art. 496 del COOTAD, “Las
municipalidades y distritos metropolitanos realizarán, en forma obligatoria,
actualizaciones generales de catastros y de la valoración de la propiedad urbana y
rural cada bienio. A este efecto, la Dirección Financiera o quien haga sus veces
notificará por la prensa a los propietarios, haciéndoles conocer la realización del
avalúo”, los GADs y el Distrito Metropolitano, están obligados a emitir las reglas para
determinar el valor de los predios urbanos y rurales, ajustándolos a los rangos y
factores vigentes en normativa rectora, que permitan determinar una valoración
adecuada dentro de los principios de igualdad, proporcionalidad, progresividad y
generalidad en los tributos que regirán para el bienio 2022-2023.
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN CARLOS JULIO AROSEMENA TOLA
Considerando:
Que, el Art. 1 de la Constitución de la República del Ecuador (CRE) determina que el
Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático,
soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico”;
Que, en este Estado social de derechos se da prioridad a los derechos de las
personas, sean naturales o jurídicas, los mismos que al revalorizarse han adquirido
rango constitucional, y pueden ser reclamados y exigidos a través de las garantías
constitucionales, que constan en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y
Que, el Art. 84 de la Constitución de la República del Ecuador (CRE) establece que:
La Asamblea Nacional y todo órgano con potestad normativa tendrá la obligación
de adecuar, formal y materialmente, las leyes y demás normas jurídicas a los
derechos previstos en la Constitución y los tratados internacionales, y los que sean
necesarios para garantizar la dignidad del ser humano o de las comunidades,
pueblos y nacionalidades”. Esto significa que los organismos del sector público
comprendidos en el Art. 225 de la Constitución deben adecuar su actuar a esta
norma;
Que, el numeral 9 del Art. 264 de la Constitución de la República del Ecuador (CRE)
establece como competencia exclusiva a los Gobiernos Municipales la formación y
administración de los catastros inmobiliarios urbanos y rurales;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR