Ordenanzas Municipales. 026 Cantón Manta: De extinción de la Empresa Pública Municipal “Registro de la Propiedad de Manta-EP”

Número de Boletín1402
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Jueves 17 de diciembre de 2020 – 13Registro Ocial – Edición Especial Nº 1402
Ordenanza No. 026-2020 P á g i n a 1 | 10
ORDENANZA GADMC-MANTA No. 026
Abg. Agustín Aníbal Intriago Quijano
Gobierno Municipal 2019-2023
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN MANTA
CONSIDERANDO:
establece: Las resoluciones de los poderes públicos deberán ser
motivadas. No habrá motivación si en la resolución no se enuncian las
normas o principios jurídicos en que se funda y no se explica la pertinencia
de su aplicación a los antecedentes de hecho. Los actos administrativos,
resoluciones o fallos que no se encuentren debidamente motivados se
considerarán nulos. Las servidoras o servidores responsables serán
sancionados.
Que, la norma constitucional ibídem, en su artículo 225, instituye: El sector
público comprende: (…) 4. Las personas jurídicas creadas por acto
normativo de los gobiernos autónomos descentralizados para la prestación
de servicios públicos.
Que, la Constitución de la República del Ecuador, establece: Art. 226.- Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o
servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean
atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar
acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.
determina que: "La administración pública constituye un servicio a la
colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad,
jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación,
planificación, transparencia y evaluación".
que, el sistema público de registro de la propiedad será administrado de
manera concurrente entre el Ejecutivo y las municipalidades.
establece que el Estado constituirá empresas públicas para la gestión de
sectores estratégicos, la prestación de servicios públicos, el
aprovechamiento sustentable de recursos naturales o de bienes públicos y
el desarrollo de otras actividades económicas. Las empresas públicas
estarán bajo la regulación y el control específico de los organismos
pertinentes, de acuerdo con la ley; funcionarán como sociedades de

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