Acuerdos. 031-2017 Desígnese Al Mgs. Yuri Fernando Parreño Rodriguez, Asesor Ministerial, Delegado Permanente Ante La Junta De Fideicomiso Fondo Nacional De Garantías

Número de Boletín122
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Comercio Exterior
6 – Viernes 17 de noviembre de 2017 Registro Of‌i cial Nº 122
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 8 de 24 de mayo
de 2017, el Sr. Lenín Moreno Garcés, Presidente de la
República del Ecuador, nombró en calidad de Ministro de
Comercio Exterior al Mgs. Pablo Campana Sáenz;
Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. 028-2017 de 28
de agosto de 2017, el Ministro de Comercio Exterior, Mgs.
Pablo Campana Sáenz, acuerda subrogar las funciones del
cargo de Ministro de Comercio Exterior, al Dr. Segundo
Humberto Jiménez Torres, desde el1 hasta el 13 de
septiembre de 2017;
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i ere el numeral
Ecuador y los artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen
Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, y Decreto
Ejecutivo No. 8 de 24 de mayo de 2017.
Acuerda:
Art. 1.- Designar al Mgs. Guillermo Taco Lasso,
Coordinador de Políticas de Inversiones, como delegado
permanente del Ministro de Comercio Exterior, ante la
Junta del Fideicomiso Fondo de Capital de Riesgo.
Art. 2.- El Mgs. Guillermo Taco Lasso, deberá dar cuenta
de su gestión al Ministro de Comercio Exterior, con ocasión
de la delegación que se le conf‌i ere mediante este Acuerdo
Ministerial.
Art. 3.- La Delegación contenida en el presente documento,
será ejercida conforme los principios constitucionales y
legales que rigen el servicio público, siendo el funcionario
delegado personalmente responsable por los actos
realizados en el ejercicio de las funciones delegadas.
Art. 4.- Encárguese a la Coordinación General de Asesoría
Jurídica la publicación del presente documento en el
Registro Of‌i cial.
Art. 5.- Dejar sin efecto toda disposición que se opusiere a
la presente delegación.
El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su
suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
En la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, el cuatro
de septiembre de 2017.
f.) Humberto Jiménez Torres, Ministerio de Comercio
Exterior, Subrogante.
No. 031-2017
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Considerando:
numeral 1, prescribe que “… las ministras y ministros de
Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley,
les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas
del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión”;
Que, en el artículo 226 ibídem se dispone: “Las instituciones
del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o
servidores públicos y las personas que actúen en virtud de
una potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les sean atribuidas en la Constitución
y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus f‌i nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Estado se determina que los máximos personeros de las
instituciones del Estado dictarán acuerdos, resoluciones u
of‌i cios que sean necesarios para delegar sus atribuciones;
Que, en el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva se dispone: “Los
Ministros de Estado son competentes para el despacho de
todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad
de autorización alguna del Presidente de la República, salvo
los casos expresamente señalados en leyes especiales.”;
Que, en el artículo 55 ibídem se determina: “Las
atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades
de la Administración Pública Central e Institucional,
serán delegables en las autoridades u órganos de inferior
jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por
Ley o por Decreto. La delegación será publicada en el
Registro Of‌i cial”;
Que, con Decreto Ejecutivo Nro. 25 publicado en el
Registro Of‌i cial Suplemento 19 de 20 de junio de 2013, el
Presidente Constitucional de la República crea el Ministerio
de Comercio Exterior como el ente rector de la política de
comercio exterior e inversiones;
Que, el artículo 122 del Reglamento a la Estructura
e Institucionalidad de Desarrollo Productivo, de la
Inversión y de los Mecanismos e Instrumentos de Fomento
Productivo establece la estructura del Fondo Nacional
de Garantías, la cual contará como constituyente inicial
a la Corporación Financiera Nacional; y Constituyentes
Adherentes, que podrán ser personas jurídicas o entes
dotados de personalidad jurídica, de naturaleza pública,
privada o mixta, nacionales o extranjeras, pudiendo incluir,
pero sin limitarse a instituciones f‌i nancieras, organismos
internacionales o multilaterales y agencias de cooperación,
contará con una Junta de Fideicomiso en la que participarán
el Ministerio de Coordinación de la Política Económica,
el Ministerio Coordinador de la Producción, Empleo y
Competitividad, el Ministerio Coordinador de Desarrollo
Social; y, la Corporación Financiera Nacional, quien estará
a cargo de la Secretaría Técnica;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 7 de 24 de mayo de
2017, el Presidente de la República, Lcdo. Lenín Moreno
Garcés, en uso de sus facultades y atribuciones decretó: 1.-
Suprimir los Ministerios de Coordinación de la Producción,
Empleo y Competitividad, 2.- Transformar el Ministerio de
Coordinación de Desarrollo Social en la Secretaría Técnica
rgue
la pub
Of‌i cial.
ar sin ef
egación.
rdo entrará
uicio de su pu
púb
icio de las func
ese a la Coordinación
licación del prese
efecto toda disposición
ción
trará en vigencia a partir de
publicación en el Re
ón Gen
sente doc
ecto toda disposic
prin
vicio púb
mente
ercici
ues
bl
.
n efecto toda disposición que se o
ón
egada
al de As
t
.
io
ctos
je
Le
o en
ía
el
Que
R
Regis
o p
ro
e
por D
f‌i ci
les
excepto
ecret
as
ació
e
o las
ón
s a
las div
Públi
ibídem
ersas
m se
leyes e
a
com
residen
Com
on
ro Of‌i
ente C
Decre
f‌icial
to E
La d
ue se
delega
ridad
encue
ció

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR