Resoluciones. 045-DIR-2019-ANT Concédense y niéguense varias rutas y frecuencias, a la “Cooperativa de Transportes de Pasajeros Reina de las Mercedes”

Número de Boletín130
SecciónResoluciones
EmisorAGENCIA NACIONAL DE REGULACIÓN Y CONTROL DEL TRANSPORTE TERRESTRE, TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL
22 – Martes 28 de enero de 2020 Registro Of‌i cial Nº 130
de fusión por absorción, modifíquese la denominación
del Ministerio de Comercio Exterior e Inversiones a
Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones
y Pesca”;
Que, en la normativa Ibídem en su artículo 3 dispone “Una
vez concluido el proceso de fusión por absorción, todas las
competencias, atribuciones, funciones, representaciones,
y delegaciones constantes en leyes, decretos, reglamentos,
y demás normativa vigente, que le correspondían al
Ministerio de Industrias y Productividad, al Instituto de
Promoción de Exportaciones, e Inversiones Extranjeras,
y el Ministerio de Acuacultura y Pesca, serán asumidas
por el Ministerio de Producción, Comercio Exterior,
Inversiones y Pesca”;
Que, mediante Informe Técnico realizado por la Dirección
de Gestión Estratégica de la Calidad, de la Subsecretaría
de Calidad; contenido en la Matriz de Revisión No. SEA-
0018 de fecha 29 de noviembre de 2019, se procedió a
la aprobación técnica, y se recomendó continuar con
los trámites de of‌i cialización de la Segunda edición de
la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN-ISO 14064-
3 GASES DE EFECTO INVERNADERO — PARTE
3: ESPECIFICACIÓN CON ORIENTACIÓN
PARA LA VALIDACIÓN Y VERIFICACIÓN DE
DECLARACIONES SOBRE GASES DE EFECTO
INVERNADERO (ISO 14064-3:2019, IDT);
Que, de conformidad con el último inciso del Artículo
Ministerio de Industrias y Productividad es la institución
rectora del Sistema Ecuatoriano de la Calidad; de
igual manera lo señala el literal f) del Artículo 17 de
la Ley Ibídem en donde establece: “En relación con
el INEN, corresponde al Ministerio de Industrias y
Productividad; aprobar las propuestas de normas o
reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de
la conformidad, en el ámbito de su competencia (…)”,
en consecuencia es competente para aprobar y of‌i cializar
con el carácter de VOLUNTARIA la Segunda edición
de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN-ISO
14064-3 GASES DE EFECTO INVERNADERO —
PARTE 3: ESPECIFICACIÓN CON ORIENTACIÓN
PARA LA VALIDACIÓN Y VERIFICACIÓN DE
DECLARACIONES SOBRE GASES DE EFECTO
INVERNADERO (ISO 14064-3:2019, IDT), mediante
su publicación en el Registro Of‌i cial, a f‌i n de que exista
un justo equilibrio de intereses entre proveedores y
consumidores;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 11446 del 25 de
noviembre de 2011, publicado en el Registro Of‌i cial No.
599 del 19 de diciembre de 2011, la Ministra de Industrias
y Productividad delega a la Subsecretaria de la Calidad la
facultad de aprobar y of‌i cializar las propuestas de normas
o reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de
la conformidad propuestos por el INEN en el ámbito de
su competencia de conformidad con lo previsto en la Ley
general; y,
En ejercicio de las facultades que le concede la Ley.
Resuelve:
ARTÍCULO 1.- Aprobar y of‌i cializar con el carácter de
VOLUNTARIA la Segunda edición de la Norma Técnica
Ecuatoriana NTE INEN-ISO 14064-3 (Gases de efecto
invernadero - parte 3: Especif‌i cación con orientación
para la validación y verif‌i cación de declaraciones sobre
gases de efecto invernadero (ISO 14064-3:2019, IDT)),
que especif‌i ca principios y requisitos, y proporciona
orientaciones para la verif‌i cación y validación de las
declaraciones sobre gases de efecto invernadero (GEI).
ARTÍCULO 2.- Esta Norma Técnica Ecuatoriana NTE
INEN-ISO 14064-3:2019, reemplaza a la NTE INEN-
ISO 14064-3:2010 y entrará en vigencia desde la fecha
de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE en el Registro Of‌i cial.
05 de diciembre de 2019.
Documento f‌i rmado electrónicamente
Ing. Hugo Manuel Quintana Jedermann, Subsecretario de
Calidad.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO
EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA.- Certif‌i co.- Es
f‌i el copia del original que reposa en el Quipux.- Fecha:12
de diciembre de 2019.- Firma: Ilegible.
No. 045-DIR-2019-ANT
EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA NACIONAL DE
REGULACIÓN Y CONTROL DEL TRANSPORTE
TERRESTRE, TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL
Considerando:
del Ecuador, establece: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les sean atribuidas en la Constitución
y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus f‌i nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
del Ecuador, dispone que: “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación”;

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