Acuerdo 048 Deléguese al Viceministro de Economía ante el Directorio de BANECUADOR B.P.
Número de Boletín | 488 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS |
Registro Ocial - Suplemento Nº 488
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Martes 6 de julio de 2021
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EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
CONSIDERANDO
QUE ×ïǡǤͶͶͻ
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QUE Àͳ××ïǡ
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ǣ “La rectoría del SINFIP corresponde a la Presidenta o Presidente de la
República, quien la ejercerá a través del Ministerio a cargo de las finanzas públicas,
que será el ente rector del SINFIP”;
QUE × ǡ Àͷǡ ǣ"La Ministra(o) a cargo de las
finanzas públicas podrá delegar por escrito las facultades que estime conveniente
hacerlo...";
QUE ± À ×ǡ
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QUE Àͻ ×ǡ
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dispone: “Delegación de competencias, Los órganos administrativos pueden delegar el
ejercicio de sus competencias, incluida la gestión, en 1. Otros órganos o entidades de
la misma administración pública, jerárquicamente dependientes”;
QUE À ʹ ʹ ×ǡ ǣ "Art. 72.- Prohibición de
delegación. No pueden ser objeto de delegación ... 2. Las competencias que, a su vez se
ejerzan por delegación, salvo autorización expresa del órgano titular de la
competencia ..."
QUE À ͺʹ × Óǡ ǣ “Las competencias de un órgano
administrativo pueden ser ejercidas por el jerárquico inferior en caso de ausencia del
jerárquico superior …”;
QUE À ͵ͳ × ǡ : “Las
entidades del sector financiero público se crearán mediante decreto ejecutivo, en el
que al menos se expresará la denominación, objeto, capital autorizado, suscrito y
pagado, patrimonio, administración, duración y domicilio”;
QUE Ǥ ͵Ͳ ʹͲͳͷǡ
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