Resoluciones. 054 Dispónese de la información documentación relacionada con el General Jorge Gabela Bueno que reposa en la Secretaría de Inteligencia
Número de Boletín | 364 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Ministerio de Defensa Nacional |
20 – Viernes 9 de noviembre de 2018 Registro Ofi cial Nº 364
Ministerial No. 136 de 24 de septiembre de 2018, cuyo
original reposa en la Dirección de Secretaría General de
esta Cartera de Estado.
Quito, D.M. 01 de octubre de 2018.
f.) Ing. Andrea Isabel Cevallos Atiencia, Directora de
Secretaría General, Subrogante.
OBSERVACIÓN: La Dirección de Secretaría General
del Ministerio de Defensa Nacional no se responsabiliza
por la autenticidad, validez o licitud de la documentación
presentada para la certifi cación por parte de la Unidad
Administrativa que la custodia, así como tampoco por el
uso fraudulento que se pueda hacer de los documentos
certifi cados.
No. 54
GRAD. (sp) Oswaldo Jarrín Román
MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL
Considerando:
Que, el artículo 19 de la Ley de Seguridad Pública y del
Estado, establece sobre la clasifi cación de la información
de los organismos de seguridad: “De la clasifi cación
de la información de los organismos de seguridad.- La
Secretaría Nacional de Inteligencia y los organismos de
seguridad podrán clasifi car la información resultante de
las investigaciones o actividades que realicen, mediante
resolución motivada de la máxima autoridad de la entidad
respectiva.
La información y documentación se clasifi cará como
reservada, secreta y secretísima. El reglamento a la
ley determinará los fundamentos para la clasifi cación,
reclasifi cación y desclasifi cación y los niveles de acceso
exclusivos a la información clasifi cada (…)”;
Que, el artículo 28 del Reglamento a la Ley de Seguridad
Pública del Estado dispone: “De la califi cación de
documentos.- Los documentos producidos y procesados en
la Secretaría Nacional de Inteligencia y en los organismos
integrantes del Sistema Nacional de Inteligencia, así
como la información resultante de las investigaciones,
se clasifi carán previa resolución motivada de la máxima
autoridad de la entidad respectiva, de acuerdo a lo
establecido en la Ley de Seguridad Pública y del Estado,
en los siguientes niveles: Reservado, Secreto y Secretísimo
(…)”;
Que, el artículo 33 del Reglamento antes referido
señala: “De las normas para la desclasifi cación y
reclasifi cación.- El Ministerio de Defensa Nacional,
para la desclasifi cación o reclasifi cación de la información
califi cada como secretísima, secreta y reservada, seguirá
las siguientes normas:
a) Antes de emitirse la resolución de desclasifi cación o
reclasifi cación solicitará el pronunciamiento motivado
de los organismos que hayan efectuado la califi cación
previa de la información; y,
b) Emitirá la resolución motivada que decida la
desclasifi cación o reclasifi cación, en base al estudio
correspondiente y previa evaluación del criterio del
organismo que haya realizado la clasifi cación.
Una vez resuelta la desclasifi cación o reclasifi cación
por parte del Ministerio de Defensa Nacional o
quien haga sus veces, el organismo a cuyo cargo
estuvo la clasifi cación original, deberá proceder
a la identifi cación de la información con la nueva
califi cación.”;
Que, el Presidente de la República del Ecuador, mediante
Decreto Ejecutivo Nº 382 de 27 de abril de 2018, designa
como Ministro de Defensa Nacional al GRAD. (sp)
Oswaldo Jarrín Román; y,
Que, mediante ofi cio Nº SIN-D-AT-S-0465-2018-OF de
27 de septiembre de 2018, el señor Subsecretario General
Administrador Temporal de la Secretaría de Inteligencia
informa y solicita al señor Ministro de Defensa Nacional:
“(…) ésta Cartera de Estado, como una Entidad de
derecho público, con independencia administrativa y
fi nanciera, con personalidad jurídica, responsable del
Sistema Nacional de Inteligencia según lo dispuesto en
el Art. 13 de la Ley de Seguridad Pública y del Estado,
resolvió de conformidad con el Art. 19 Ibídem, el Art. 28
de su Reglamento y la Resolución Nº SIN-S-002-2018
de 29 de marzo de 2018, clasifi car toda la información
y documentación que se genere de las actividades de
inteligencia y contrainteligencia en esta Secretaría.
Razón por la cual el MSc. Ing. Mario Pazmiño, Coordinador
de la Veeduría y el Dr. Carlos Orbe F., Secretario de la
Veeduría Ciudadana del CPCCT-T “CASO GENERAL
JORGE GABELA BUENO”, solicitaron a ésta Cartera
de Estado, la desclasifi cación de la información y
documentación recabada por la Secretaría de Inteligencia
con relación al Caso citado, en función del anuncio del
señor Presidente Constitucional de la República del
Ecuador realizado el lunes 4 de junio del presente año,
en el que anuncia la desclasifi cación de la información de
la muerte del General Jorge Gabela, excomandante de la
Fuerza Aérea Ecuatoriana (FAE).
“(…) En mi calidad de Administrador Temporal de la
Secretaría de Inteligencia nombrado por el Presidente
Constitucional de la República del Ecuador, mediante
Decreto Ejecutivo Nº 526 de 21 de septiembre de 2018, me
permito emitir un Pronunciamiento Favorable en cuanto
a la desclasifi cación de la información relacionada con el
General Jorge Gabela Bueno; y, al mismo tiempo solicitar a
Usted, se autorice mediante Resolución la desclasifi cación
en mención, a fi n de dar cumplimiento a la disposición
del señor Presidente Constitucional de la República del
Ecuador y al requerimiento realizado por la Veeduría
Ciudadana del Consejo de Participación Ciudadana y
Control Social Transitorio “CASO GENERAL JORGE
GABELA BUENO””.
En ejercicio de las atribuciones legales y de conformidad
con el artículo 33 del Reglamento a la Ley de Seguridad
Pública del Estado,
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