Acuerdos. 061 Desígnense funciones en el procedimiento administrativo sancionador varias personas

Número de Boletín15
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio del Ambiente
Lunes 12 de agosto de 2019 – 3Registro Of‌i cial Nº 15
Que, el artículo 77, numeral 1, literal e) de la Ley Orgánica
de la Contraloría General de Estado, establece como una
de las atribuciones y obligaciones específ‌i cas del titular
de la entidad: “Dictar los correspondientes reglamentos
y demás normas secundarias necesarias para el ef‌i ciente,
efectivo y económico funcionamiento de sus instituciones”;
dispone: “Principio de desconcentración. La función
administrativa se desarrolla bajo el criterio de distribución
objetiva de funciones, privilegia la delegación de la
repartición de funciones entre los órganos de una misma
administración pública, para descongestionar y acercar
las administraciones a las personas”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 5, de 24 de mayo de
2017, se suprimió la Secretaría Nacional de Administración
Pública, y se transf‌i rieron las siguientes atribuciones a
la Secretaría General de la Presidencia de la República:
“a. Asesorar y asistir al Presidente de la República en
materia de gobierno, administración y gestión pública;
b. Emitir políticas generales para la efectiva gestión de
la Administración Pública e Imagen Gubernamental;
(…) e. Expedir dentro del ámbito de sus competencias,
acuerdos, resoluciones, órdenes y disposiciones conforme
a la normativa vigente (…)”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 395, de 15 de mayo
de 2018, se reorganizó la institucionalidad de la Presidencia
de la República, así como se establecieron las atribuciones
de la Secretaría General de la Presidencia de la República
del Ecuador, entre las cuales se encuentran las siguientes:
“(…) 2. Asesorar al Presidente de la República en materia
de gestión y transparencia gubernamental, administración
y gestión pública, y análisis estratégico, con el objeto de
mejorar la ef‌i ciencia, calidez y calidad de la Función
Ejecutiva; (…) 4. Emitir políticas generales para la efectiva
gestión de los organismos y entidades que conforman la
administración pública central e institucional; (…) 13.
Delegar las responsabilidades y atribuciones pertinentes
para la buena marcha de la institución; (…) 21. Expedir
acuerdos, resoluciones y demás instrumentos necesarios
para el adecuado cumplimiento de su gestión, funciones y
atribuciones (…)”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 571, de 23 de
noviembre de 2018, el señor Presidente Constitucional de
la República del Ecuador, designó al magíster José Iván
Agusto Briones como Secretario General de la Presidencia
de la República del Ecuador;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 732, de 13 de
mayo de 2019, el licenciado Lenín Moreno Garcés,
Presidente Constitucional de la República del Ecuador,
dispone: Artículo 1.- Suprímase la Secretaría Nacional
de Planif‌i cación y Desarrollo (SENPLADES).- Artículo
2.- Créase la Secretaría Técnica de Planif‌i cación
“Planif‌i ca Ecuador”, como entidad de derecho público,
con personalidad jurídica, dotada de autonomía
administrativa y f‌i nanciera, adscrita a la Presidencia
de la República, a cargo de la planif‌i cación nacional de
forma integral y de todos los componentes e instrumentos
del Sistema, así como de ejercer la secretaría técnica
del Sistema Nacional Descentralizado de Planif‌i cación
Participativa.- La Secretaría Técnica de Planif‌i cación
estará representada por un secretario técnico, que
ejercerá la representación legal, judicial y extrajudicial, y
que será nombrado por la máxima autoridad de la entidad
rectora de la administración pública.”; y,
En ejercicio de las atribuciones constitucionales, legales
y reglamentarias.
Acuerda:
Artículo 1.- Designar a la magíster Sandra Katherine
Argotty Pfeil, como Secretaria Técnica, Encargada de la
Secretaría Técnica de Planif‌i cación “Planif‌i ca Ecuador”,
hasta cuando se nombre al titular.
Artículo 2.- En virtud del presente Acuerdo, la Secretaria
Técnica Encargada será responsable de cumplir todas y
cada una de las atribuciones legales y administrativas que
le corresponde al referido cargo.
Disposición General.- Encárguese a la Coordinación
General Jurídica, la notif‌i cación del presente Acuerdo a
las autoridades pertinentes, para su aplicación.
La ejecución del presente Acuerdo entrará en vigencia a
partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
Cúmplase y Comuníquese.- Dado y f‌i rmado en el
despacho de la Secretaría General de la Presidencia de la
República del Ecuador, en la ciudad de San Francisco de
Quito Distrito Metropolitano, al 26 de julio de 2019.
f.) José Iván Agusto Briones, Secretario General de la
Presidencia de la República del Ecuador.
No. 061
Marcelo Eduardo Mata Guerrero
MINISTRO DEL AMBIENTE
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República del Ecuador establece que les corresponde
a las ministras y ministros de Estado, además de las
atribuciones establecidas en la ley, ejercer la rectoría de
las políticas públicas del área a su cargo y expedir los
acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su
gestión;
Que, el Código Orgánico del Ambiente, publicado en
el Registro Of‌i cial Suplemento No. 983 de 12 de abril
de 2017, en vigencia desde el 12 de abril de 2018, en
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