17 351 Nte Inen 830 (agentes Tensoactivos. Determinación De Fosfatos)

Fecha de disposición09 Agosto 2017
Fecha de publicación09 Agosto 2017
Número de Gaceta54
10 – Miércoles 9 de agosto de 2017 Registro Of‌i cial Nº 54
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Quito, D.M. 27 de junio del 2017.
f.) Ing. Milton Fernando Cabezas Guerrero, Director
Ejecutivo de la Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento
de la Calidad del Agro – Agrocalidad.
MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y
PRODUCTIVIDAD
No. 17 351
SUBSECRETARÍA DEL
SISTEMA DE LA CALIDAD
Considerando:
Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52
personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios
de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como
a una información precisa y no engañosa sobre su
contenido y características”;
Que mediante Ley No. 2007-76, publicada en el
Suplemento del Registro Oficial No. 26 del 22 de
febrero de 2007, reformada en la Novena Disposición
Comercio e Inversiones, publicado en el Registro Oficial
Suplemento No. 351 del 29 de diciembre de 2010,
constituye el Sistema Ecuatoriano de la Calidad, que tiene
como objetivo establecer el marco jurídico destinado a: “i)
Regular los principios, políticas y entidades relacionados
con las actividades vinculadas con la evaluación de
la conformidad, que facilite el cumplimiento de los
compromisos internacionales en esta materia; ii)
Garantizar el cumplimiento de los derechos ciudadanos
relacionados con la seguridad, la protección de la vida y
la salud humana, animal y vegetal, la preservación del
medio ambiente, la protección del consumidor contra
prácticas engañosas y la corrección y sanción de estas
prácticas; y, iii) Promover e incentivar la cultura de la
calidad y el mejoramiento de la competitividad en la
sociedad ecuatoriana”;
Que mediante Resolución No. 13285 del 13 de agosto
de 2013, publicado en el Registro Oficial No. 85 del
18 de septiembre de 2013, se oficializó con carácter de
Voluntaria la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 830
AGENTES SURFACTANTES. DETERMINACIÓN
DE FOSFATOS (Primera revisión);
Que la Segunda revisión de la indicada norma ha
seguido el trámite reglamentario;
Que mediante Informe Técnico contenido en la Matriz
de Revisión No. PEQ-0011 de fecha 20 de junio de2017,
se sugirió proceder a la aprobación y of‌i cialización de la
Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 830 AGENTES
TENSOACTIVOS. DETERMINACIÓN DE
FOSFATOS (Segunda revisión);
Que de conformidad con la Ley del Sistema Ecuatoriano
de la Calidad, el Ministerio de Industrias y Productividad
es la institución rectora del Sistema Ecuatoriano de la
Calidad; en consecuencia, es competente para aprobar y
of‌i cializar con el carácter de VOLUNTARIA la Segunda
revisión de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 830
AGENTES TENSOACTIVOS. DETERMINACIÓN
DE FOSFATOS, mediante su promulgación en el Registro
Of‌i cial, a f‌i n de que exista un justo equilibrio de intereses
entre proveedores y consumidores;
Que mediante Acuerdo Ministerial No. 11446 del 25 de
noviembre de 2011, publicado en el Registro Of‌i cial No.
599 del 19 de diciembre de 2011, la Ministra de Industrias
y Productividad delega a la Subsecretaria de la Calidad la
facultad de aprobar y of‌i cializar las propuestas de normas
o reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de
la conformidad propuestos por el INEN, en el ámbito de
su competencia, de conformidad con lo previsto en la Ley
general; y,
En ejercicio de las facultades que le concede la Ley,
Resuelve:
ARTÍCULO 1.- Aprobar y of‌i cializar con el carácter de
VOLUNTARIA la Segunda revisión de la Norma Técnica
Ecuatoriana NTE INEN 830 (Agentes tensoactivos.
Determinación de fosfatos), que especif‌i ca los métodos de
ensayo para la determinación de fosfatos en detergentes,
expresados como pentóxido de fósforo (P2O5).
ARTÍCULO 2.- Disponer al Instituto Ecuatoriano de
Normalización, INEN, que de conformidad con el Acuerdo
Ministerial No. 11256 del 15 de julio de 2011, publicado
en el Registro Of‌i cial No. 499 del 26 de julio de 2011,
publique la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 830
AGENTES TENSOACTIVOS. DETERMINACIÓN
DE FOSFATOS (Segunda revisión), en la página web de
esa institución, www.normalizacion.gob.ec.
ARTÍCULO 3.- Esta norma técnica ecuatoriana NTE
INEN 830 (Segunda revisión), reemplaza a la NTE INEN
830:2013 (Primera revisión) y entrará en vigencia desde la
fecha de su promulgación en el Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE en el Registro
Of‌i cial.
Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 21 de junio de
2017.
f.) Mgs. Ana Elizabeth Cox Vásconez, Subsecretaria del
Sistema de la Calidad.
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