Resoluciones. 18 135 Apruébese Y Ofi Cialícese Con El Carácter De Voluntaria La Norma Técnica Ecuatoriana Nte INEN-ISO 4386-2 (cojinetes Lisos – Cojinetes Metálicos Lisos Multicapa – Parte 2: Ensayos Destructivos De Adhesión Para Cojinetes Metólicos Con Un Espesor Mayor O Igual A 2 Mm (iso 4386-2:2012, Idt))

Número de Boletín238
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Industrias y Productividad
Jueves 10 de mayo de 2018 – 13Registro Of‌i cial Nº 238
DEFINICIONES Y ESPECIFICACIONES PARA
MORTEROS PARA JUNTAS (ISO 13007-3:2010,
IDT);
Que, de conformidad con el último inciso del Artículo
Ministerio de Industrias y Productividad es la institución
rectora del Sistema Ecuatoriano de la Calidad; de igual
manera lo señala el literal f) del Artículo 17 de la Ley
Ibídem en donde establece: “En relación con el INEN,
corresponde al Ministerio de Industrias y Productividad;
aprobar las propuestas de normas o reglamentos técnicos
y procedimientos de evaluación de la conformidad, en
el ámbito de su competencia (…)”, en consecuencia es
competente para aprobar y of‌i cializar con el carácter de
VOLUNTARIA la Norma Técnica Ecuatoriana NTE
INEN-ISO 13007-3 BALDOSAS CERÁMICAS
– MORTEROS PARA JUNTAS Y ADHESIVOS
– PARTE 3: TÉRMINOS, DEFINICIONES Y
ESPECIFICACIONES PARA MORTEROS PARA
JUNTAS (ISO 13007-3:2010, IDT), mediante su
publicación en el Registro Of‌i cial, a f‌i n de que exista
un justo equilibrio de intereses entre proveedores y
consumidores;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 11446 del 25 de
noviembre de 2011, publicado en el Registro Of‌i cial No.
599 del 19 de diciembre de 2011, la Ministra de Industrias
y Productividad delega a la Subsecretaria de la Calidad la
facultad de aprobar y of‌i cializar las propuestas de normas
o reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de
la conformidad propuestos por el INEN, en el ámbito de
su competencia, de conformidad con lo previsto en la Ley
general; y,
En ejercicio de las facultades que le concede la Ley,
Resuelve:
ARTÍCULO 1.- Aprobar y of‌i cializar con el carácter de
VOLUNTARIA la Norma Técnica Ecuatoriana NTE
INEN-ISO 13007-3 (Baldosas cerámicas – Morteros
para juntas y adhesivos – Parte 3: Términos, def‌i niciones
y especif‌i caciones para morteros para juntas (ISO
13007-3:2010, IDT)), que def‌i ne los términos relativos
a los productos, métodos de trabajo y propiedades de
aplicación para los morteros para juntas de baldosas
cerámicas. Se especif‌i can los valores de los requisitos
de rendimiento para todos los morteros para juntas de
baldosas cerámicas [morteros para juntas: cementicio
(CG) y resina reactiva (RG)].
ARTÍCULO 2.- Esta norma técnica ecuatoriana NTE
INEN-ISO 13007-3, entrará en vigencia desde la fecha de
su publicación en el Registro Of‌i cial.
COMUNÍQU ESE Y PUBLÍQUESE en el Registro Of‌i cial.
Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 18 de abril de
2018.
f.) Mgs. Ana Elizabeth Cox Vásconez, Subsecretaria del
Sistema de la Calidad.
MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUC-
TIVIDAD.- Certif‌i ca.- Es f‌i el copia del original que reposa
en Secretaría General.- f.) Ilegible.- Fecha: 23 de abril de
2018.
MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y
PRODUCTIVIDAD
No. 18 135
SUBSECRETARÍA DEL
SISTEMA DE LA CALIDAD
Considerando:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52
personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios
de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a
una información precisa y no engañosa sobre su contenido
y características”;
establece: el Sistema Ecuatoriano de la Calidad, tiene
como objetivo establecer el marco jurídico destinado
a: “i) Regular los principios, políticas y entidades
relacionados con las actividades vinculadas con la
evaluación de la conformidad, que facilite el cumplimiento
de los compromisos internacionales en esta materia; ii)
Garantizar el cumplimiento de los derechos ciudadanos
relacionados con la seguridad, la protección de la vida
y la salud humana, animal y vegetal, la preservación del
medio ambiente, la protección del consumidor contra
prácticas engañosas y la corrección y sanción de estas
prácticas; y, iii) Promover e incentivar la cultura de la
calidad y el mejoramiento de la competitividad en la
sociedad ecuatoriana”;
Que, el Artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 338, publicado
en el Suplemento del Registro Of‌i cial No. 263 del 9 de
Junio de 2014 establece: “Sustitúyanse las denominaciones
del Instituto Ecuatoriano de Normalización por Servicio
Ecuatoriano de Normalización. (…)”;
Que, de conformidad con el Artículo 3 del Acuerdo
Ministerial No. 11256 del 15 de julio de 2011, publicado
en el Registro Of‌i cial No. 499 del 26 de julio de 2011, el
tratamiento para las normas y documentos que no son de
autoría del INEN están sujetos a un costo establecido por
el Organismo de Normalización Internacional;
Que, la Organización Internacional de Normalización
- ISO, en el año 2012, publicó la Norma Internacional
ISO 4386-2:2012 PLAIN BEARINGS — METALLIC
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