Resoluciones. 18 185 Apruébese Y Ofi Cialécese Con El Carácter De Voluntaria La Norma Técnica Ecuatoriana Nte INEN-ISO 45001 (sistemas De Gestión De La Seguridad Y Salud En El Trabajo - Requisitos Con Orientación Para Su Uso (iso 45001:2018, Idt))

Número de Boletín276
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Industrias y Productividad
32 – Miércoles 4 de julio de 2018 Registro Of‌i cial Nº 276
al valor registrado en libros contables de las instituciones
f‌i nancieras extintas y que se encuentran registradas en el
libro de acciones y accionistas de la referida compañía.
En ejercicio de las atribuciones conferidas en la
Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva;
y, el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por
Procesos de esta Cartera de Estado, la máxima autoridad;
Acuerda:
Artículo 1.- Designar al Abg. Carlos Javier Larrea Crespo,
Viceministro de Turismo o quien haga sus veces, como
delegado del Ministro de Turismo ante la Junta General de
Accionistas Club de La Unión Quito S.A. UNICLUB.
Artículo 2.- La presente delegación autoriza al delegado
para que retire los originales de las 53 acciones nominales
a nombre del Ministerio de Turismo que reposan en la
referida empresa las mismas que deben ser entregadas a
la Dirección Financiera de la Institución para su custodia,
permitirá actuar con voz, ejercer el derecho al voto en
caso de tenerlo, abstenerse de votar de ser el caso, integrar
comisiones o grupos de trabajo, presentar informes y, en
general, las actividades inherentes a su participación en la
Junta General de Accionistas Club de La Unión Quito S.A.
UNICLUB.
Artículo 3.- En cumplimiento de sus funciones, el delegado
debe presentar el Acta de Reunión de cada sesión a la que
hubiere asistido, y un informe trimestral sobre la gestión
realizada ante la Junta General de Accionistas Club de La
Unión Quito S.A..UNICLUB, enumerando las sesiones en
las que participó, las decisiones adoptadas, los resultados
de las mismas y las recomendaciones sobre la gestión
correspondiente.
Artículo 4.- El delegado observará la normativa legal
aplicable y responderá directamente al Sr. Ministro de
Turismo, por los actos realizados en ejercicio de esta
delegación.
Artículo 5.- La presente delegación no constituye renuncia
a las atribuciones asignadas por la ley al titular de esta
Cartera de Estado, puesto que él mismo cuando lo estime
procedente, podrá intervenir en cualquiera de los actos
materia del presente Acuerdo y ejercer cualquiera de las
funciones previstas en el mismo.
DISPOSICIÓN GENERAL
Notifíquese con el contenido del presente Acuerdo
Ministerial a la Junta General de Accionistas Club de la
Unión Quito S.A. UNICLUB.
DISPOSICIÓN FINAL
ÚNICA.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en
vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito
Metropolitano, a 31 de mayo de 2018.
f.) Dr. Enrique Ponce de León, Ministro de Turismo.
MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y
PRODUCTIVIDAD
No. 18 185
SUBSECRETARÍA DEL
SISTEMA DE LA CALIDAD
Considerando:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52
personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios
de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a
una información precisa y no engañosa sobre su contenido
y características”;
establece: el Sistema Ecuatoriano de la Calidad, tiene
como objetivo establecer el marco jurídico destinado
a: “i) Regular los principios, políticas y entidades
relacionados con las actividades vinculadas con la
evaluación de la conformidad, que facilite el cumplimiento
de los compromisos internacionales en esta materia; ii)
Garantizar el cumplimiento de los derechos ciudadanos
relacionados con la seguridad, la protección de la vida y la
salud humana, animal y vegetal, la preservación del medio
ambiente, la protección del consumidor contra prácticas
engañosas y la corrección y sanción de estas prácticas;
y, iii) Promover e incentivar la cultura de la calidad
y el mejoramiento de la competitividad en la sociedad
ecuatoriana”;
Que, el Artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 338 publicado
en el Suplemento del Registro Of‌i cial No. 263 del 9 de
Junio de 2014 establece: “Sustitúyanse las denominaciones
del Instituto Ecuatoriano de Normalización por Servicio
Ecuatoriano de Normalización. (…)”;
Que, de conformidad con el Artículo 3 del Acuerdo
Ministerial No. 11256 del 15 de julio de 2011, publicado
en el Registro Of‌i cial No. 499 del 26 de julio de 2011, el
tratamiento para las normas y documentos que no son de
autoría del INEN están sujetos a un costo establecido por el
Organismo de Normalización Internacional;
Que, la Organización Internacional de Normalización
- ISO, en el año 2018, publicó la Norma Internacional
ISO 45001:2018 OCCUPATIONAL HEALTH
AND SAFETY MANAGEMENT SYSTEMS -
REQUIREMENTS WITH GUIDANCE FOR USE;
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