Resoluciones. 18 242 Apruébese con el carácter de voluntaria revisión Norma Técnica NTE INEN 2293 (Accesibilidad de las personas al medio físico. Servicios higiénicos, cuartos de baño y baterías sanitarias. Requisitos)

Número de Boletín302
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Industrias y Productividad
34 – Jueves 9 de agosto de 2018 Registro Of‌i cial Nº 302
realizada con memorando Nro. DGAC-AB-2018-0605-M
de julio 13 de 2018, suscrito por la Ing. Silvia León
Salazar, Analista Documentación y Archivo 2, que indica
que requiere copia Certif‌i cada del Acuerdo No. 020/2018
de julio 12 del 2018, otorgada a favor de la Compañía
AVIACIÓN-ECUADOR S.A., a f‌i n de remitir para su
publicación en el Registro Of‌i cial, CERTIFICO: que el
Acuerdo No. 020/2018 de julio 12 del 2018, emitido por el
Director General de Aviación Civil que antecede contenido
en cuatro fojas útiles, es FIEL COPIA DEL ORIGINAL,
que reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría
General.
Quito, D.M., a 13 de julio de 2018.
f.) Dra. Rita Mila Huilca Cobos, Directora de Secretaría
General de la Dirección General de Aviación Civil.
MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y
PRODUCTIVIDAD
No. 18 242
SUBSECRETARÍA DEL
SISTEMA DE LA CALIDAD
Considerando:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo
personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios
de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a una
información precisa y no engañosa sobre su contenido y
características”;
establece: el Sistema Ecuatoriano de la Calidad, tiene
como objetivo establecer el marco jurídico destinado
a: “i) Regular los principios, políticas y entidades
relacionados con las actividades vinculadas con la
evaluación de la conformidad, que facilite el cumplimiento
de los compromisos internacionales en esta materia; ii)
Garantizar el cumplimiento de los derechos ciudadanos
relacionados con la seguridad, la protección de la vida y la
salud humana, animal y vegetal, la preservación del medio
ambiente, la protección del consumidor contra prácticas
engañosas y la corrección y sanción de estas prácticas;
y, iii) Promover e incentivar la cultura de la calidad y
el mejoramiento de la competitividad en la sociedad
ecuatoriana”;
Que, el Artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 338, publicado
en el Suplemento del Registro Of‌i cial No. 263 del 9 de
Junio de 2014 establece: “Sustitúyanse las denominaciones
del Instituto Ecuatoriano de Normalización por Servicio
Ecuatoriano de Normalización. (…)”;
Que, de conformidad con el Artículo 2 del Acuerdo
Ministerial No. 11256 del 15 de julio de 2011, publicado en
el Registro Of‌i cial No. 499 del 26 de julio de 2011, dispone
que las normas técnicas ecuatorianas, códigos, guías de
práctica, manuales y otros documentos técnicos de autoría
del INEN deben estar al alcance de todos los ciudadanos sin
excepción, a f‌i n de que se divulgue su contenido sin costo;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 01239 del 13 de
julio de 2001, publicado en el Registro Of‌i cial No. 382
del 2 de agosto de 2001, se of‌i cializó con carácter de
Obligatoria la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN
2293 ACCESIBILIDAD DE LAS PERSONAS CON
DISCAPACIDAD Y MOVILIDAD REDUCIDA AL
MEDIO FÍSICO. ÁREA HIGIÉNICO SANITARIA;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 03 612 del 22
de diciembre de 2003, publicado en el Registro Of‌i cial
No. 248 del 9 de enero de 2004, se cambió su carácter de
OBLIGATORIA A VOLUNTARIA;
Que, la Primera revisión de la indicada norma ha seguido
el trámite regular de conformidad al Instructivo Interno
del INEN para la elaboración y aprobación de documentos
normativos del INEN, mediante el estudio y participación
en Comités Nacionales Espejo establecido mediante
Resolución No. 2017-003 de fecha 25 de enero de 2017;
Que, mediante Informe Técnico realizado por la Dirección
de Servicios de la Calidad de la Subsecretaría del
Sistema de la Calidad contenido en la Matriz de Revisión
No.CON-0190 de fecha 11 de julio de 2018, se procedió
a la aprobación y of‌i cialización de la Norma Técnica
Ecuatoriana NTE INEN 2029 ACCESIBILIDAD DE
LAS PERSONAS AL MEDIO FÍSICO. SERVICIOS
HIGIÉNICOS, CUARTOS DE BAÑO Y BATERIAS
SANITARIAS. REQUISITOS (Primera revisión);
Que, de conformidad con el último inciso del Articulo
Ministerio de Industrias y Productividad es la institución
rectora del Sistema Ecuatoriano de la Calidad; de igual
manera lo señala el literal f) del Artículo 17 de la Ley
Ibídem el cual establece: “En relación con el INEN,
corresponde al Ministerio de Industrias y Productividad;
aprobar las propuestas de normas o reglamentos técnicos
y procedimientos de evaluación de la conformidad, en
el ámbito de su competencia (…)”, en consecuencia es
competente para aprobar y of‌i cializar con el carácter de
VOLUNTARIA La Primera revisión de la Norma Técnica
Ecuatoriana NTE INEN 2293 ACCESIBILIDAD DE
LAS PERSONAS AL MEDIO FÍSICO. SERVICIOS
HIGIÉNICOS, CUARTOS DE BAÑO Y BATERIAS
SANITARIAS. REQUISITOS, mediante su publicación
en el Registro Of‌i cial, a f‌i n de que exista un justo equilibrio
de intereses entre proveedores y consumidores;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 11446 del 25 de
noviembre de 2011, publicado en el Registro Of‌i cial No.
599 del 19 de diciembre de 2011, la Ministra de Industrias
y Productividad delega a la Subsecretaria de la Calidad la
facultad de aprobar y of‌i cializar las propuestas de normas
o reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de
nformi
titución
derecho a disponer de bien
y a elegirlos con libertad
y no engañosa
CRETARÍA
MA DE LA CAL
Considerando:
n de la República d
echo a disponer de bienes y serv
egirlos con libertad, así como a u
gañosa sobre su contenido
ID
o:
ad con lo dispuesto
de la Repúbl
. 18 242
SEC
EM
midad con lo dispuesto en el
ión de la República del Ecuado
ho a disponer de bienes y
Que
d
rtículo
a
Sis
No.C
la
Ser
stema
ON
ervic
de
diant
os
20
Info
ona
17-00
ales
3 d
ediant
s Esp
da
n y apro
te el e
j
al
obació
da norm
nstru
as
os
HIG
SA
uator
S PER
É
roba
ian
N
C
190 de
ción
idad
fecha
a Calid
cont
cnico
dad
cha
ea
M., a 13
Mila Hu
rección Ge
n Civi
FIEL COP
rchivo de la Dire
de julio de 2018.
Huilca Cobos, Directo
ción
cc
8.
ilca Cobos Di
c
ulio 12
iación C
, es
F
arch
3 d
Huilca Cobos, Directora de Se
n General de Aviación Civil
RIG
de Sec
NAL,
retaría
do
ex
Q
O
jul
del 2
Obli
e, m
lio de
d
med
20
nte
e
f‌i n de
y o
tar al a
que s
otro
alca
ecua
s docu
u
el 26 de
torian
o de
julio
ulo 2
2011
a
ME
93 A
CAPA
IO
oria
CCE
p
agosto
la No
blica
de 20
rdo Mi
do e
ivulg
iniste
de t
lgue su
a co
mover
miento
”;
2 del Decreto Ejecutivo No.
del Registro Of‌i cial N
ece:
“Sustitúyan
ano de Nor
zació
ad, la p
y vegetal, la p
ción del consumid
orrección y sanción
e incentivar la cul
de la competitividad en
l Decreto Ejecutivo No. 338, publi
Registro Of‌i cial No. 263 del 9
titúyanse las denominacion
or
n de e
ultura de
titividad en
on
nto de l
guridad
al y v
cció
cor
e
Decreto Ejecutivo No. 338, p
n de
ra prác
as práct
medio
cticas
la
co
VO
E
lidad
ociedad
;
y
S
LA
HIG
AN
ator
AS P
ÉN
oria
ERS
p
TAR
N
u
para ap
IA
La
de
compe
proba
ev
eten
e nor
aluaci
e Indus
mas o
elac
trias
tículo
ón c
do
Qu
el Re
nteres
ARI
gistro
N
COS, C
AS. R
S A
UAR
NEN
L ME
y of‌i
ra rev
2293
(…
)
f‌i cializar
sió

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR