Resoluciones. 19 020 Apruébese y oficialícese con el carácter de voluntaria la segunda revisión de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 811 (Cilindros de gas para uso médico. Marcado para identificación)

Número de Boletín416
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
24 – Martes 29 de enero de 2019 Registro Of‌i cial Nº 416
del Ministerio de Comercio Exterior e Inversiones a
Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones
y Pesca”;
Que, en la normativa Ibídem en su artículo 3 dispone “Una
vez concluido el proceso de fusión por absorción, todas las
competencias, atribuciones, funciones, representaciones,
y delegaciones constantes en leyes, decretos, reglamentos,
y demás normativa vigente, que le correspondían al
Ministerio de Industrias y Productividad, al Instituto de
Promoción de Exportaciones, e Inversiones Extranjeras,
y el ministerio de Acuacultura y Pesca, serán asumidas
por el Ministerio de Producción, Comercio Exterior,
Inversiones y Pesca”, y;
En ejercicio de las facultades que le concede la Ley,
Resuelve:
ARTÍCULO 1.- Aprobar y of‌i cializar con el carácter de
VOLUNTARIA la Norma Técnica Ecuatoriana NTE
INEN 3049-5 (Ladrillos cerámicos. Parte 5: Métodos
de ensayo), que establece los procedimientos de ensayo
de unidades de mampostería de ladrillos cerámicos.
Los ensayos incluyen módulo de rotura, resistencia
a la compresión, absorción de agua, coef‌i ciente de
saturación, efecto de congelamiento y descongelamiento,
ef‌l orescencia, succión, determinación de la masa,
tamaño, alabeo, uniformidad dimensional, área de las
perforaciones y expansión por humedad.
ARTÍCULO 2.- Disponer al Servicio Ecuatoriano
de Normalización, INEN, que de conformidad con el
Acuerdo Ministerial No. 11256 del 15 de julio de 2011,
publicado en el Registro Of‌i cial No. 499 del 26 de julio
de 2011, publique la Norma Técnica Ecuatoriana NTE
INEN 3049-5 LADRILLOS CERÁMICOS. PARTE
5: MÉTODOS DE ENSAYO, en la página web de esa
institución, www.normalizacion.gob.ec.
ARTÍCULO 3.- Esta norma técnica ecuatoriana NTE
INEN 3049-5, entrará en vigencia desde la fecha de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE en el Registro Of‌i cial.
Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 09 de enero de
2019.
f.) Mgs. Armin Pazmiño, Subsecretario de la Calidad.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO
EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
No. 19 020
SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD
Considerando:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52
personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios
de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a
una información precisa y no engañosa sobre su contenido
y características”;
establece: el Sistema Ecuatoriano de la Calidad, tiene
como objetivo establecer el marco jurídico destinado
a: “i) Regular los principios, políticas y entidades
relacionados con las actividades vinculadas con la
evaluación de la conformidad, que facilite el cumplimiento
de los compromisos internacionales en esta materia; ii)
Garantizar el cumplimiento de los derechos ciudadanos
relacionados con la seguridad, la protección de la vida
y la salud humana, animal y vegetal, la preservación del
medio ambiente, la protección del consumidor contra
prácticas engañosas y la corrección y sanción de estas
prácticas; y, iii) Promover e incentivar la cultura de la
calidad y el mejoramiento de la competitividad en la
sociedad ecuatoriana”;
Que, el Artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 338, publicado
en el Suplemento del Registro Of‌i cial No. 263 del 9 de
Junio de 2014 establece: “Sustitúyanse las denominaciones
del Instituto Ecuatoriano de Normalización por Servicio
Ecuatoriano de Normalización. (…)”;
Que, de conformidad con el Artículo 2 del Acuerdo
Ministerial No. 11256 del 15 de julio de 2011, publicado
en el Registro Of‌i cial No. 499 del 26 de julio de 2011,
dispone que las normas técnicas ecuatorianas, códigos,
guías de práctica, manuales y otros documentos técnicos
de autoría del INEN deben estar al alcance de todos los
ciudadanos sin excepción, a f‌i n de que se divulgue su
contenido sin costo;
Que, mediante Resolución No. 13279 del 31 de julio
de 2013, publicado en el Registro Of‌i cial No. 75 del 6
de septiembre de 2013, se of‌i cializó con carácter de
Obligatoria la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN
811 IDENTIFICACIÓN DE CILINDROS QUE
CONTIENEN GASES PARA USO MÉDICO (Primera
revisión);
Que, mediante Resolución No. 14158 del 21 de abril de
2014, publicado en el Registro Of‌i cial No. 239 del 6 de
mayo de 2014, se cambió su carácter de OBLIGATORIA
A VOLUNTARIA;
Que, la Segunda revisión de la indicada norma ha seguido
el trámite regular de conformidad al Instructivo Interno
del INEN para la elaboración y aprobación de documentos
normativos del INEN, mediante el estudio y participación
en Comités Nacionales Espejo establecido mediante
Resolución No. 2017-003 de fecha 25 de enero de 2017;
Que, mediante Informe Técnico realizado por la Dirección
de Servicios de la Calidad de la Subsecretaría del
Sistema de la Calidad contenido en la Matriz de Revisión
No. MET-0276 de fecha 19 de diciembre de 2018, se
procedió a la aprobación y of‌i cialización de la Norma
eri
n el R
publiqu
49-5 L
OS DE
ww.norma
Esta norma técnica
rá en vigencia
poner al
INEN, que de
al No. 11256 del 1
Registro Of‌i cial No.
e la Norma Técn
ADRILLOS CERÁMICO
E ENSAYO
en la págin
alizacion gob
orm
norma técnica ecuatoriana
NT
ncia desde la fecha de
on
15 de
o. 499 d
cnica Ecuat
CERÁMICO
ENSAYO
, en la p
n por h
Dispon
IN
rial
Re
ue
LADRILLOS CERÁMICOS
DE E
página web
rmalizacion.gob.ec
g
.
idad
lio de 2
26 de
oriano
on el
2011
o
Que
M
e jul
a
PART E
o
E
g
en
dispo
uía
iste
el R
ne
teria
gis
con
al No
formi
orma
ian
lizac
Sust
o de N
ació
O
stitúyan
or
tiv
cial N
se
No. 3
No
cont
o
auto
adano
e prá
ría de
ue las
ctica,
f‌i cia
norma
56 del
No.
n el
15 de
(
Art
de
isterio
es y Pes
de las
Resue
robar y of‌i cial
Norma Téc
os ce
e, qu
y Produc
rtaciones, e Inve
Acuacultura y Pesc
o de Producción,
ca”,
y
;
facultades que le concede
R
of‌i cializar con el carácter
sca,
Come
acultades que le conc
n leyes
gente,
rias y
ortac
e A
io
sc
s facultades que le concede la L
Resuelve:
Extra
án asum
o Ext
to de
jeras,
midas
al
e
es
com
terio
r,
d
rel
evalu
“i)
acion
ob
Re
do
el
bjeti
ula
de
l Siste
o est
Siste
ema E
ema
c
o engañ
on li
osa so
e bien
bertad
y la
s
arantiz
iona
ón
compr
zar e
c
de la c
romis
n las
onfo
ecer
s princ
ac
uatori
r el m
ii
cuat
iano d
mar
O
ERIO
SECRE
Considerando:
con lo disp
la Re
DE PRODUCCIÓN
OR, INVERSIONE
No. 19 020
ETARÍA DE LA CA
R
onsiderando:
lA
N, C
ES Y P
20
TARÍADE LA
DE
O
RETARÍA DE LA CALIDAD
MERCI
SCA
IO
m
A V
Q
el tr
del IN
ue, la
mit
Seg
NTA
un
, se
TARIA
n el
cambi
c
l Re
ós
ón No
egistr
. 1
MÉDIC
Res
mat
Comi
uc
N pa
vos d
ités
egula
para la e
lIN
rev
de co
lab
sión
d
on
aráct

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR