Resoluciones. 19 076 Deróguese en su totalidad el Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 163 (Velas, cirios y similares)
Número de Boletín | 58 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA |
Jueves 10 de octubre de 2019 – 45Registro Ofi cial Nº 58
con el INEN, corresponde al Ministerio de Industrias y
Productividad; (…) f) aprobar las propuestas de normas
o reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de
la conformidad, en el ámbito de su competencia. (…)”, en
consecuencia, es competente para aprobar la Derogación del
reglamento técnico ecuatoriano RTE INEN 146 “Conjunto
de tintas para impresión, color y transparencia”;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 11 446 del 25 de
noviembre de 2011, publicado en el Registro Ofi cial No. 599
del 19 de diciembre de 2011, se delega a la Subsecretaria de
la Calidad la facultad de aprobar y ofi cializar las propuestas
de normas o reglamentos técnicos y procedimientos de
evaluación de la conformidad propuestos por el INEN en el
ámbito de su competencia de conformidad con lo previsto
en la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad y en su
Reglamento General; y,
En ejercicio de las facultades que le concede la Ley,
Resuelve:
ARTÍCULO 1.- Derogar en su totalidad el reglamento
técnico ecuatoriano RTE INEN 146 (Conjunto de tintas
para impresión, color y transparencia) contenido en la
Resolución No. 14 351 del 30 de julio de 2014, publicada
en el Registro Ofi cial No. 320 del 27 de agosto de 2014;
así como su fe de erratas contenida en la Resolución
No. 14 457 del 08 de octubre de 2014, publicada en el
Registro Ofi cial No. 367 del 04 de noviembre de 2014, y su
Modifi catoria 2 contenida en la Resolución No. 15 172 del
20 de mayo de 2015, publicada en el Registro Ofi cial No.
524 del 17 de junio de 2015.
ARTÍCULO 2.- Disponer al Servicio Ecuatoriano de
Normalización, INEN, que retire el reglamento técnico
ecuatoriano RTE INEN 146 (Conjunto de tintas para
impresión, color y transparencia), su fe de erratas, y su
Modifi catoria 2 de la página web de esa Institución (www.
normalizacion.gob.ec).
ARTICULO 3.- La presente Resolución deberá ser
notifi cada en las condiciones establecidas en las Decisiones
827 y 615 de la CAN, y según el Acuerdo sobre Obstáculos
Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del
Comercio.
ARTÍCULO 4.- La presente Resolución entrará en vigencia
a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Ofi cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE en el Registro Ofi cial.
Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 30 de agosto 2019.
f.) Ing. Hugo Quintana Jedermann, Subsecretario de la
Calidad .
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO
EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA.- Certifi ca es
fi el copia del original que reposa en Secretaría General.-
Fecha: 09 de septiembre de 2019.- Firma: Ilegible.
No. 19 076
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO
EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
SUBSECRETARÍA DE CALIDAD
Visto:
1.- El Ofi cio N° INEN-INEN-2019-0985-OF de 23 de julio
de 2019 con asunto “Informe de solicitud de derogatoria
de 89 Reglamentos Técnicos Ecuatorianos no controlados
en Ventanilla Única Ecuatoriana VUE-INEN” mediante
el cual el Servicio Ecuatoriano de Normalización INEN
manifi esta en lo pertinente lo siguiente: “(…) solicita a la
Subsecretaría de Calidad del Ministerio de Producción,
Comercio Exterior, Inversiones y Pesca - MPCEIP,
la emisión de las Resoluciones correspondientes a la
derogatoria de los reglamentos técnicos ecuatorianos RTE
INEN contenidos en el referido informe”;
2.- El Ofi cio N° INEN-INEN-2019-1042-OF de 01 de
agosto de 2019 con asunto “Alcance al Ofi cio Nro. INEN-
INEN-2019-0985-OF, de 23 de julio de 2019, con asunto
Informe de solicitud de derogatoria de 89 Reglamentos
Técnicos Ecuatorianos no controlados en Ventanilla
Única Ecuatoriana VUE-INEN” mediante el cual el INEN
manifi esta en lo pertinente lo siguiente: “(…) informamos
que debido a un error de buena fe, se ha incluido el RTE
INEN 275 - “Bolígrafos, portaminas y minas de grafi to”,
el cual establece requisitos que están alineados a proteger
la salud y la seguridad de las personas y evitar prácticas
que puedan inducir a error, en su lugar debe ser retirado
y archivado el proyecto PRTE INEN 119 “Contadores de
gas”, esto debido a que las normas base de estudio no
establecen requisitos enfocados a los objetivos legítimos
planteados al momento de su emisión.;
3.- El Informe Técnico No. DRE-2019-144 de 01 de agosto
de 2019 con asunto “Solicitud de Derogatoria, Archivo y/o
Retiro de Ochenta y Nueve (89) Reglamentos Técnicos RTE
INEN y Proyectos de Reglamentos Técnicos Ecuatorianos
PRTE INEN”, suscrito por el Director Ejecutivo del INEN,
en el cual se concluye:
“Después de una revisión técnica, se identifi có que 58
documentos, entre Proyectos de RTE INEN y RTE INEN
no se encuentran alineados con los objetivos legítimos; 29
documentos, entre Proyectos de RTE INEN y RTE INEN
tienen duplicidad regulatoria.
La eliminación, archivo y derogatoria de los 87 documentos
identifi cados entre Proyectos de RTE INEN y RTE INEN
no tiene impacto económico por no estar controlados en
la Ventanilla Única Ecuatoriana VUE-INEN del sistema
Ecuapass del Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador
SENAE, por tanto no requiere aprobación del Ministerio
de Finanzas.”;
4.- El Ofi cio N° MPCEIP-VPI-2019-0121-O de 06 de
agosto de 2019 con asunto “Solicitud de dictamen favorable
para la Derogatoria de cuarenta y dos (42) Reglamentos
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