Acuerdos. 266 Expídese La Normativa Interna Para La Autorización De Comisiones De Servicios Al Exterior Del Personal Civil Y Militar Del Comando Conjunto, Fuerzas Armadas Y Entidades Adscritas
Número de Boletín | 90 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | Ministerio de Defensa Nacional |
Viernes 29 de septiembre de 2017 – 17Registro Ofi cial Nº 90
REPÚBLICA DEL ECUADOR
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
CERTIFICO.- Que el documento que en 12 (doce)
fojas anteceden, contiene fi el copia del original del
“ACUERDO MINISTERIAL No. 265 de fecha 31 de
agosto de 2017” correspondiente a la “DELEGACIÓN A
FUNCIONARIOS CIVILES Y MILITARES”, publicado
en Orden General Ministerial No. 125 de fecha 31 de agosto
de 2017, el mismo que reposa en el Archivo de la Dirección
de la Secretaría General de esta Cartera de Estado.
Quito, D.M. 07 de septiembre de 2017.
f.) Dr. Jorge Vásconez Enríquez, Director de Secretaría
General.
Nº 266
Miguel Carvajal Aguirre
MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL
Considerando:
de la República del Ecuador, señala que además de las
atribuciones establecidas en la ley, les corresponde a las
ministras y ministros: “Ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión.”;
Que, el artículo 227 de la Carta Magna, establece: “La
administración pública constituye un servicio a la
colectividad que se rige por los principios de efi cacia,
efi ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planifi cación, transparencia y evaluación.”;
Que, el artículo 229 de la Constitución de la República
del Ecuador, determina: “Serán servidoras o servidores
públicos todas las personas que en cualquiera forma o a
cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un
cargo, función o dignidad dentro del sector público. (…)”;
Que, el artículo 233 de la norma citada en el considerando
precedente, expresa: “Ninguna servidora ni servidor
público estará exento de responsabilidades por los actos
realizados en el ejercicio de sus funciones, o por sus
omisiones, y serán responsables administrativa, civil y
penalmente por el manejo y administración de fondos,
bienes o recursos públicos (…).”;
Que, los literales b) y m) del artículo 10 de la Ley Orgánica
de la Defensa Nacional, señala que son atribuciones
y obligaciones del Ministro (a) de Defensa Nacional,
entre otras: “(…) b) Ejercer la representación legal del
Ministerio de Defensa Nacional y de las Ramas de las
Fuerzas Armadas”; y, “(…) m) Delegar su representación
legal al Subsecretario General, Jefe del Comando
Conjunto, Comandantes de Fuerza, Subsecretarios y otras
autoridades, de conformidad con el Estatuto Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva, para fi rmas
convenios, contratos y desarrollar actos administrativos
(…).”;
Que, el Artículo 9 de la Ley Orgánica de la Contraloría
General del Estado establece que el control interno
constituye un proceso aplicado por la máxima autoridad, la
dirección y el personal de cada institución que proporciona
seguridad razonable de que se protegen los recursos
públicos y se alcancen los objetivos institucionales;
Que, mediante Acuerdo 0026 de 29 de agosto de 2017,
la Presidencia de la República expidió el Reglamento de
viajes al exterior y en el exterior de los servidores públicos
de las instituciones de la Administración Pública Central,
Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva
(APCID);
Que, en la Disposición General Cuarta de este Reglamento
se regula el régimen de declaratoria de comisiones de
servicios al exterior para los miembros de Fuerzas Armadas
y Policía Nacional, disponiendo que tales comisiones será
autorizadas de acuerdo a la normativa interna que para
este efecto dicten los respectivos Ministros (as);
Que, en la Disposición Transitoria Segunda del
Reglamento antes mencionado se establece un plazo de
hasta 30 días, contados a partir de la suscripción, de este
Acuerdo, para que el Ministerio de Defensa Nacional
elabore su normativa interna para dar cumplimiento a la
Disposición General Cuarta de ese Instrumento:
Que, mediante Decreto Ejecutivo N° 8 de 24 de mayo
de 2017, el señor Lenín Moreno Garcés, Presidente
Constitucional de la República del Ecuador, nombró al
señor Miguel Ángel Carvajal Aguirre, como Ministro de
Defensa Nacional; y,
En, ejercicio de las atribuciones previstas en la
Constitución de la República del Ecuador y la Ley;
Acuerda:
Expedir la siguiente normativa interna para la autorización
de comisiones de servicios al exterior del personal civil
y militar del Comando Conjunto, Fuerzas Armadas y
entidades adscritas.
Art. 1.- Defi nición de comisión de servicios al exterior.-
El desplazamiento de las servidoras y servidores civiles y
militares del sector de la defensa nacional fuera del país
para cumplir tareas ofi ciales o servicios institucionales
derivados de las funciones de su puesto se denominará
Comisión de Servicios al Exterior.
Art. 2.- Autorización de comisiones de servicio al
exterior del personal civil y militar.- Corresponde al
Jefe del Comando Conjunto; Comandantes de las Fuerzas
Naval, Aérea y Terrestre y máximas autoridades de las
l áre
ones ad
ículo 2
ón públ
ue se rige por los princip
idad, jerarquía,
coordinac
arencia y
cul
uador, se
cidas en la ley
ros:
“Ejercer la rec
a a su cargo y exp
ministrativas que re
227 de la Carta Magna, e
lica constituye
pú
e rige por los principios de efi c
jerarquía, desconcentrac
inación, participac
ctor
xpedir
requiera s
27 de la Carta Magn
artículo
Ecua
lecid
stro
rea
dm
227 de la Carta Magna, estab
ública constituye un servici
ge por los principios
espon
e las po
s acuer
de a la
olítica
ó
las
s
Qu
R
rdo
tión.”
ce:
“L
y
Ac
elab
hasta
erd
am
30 d
n
mento
as
la
D
ante
los
i
rd
res
a la
specti
em
endo qu
no
bros d
ue ta
a
ria d
de F
la
ia,
de
spo
e, m
su
sición
para
u norm
Gen
on
que el
ati
mencio
dos a
l
ión
onado
Transi
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba