Resumen de causa. 41-22-IN Acción pública de inconstitucionalidad de actos normativos. Legitimado Activo: XXXXXXX XXXXXXX y otros

Número de Boletín49
SecciónResumen de causa
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Miércoles 6 de julio de 2022Edición Constitucional Nº 49 - Registro Ocial
3
SALA DE ADMISIÓN
RESUMEN CAUSA No. 41-22-IN
En cumplimiento a lo dispuesto por la Sala de Admisión, mediante auto de 03 de
junio del 2022 y de conformidad con lo establecido en el artículo 80, numeral 2,
se pone en conocimiento del público lo siguiente:
CAUSA: Acción pública de inconstitucionalidad de actos normativos.
LEGITIMADO ACTIVO: XXXXXXX XXXXXXX y otros.
CORREOS ELECTRÓNICOS: xxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx
LEGITIMADOS PASIVOS: Presidente Constitucional de la República, Asamblea
Nacional y Procurador General del Estado.
NORMAS CONSTITUCIONALES PRESUNTAMENTE VULNERADAS:
Artículos: 45.i; 44; 66.3a; 66.3c; 66.9; 66.10; y, 78 de la Constitución de la República.
PRETENSIÓN JURÍDICA: Los accionantes solicitan se declare mediante
sentencia la inconstitucionalidad de los artículos 5.g, 12.6 y 22.6 de la Ley Orgánica
que Regula la Interrupción Voluntaria del Embarazo para Niñas, Adolescentes y
Mujeres en caso de Violación; así co mo la suspensión provisional de la disposición
acusada como inconstitucional.
De conformidad con lo dispuesto por la Sala de Admisión, publíquese este resumen
de la demanda en el Registro Oficial y en el Portal Electrónico de la Corte
Constitucional.
LO CERTIFICO.-
Documento firmado electrónicamente
Dra. Aida García Berni
SECRETARIA GENERAL
AGB/ercc
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel.(593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec
Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicación@cce.gob.ec
Firmado electrónicamente por:
AIDA SOLEDAD
GARCIA BERNI

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR