Acuerdo 2015 - Refórmase el Acuerdo Ministerial 1320 de 01 de noviembre de 2012 de Constitución del Comité Paralímpico Ecuatoriano

Número de Boletín318
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio del Deporte
Fecha de la disposición27 de Enero de 2014

José Francisco Cevallos Villavicencio

MINISTRO DEL DEPORTE

Considerando:

Que, el artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador establece lo siguiente: "A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión...";

Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, manda que: "las Instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal, ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución";

Que, el artículo 13 de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, determina que: "El Ministerio Sectorial, es el órgano rector y planificador del deporte, educación física y recreación; le corresponde establecer, ejercer, garantizar y aplicar las políticas, directrices y planes aplicables en las áreas correspondientes para el desarrollo del sector de conformidad con lo dispuesto en la Constitución, las leyes, instrumentos internacionales y reglamentos aplicables";

Que, el artículo 14 de la...

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