Resoluciones. 55-INDOT-2019 Apruébese y autorícese la publicación del documento “Instructivo de acreditación y re acreditación para profesionales que ablacionan tejidos de donante cadavérico excepto tejido corneal y/o autorización a establecimientos y profesionales para implante de tejidos excepto tejido corneal”.
Número de Boletín | 7 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Ministerio de Salud Pública |
26 – Martes 30 de julio de 2019 Registro Ofi cial Nº 7
de fundiciones de hierro gris y nodular”; mediante su
publicación en el Registro Ofi cial, a fi n de que exista un justo
equilibrio de intereses entre proveedores y consumidores;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 11 446 del 25 de
noviembre de 2011, publicado en el Registro Ofi cial No. 5 99
del 19 de diciembre de 2011, se delega a la Subsecretaría de
la Calidad la facultad de aprobar y ofi cializar las propuestas
de normas o reglamentos técnicos y procedimientos de
evaluación de la conformidad propuestos por el INEN en el
ámbito de su competencia de conformidad con lo previsto
en la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad y en su
Reglamento General;
En ejercicio de las facultades que le concede la Ley,
Resuelve:
ARTÍCULO 1.- Aprobar y ofi cializar con el carácter de
Obligatorio el Corrigendo 1 del:
REGLAMENTO TÉCNICO ECUATORIANO RTE
INEN 062 (2R) “PRODUCTOS DE FUNDICIONES
DE HIERRO GRIS Y NODULAR”
CORRIGENDO 1
(2019-07-03)
RTE INEN 062 (2R) “PRODUCTOS DE FUNDI-
CIONES DE HIERRO GRIS Y NODULAR”
En el cuerpo normativo
Donde dice:
NTE INEN 2496 vigente.
Debe decir:
NTE INEN 2496:2009
En la página 5, numeral 8:
Dice:
8.1 Norma NTE INEN 2496, Tapas para uso en pozos y
redes subterráneas. Rejillas de alcantarillado. Requisitos e
inspección.
Debe decir:
8.1 Norma NTE INEN 2496:2009+Corrigendo
1:2014+Corrigendo 2:2015, Tapas para uso en pozos y
redes subterráneas. Rejillas de alcantarillado. Requisitos
e inspección.
ARTÍCULO 2.- Disponer al Servicio Ecuatoriano de
Normalización, INEN, que de conformidad con el Acuerdo
Ministerial No. 11 256 del 15 de julio de 2011, publicado
en el Registro Ofi cial No. 499 del 26 de julio de 2011,
publique el CORRIGENDO 1 del Reglamento Técnico
Ecuatoriano RTE INEN 062 (2R) “PRODUCTOS DE
FUNDICIONES DE HIERRO GRIS Y NODULAR” en
la página web de esa Institución (www.normalizacion.gob.
ec).
ARTÍCULO 3.- El presente corrigendo al Reglamento
Técnico Ecuatoriano RTE INEN 062:2015, entrará en
vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Ofi cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE en el Registro Ofi cial
03 de julio de 2019.
Documento fi rmado electrónicamente
Mgs. Armin Pazmiño Silva, Subsecretario de Calidad.
CERTIFICA.- Es fi el copia del original que reposa en
Secretaría General.- Fecha: 04 de julio de 2019.- Firma:
Ilegible.
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Nro. 55-INDOT-2019
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE DONACIÓN Y TRASPLANTE DE
ÓRGANOS, TEJIDOS Y CÉLULAS –INDOT-
Considerando:
Que, el artículo 32 de la Constitución de la República
establece que: “La salud es un derecho que
garantiza el
Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros
derechos,
entre ellos el derecho al agua, la alimentación,
la educación, la cultura física, el
trabajo, la seguridad
social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen
vivir.-EI Estado garantizará este derecho mediante
políticas económicas,
sociales, culturales, educativas
y ambientales; y el acceso permanente, oportuno
y
sin exclusión a programas, acciones y servicios de
promoción y atención
integral de salud, salud sexual
y salud reproductiva. La prestación de los
servicios
de salud se regirá por los principios de equidad,
universalidad,
solidaridad, interculturalidad, calidad,
efi ciencia, efi cacia, precaución y bioética,
con enfoque
de género y generacional.”;
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República
determina que: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les sean atribuidas en la Constitución
y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones
para el cumplimiento de sus fi nes y hacer efectivo el
goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la
Constitución”;
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