Decretos. 748 Nómbrese al señor CRNL. EMC. Endara Cevallos Nino Giovanni para que desempeñe la función de Agregado de Defensa en la Embajada del Ecuador en la República Popular China
Número de Boletín | 505 |
Sección | Decretos |
Emisor | Presidencia de la República |
Lunes 10 de junio de 2019 – 5Registro Ofi cial Nº 505 – Segundo Suplemento
organización, regulación y control; y crear, modifi car
y suprimir, los ministerios, entidades e instancias de
coordinación;
República establece que es atribución del Presidente de la
República nombrar y remover a las ministras y ministros de
Estado y a las demás servidoras y servidores públicos cuya
nominación le corresponda;
Que el artículo 202 de la Constitución de la República
determina que el sistema de rehabilitación social garantizará
sus fi nalidades mediante un organismo técnico encargado
de evaluar la efi cacia de sus políticas, administrar los
centros de privación de libertad y fi jar los estándares de
cumplimiento de sus fi nes; asimismo, el Presidente de la
República designará a la ministra o ministro de Estado que
presidirá el organismo;
Que el artículo 674 del Código Orgánico Integral Penal
establece que el sistema de rehabilitación social garantizará
el cumplimiento de sus fi nes mediante un el Organismo
Técnico cuyas atribuciones son: 1. Evaluar la efi cacia y
efi ciencia de las políticas del Sistema; 2. Administrar los
centros de privación de libertad; 3. Fijar los estándares de
cumplimiento de los fi nes del Sistema;
Que el artículo 675 del Código Orgánico Integral Penal
establece que el Directorio del Organismo Técnico se
integrará por las o los ministros o sus delegados encargados
de las materias de justicia y derechos humanos, salud
pública, relaciones laborales, educación, inclusión
económica y social, cultural, deporte y el Defensor del
Pueblo. La o el Presidente de la República designará a la
ministra o ministro de Estado que lo presidirá;
Que de conformidad con lo contenido en el último inciso
del artículo 45 del Código Orgánico Administrativo en
ejercicio de la potestad de organización, la o el Presidente
de la República puede crear, reformar o suprimir los
órganos o entidades de la administración pública central,
cualquiera sea su origen, mediante decreto ejecutivo en el
que se determinará su adscripción o dependencia;
Que mediante Decreto Ejecutivo Nro. 560 de 14 de
noviembre de 2018 el Gobierno Nacional como parte de la
reestructuración institucional que ha venido desarrollado,
crea el Servicio Nacional de Atención Integral a
Personas Adultas Privadas de Libertad y a Adolescentes
Infractores para satisfacer la necesidad de contar con una
institucionalidad especializada y enfocada en la garantía de
los derechos de las personas privadas de libertad; su órgano
gobernante estará integrado conforme lo establecido en el
Código Orgánico Integral Penal y será presidido por un
delegado del Presidente de la República;
Que según el artículo innumerado a continuación del artículo
17.2 del Estatuto del Régimen Jurídica y Administrativo de
la Función Ejecutiva, los secretarios generales tienen rango
de ministro de Estado y representan a organismos públicos
con facultad de gestión en temas de administración y
asesoría de la Presidencia de la República;
En ejercicio de las facultades y atribuciones que le
confi eren al artículo 147, numeral 9 de la Constitución y
literal d) del artículo 11 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva,
Decreta:
Artículo 1.- Designar a la Dra. Johana Pesántez Benítez,
Secretaria General Jurídica de la Presidencia, como delegada
del Presidente de la República para presidir el Directorio del
Organismo Técnico del Sistema de Rehabilitación Social;
Disposición Final.- Este Decreto Ejecutivo entrará en
vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Ofi cial.
Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 20 de mayo de
2019.
f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la
República.
Quito, 27 de mayo del 2019, certifi co que el que antecede es
fi el copia del original.
Documento fi rmado electrónicamente
Dra. Johana Pesántez Benítez
SECRETARIA GENERAL JURÍDICA
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL
ECUADOR
No. 748
Lenín Moreno Garcés
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
Considerando:
Que, el artículo 38 de la Ley Orgánica de la Defensa
Nacional, determina: “El Consejo de Ofi ciales Generales
o Almirantes de Fuerza, es el órgano encargado de
conocer y resolver sobre la situación militar y profesional
de los ofi ciales Generales de Brigada y Coroneles o sus
equivalentes. Sus atribuciones son las siguientes:
[…] d) Seleccionar y califi car a los ofi ciales para el
desempeño de las funciones de agregados militares,
adjuntos y representantes ante organismos internacionales,
de conformidad con el reglamento […]”;
Que, el artículo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas
Armadas, establece: “Los Agregados Militares a las
embajadas, adjuntos y ayudantes, así como delegados
militares ante organismos internacionales, serán
nombrados por el Ejecutivo, a solicitud del señor Ministro
Pr
ministr
nformid
45 del
potestad d
puede crear, reformar o
s de la admin
gen, mediante
dscripci
y de
laborales,
cultural, deporte
esidente de la Repú
o de Estado que lo p
dad con lo contenido en el ú
l Código Orgánico Adm
de organi a
stad
de crear, reformar o suprimir
administración pública centra
decreto ejecutivo
y
ública
presidirá
ontenido en el
Código Orgánico
tros o s
sticia y
lab
al, c
Pres
ro
dad con lo contenido en el últi
el Código Orgánico Administra
ad de organización, la o el Pre
rear reformar o
in
Defens
esignará
lusión
or del
ud
D
SEC
DE
o inciso
CUA
LA
OR
ARI
PR
án
IA GEN
SIDE
tez Be
NER
le
nít
ctróni
cam
ue el qu
nte
NCIA
L JURÍ
DE
ÍDICA
es me
r la efi
privac
o de su
gnará a la
nismo;
del Código O
a de rehabi
fi ne
de la Constituc
tema de rehabilitació
ediante un organism
cacia de sus polí
ión de libertad y fi jar los e
us fi nes; asimismo, el Pre
la ministra o m
á a
o;
go Orgánico Integral Pen
ón s
mo técn
olíticas, adm
d y fi jar los e
s fi nes; asimismo, el
oras y
nda;
2 de
stem
med
fi c
ción de libertad y fi jar los está
sus fi nes; asimismo, el Presiden
a la ministra o ministro de Esta
a Rep
al garant
o encar
ública
tizará
A
Sec
del
rga
trar lo
ares de
de l
o
s
D
Disp
rgani
esid
mo
Gen
dente
Téc
Desig
eneral J
de la
gnar a
íd
la
Decre
ec
ta:
tiva
l Régim
que
Dad
enci
blicació
ción
a a pa
ón e
n Fina
ti
o
-
epúbli
el Sist
de la P
ica par
a. Jo
Preside
el artícu
statuto d
Ejecutiv
Estado
gestión en temas de adm
idencia de la República;
facultades
7, num
iva
do confor
egral Penal y s
ente de la República
ulo innumerado a con
del Régimen Jurídica y Adm
va, los secretarios generales
o y representan a org
d
stión en temas de administraci
a de la República;
tib i
a;
ontinuació
rídica y Admi
, los secretarios genera
representan
a y e
nas priva
grado
ntegr
den
cu
d
iva, los secretarios generales tien
do y representan a organismos p
ón en temas de adminis
dido
l
ee
por un
el
o
con
de
artícu
ativo de
n rango
o
[
eq
[…]
os
uiva
ofi
ntes
y res
ficiales
s de
olver
G
na:
“
Fuerz
de
El C
la Le
Con
and
yO
o:
A
os
y
de c
emp
untos y
nfo
Sel
eño d
eccion
atri
ar
erales
ucion
a situa
de B
j
el órg
ación
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba