Ordenanza Municipal 81 Cantón Piñas: Sustitutiva a la Ordenanza de adscripción del Cuerpo de Bomberos Municipal, publicada en el Registro Oficial Nº 630, del 18 de noviembre del 2015

Fecha de publicación23 Mayo 2019
Número de Gaceta494
Jueves 23 de mayo de 2019 – 41Registro Of‌i cial Nº 494
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DE PIÑAS
No. 81
EL CONCEJO MUNICIPAL
Considerando:
Que, en la Entidad Municipal existe la “Ordenanza
de Adscripción del Cuerpo de Bomberos de Piñas, al
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de
Piñas”, aprobada en Sesiones Ordinarias del nueve (9) y
doce (12), de marzo de dos mil quince (2015), en primera
y segunda instancia respectivamente, publicada en el
Registro Of‌i cial Nro. 630, del miércoles 18 de noviembre
de 2015.
Que, la Asamblea Nacional de la República del Ecuador,
expidió el Código Orgánico de las Entidades de Seguridad
Ciudadana y Orden Publico, (COESCOP), publicado en el
Suplemento del R. O. N: 19, del miércoles 21 de junio del
2017 y con vigencia desde el 19 de diciembre del 2017.
Que, en el referido Código existen varias reformas a
nuestro ordenamiento jurídico, de manera especial, en la
organización y funcionamiento de los Cuerpos Bomberos.
Que, es indispensable actualizar la legislación municipal
en materia bomberil, con el propósito satisfacer las
realidades del presente y su visión del futuro.
En ejercicio de la atribución que le conf‌i ere el inciso
segundo del numeral 14, del Art. 264, de la Constitución
de nuestra República, en concordancia con los artículos
7, y 57, literal a), del Código Orgánico de Organización
Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD ).
Expide:
La siguiente: “ORDENANZA SUSTITUTIVA A LA
ORDENANZA DE ADSCRIPCIÓN DEL CUERPO
DE BOMBEROS MUNICIPAL DE PIÑAS,
PUBLICADA EN EL REGISTRO OFICIAL Nº 630
DEL MIÉRCOLES 18 DE NOVIEMBRE DEL 2015”.
CAPITULO I
CONSTITUCION, DENOMINACION, OBJETIVO,
DEBERES, AMBITO DE ACCION Y PATRIMONIO
Art. 1.- CONSTITUCIÓN.- El Cuerpo de Bomberos
Municipal de Piñas, es una Institución de Derecho Público,
adscrita al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal
de Piñas, con patrimonio propio, autonomía administrativa,
f‌i nanciera, presupuestaria, operativa, y personería
jurídica, la misma que regulará sus procedimientos en
base a lo establecido en la Constitución de la República, el
Descentralización, el Código Orgánico de las Entidades de
Seguridad Ciudadana y Orden Público, la Ley de Defensa
Contra Incendios y su Reglamento General y Reglamento
Orgánico Operativo y de Régimen Interno y Disciplina de
los Cuerpos de Bomberos del País, la presente Ordenanza,
las demás ordenanzas expedidas por el Concejo Municipal
del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal
de Piñas, las resoluciones emitidas por el Comité de
Administración y Planif‌i cación del Cuerpo de Bomberos
Municipal de Piñas, así como lo dispuesto en el Convenio
de Transferencia de Competencias suscrito entre la
Secretaría de Gestión de Riesgos y el Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal del Cantón Piñas.
Art. 2.- DENOMINACIÓN.- El nombre o razón social que
se utilizará en todos los actos administrativos, judiciales y
extrajudiciales, será el de “Cuerpo de Bomberos Municipal
de Piñas”, y sus siglas serán “CBMP”
Art. 3.- OBJETIVOS.- El Cuerpo de Bombero Municipal
de Piñas, es una Institución eminentemente técnica, con
una organización y jerarquía de régimen disciplinario,
destinada específ‌i camente a la prevención, mitigación
y extinción de incendios, a defender a las personas y
a las propiedades contra el fuego, realizar rescates y
salvamentos, brindar socorro en incidentes, accidentes
o catástrofes ya sea de origen natural o antrópicos, así
como capacitar a la ciudadanía para prevenir y mitigar los
f‌l agelos, rigiéndose en lo aplicable a la Ley de Defensa
Contra Incendios y sus Reglamentos así como a la presente
Ordenanza.
El Cuerpo de Bomberos Municipal de Piñas, podrá
establecer convenios nacionales e internacionales, formar
mancomunidades en materias propias de sus actividades,
en procura de desarrollar y perfeccionar su labor en
benef‌i cio de la ciudadanía.
Art. 4.- ÁMBITO DE ACCIÓN.- Su jurisdicción será
el territorio del Cantón Piñas, sin embargo de acuerdo a
las circunstancias, podrá colaborar con otros Cuerpos de
Bomberos a nivel provincial, nacional o internacional.
Art. 5.- PATRIMONIO.- Constituye patrimonio del
Cuerpo de Bomberos Municipal de Piñas, todos los bienes
muebles e inmuebles sobre los cuales tiene dominio legal,
como los que se adquieran a futuro a cualquier título para
satisfacer las necesidades en el servicio de la comunidad.
Pertenecen también a su patrimonio los recursos, valores,
asignaciones, transferencias y donaciones provenientes
de organismos públicos y privados. Todos sus bienes solo
pueden ser destinados al servicio que prestan, no pudiendo
distraerse en propósitos distintos.
La entrega de recursos que por Ley corresponda al Cuerpo
de Bomberos Municipal de Piñas, se hará de manera
directa, oportuna y automática, y no podrá destinarse para
otros f‌i nes municipales dichos recursos que corresponden
a la institución bomberil.
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