987 Ratifíquese en todo su contenido el “Acuerdo entre la República del Ecuador y la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ) sobre los Privilegios e Inmunidades de la OPAQ”
Fecha de publicación | 02 Marzo 2020 |
Número de Gaceta | 152 |
Lunes 2 de marzo de 2020 – 3Registro Ofi cial Nº 152 – Suplemento
No. 986
Lenín Moreno Garcés
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
Considerando:
Que de acuerdo al artículo 418 de la Constitución de la
República, al Presidente de la República le corresponde
suscribir o ratifi car los tratados y otros instrumentos
internacionales;
Que con fecha 6 de junio de 2019, se suscribió en la ciudad
de Santiago, Chile, el “Acuerdo entre la República del
Ecuador y la República de Chile sobre Reconocimiento
Recíproco y Canje de Licencias de Conducir”;
Que de conformidad con lo que establece el artículo 109
Constitucional, previo a la ratifi cación por el Presidente de
la República, los tratados internacionales deben ponerse
en conocimiento de la Corte Constitucional, para que esta
resuelva si requieren o no aprobación legislativa;
Que el Pleno de la Corte Constitucional, en sesión de 2 de
octubre de 2019, emitió el Dictamen de Constitucionalidad
dentro del Caso No. 27-19-TI, en el cual se señala que el
instrumento internacional sometido a análisis no requiere
de aprobación previa por parte de la Asamblea Nacional; y,
Que la Asamblea Nacional fue notifi cada con el contenido
del “Acuerdo entre la República del Ecuador y la República
de Chile sobre Reconocimiento Recíproco y Canje de
Licencias de Conducir” el 29 de octubre de 2019.
En ejercicio de la atribución que le confi ere el número 10
del artículo 147 de la Constitución de la República,
Decreta:
ARTÍCULO ÚNICO.- Ratifi car en todo su contenido el
“Acuerdo entre la República del Ecuador y la República
de Chile sobre Reconocimiento Recíproco y Canje de
Licencias de Conducir”.
DISPOSICIÓN FINAL.- El presente Decreto Ejecutivo
entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro
Ofi cial. De su ejecución encárguese al Ministerio de
Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 28 de enero de
2020.
f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la
República.
Quito, 7 de febrero del 2020, certifi co que el que antecede
es fi el copia del original.
Documento fi rmado electrónicamente
Dra. Johana Pesántez Benítez
SECRETARIA GENERAL JURÍDICA
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL
ECUADOR.
No. 987
Lenín Moreno Garcés
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
Considerando:
Que de acuerdo al artículo 418 de la Constitución de la
República, al Presidente de la República le corresponde
suscribir o ratifi car los tratados y otros instrumentos
internacionales;
Que con fecha 17 de julio de 2008, se suscribió en la ciudad
de La Haya el “Acuerdo entre la República del Ecuador y la
Organización para la Prohibición de las Armas Químicas
(OPAQ) sobre los Privilegios e Inmunidades de la OPAQ”;
Que de conformidad con lo que establece el artículo 109
Constitucional, previo a la ratifi cación por el Presidente de
la República, los tratados internacionales deben ponerse
en conocimiento de la Corte Constitucional, para que esta
resuelva si requieren o no aprobación legislativa;
Que el Pleno de la Corte Constitucional, en sesión de 23
de julio de 2019, emitió Dictamen de Constitucionalidad
dentro del Caso No. 22-19-TI, en el cual se señala que el
instrumento internacional sometido a análisis no requiere
de aprobación previa por parte de la Asamblea Nacional; y,
Que la Asamblea Nacional fue notifi cada con el contenido
del “Acuerdo entre la República del Ecuador y la
Organización para la Prohibición de las Armas Químicas
(OPAQ) sobre los Privilegios e Inmunidades de la OPAQ”
el 16 de septiembre de 2019.
En ejercicio de la atribución que le confi ere el número 10
del artículo 147 de la Constitución de la República,
Decreta:
ARTÍCULO ÚNICO.- Ratifi car en todo su contenido el
“Acuerdo entre la República del Ecuador y la Organización
para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ) sobre
los Privilegios e Inmunidades de la OPAQ”.
DISPOSICIÓN FINAL.- El presente Decreto Ejecutivo
entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro
Ofi cial. De su ejecución encárguese al Ministerio de
Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 28 de enero de
2020.
f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la
República.
Quito, 7 de febrero del 2020, certifi co que el que antecede
es fi el copia del original.
Documento fi rmado electrónicamente.
Dra. Johana Pesántez Benítez
SECRETARIA GENERAL JURÍDICA
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL
ECUADOR.
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