Acuerdos. Acuerdo No 017 - Cg - 2018

Número de Boletín218
SecciónAcuerdos
EmisorContraloría General del Estado
Año I - Nº 218
Quito, martes 10 de
abril de 2018
Valor: US$ 1,25 + IVA
ING. HUGO DEL POZO BARREZUETA
DIRECTOR
Quito: Calle Mañosca 201
y Av. 10 de Agosto
Of‌i cinas centrales y ventas:
Telf.: 3941-800
Exts.: 2301 - 2305
Sucursal Guayaquil:
Av. 9 de Octubre Nº 1616 y Av. Del Ejército
esquina, Edif‌i cio del Colegio de
Abogados del Guayas, primer piso.
Telf.: 3941-800 Ext.: 2310
Suscripción anual:
US$ 400 + IVA para la ciudad de Quito
US$ 450 + IVA para el resto del país
Impreso en Editora Nacional
16 páginas
www.registrof‌i cial.gob.ec
Al servicio del país
desde el 1º de julio de 1895
CONTRALORÍA GENERAL
DEL ESTADO
ACUERDO
No 017 - CG - 2018
EXPÍDESE EL REGLAMENTO
SUSTITUTIVO DE SUSCRIPCIÓN
DE DOCUMENTOS
SEGUNDO SUPLEMENTO
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2 – Martes 10 de abril de 2018 Segundo Suplemento Nº 218 – Registro Of‌i cial
No. 017–CG–2018
EL CONTRALOR
GENERAL DEL ESTADO
Considerando:
artículo 211, atribuye a la Contraloría General del Estado,
el control de la utilización de los recursos estatales y de las
personas jurídicas de derecho privado que dispongan de
recursos públicos; y, en su artículo 212, número 3, faculta
expedir la normativa correspondiente para el cumplimiento
de sus funciones;
General del Estado señala que la Contraloría General del
Estado, es una persona jurídica de derecho público, con
autonomía administrativa, presupuestaria y f‌i nanciera,
dirigida representada legalmente por el Contralor General
del Estado;
Que, la citada Ley Orgánica, en su artículo 36, faculta
al Contralor General del Estado la delegación de sus
atribuciones y funciones a los servidores públicos de la
Contraloría General del Estado, que establezca el respectivo
reglamento;
en el artículo 83 señala que el Contralor General dictará
los acuerdos y regulaciones que sean necesarios para que
las direcciones regionales y las delegaciones provinciales
de la Contraloría General del Estado, apliquen procesos de
desconcentración funcional, territorial y de delegación de
autoridad, en áreas de su competencia;
Que, la referida Ley Orgánica, en el artículo 95, señala que
la Contraloría General del Estado expedirá las regulaciones
de carácter general, los reglamentos y las normas internas
necesarias para el cumplimiento de sus funciones;
Que, mediante Acuerdo 003-CG-2018 de 19 de enero de
2018, publicado en la Edición Especial 244 del Registro
Of‌i cial de 26 de enero de 2018, se expidió el Estatuto
Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la
Contraloría General del Estado;
Que, el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por
Procesos de la Contraloría General del Estado, en el artículo
8, letra h), faculta al Contralor General del Estado delegar el
ejercicio de las competencias a los servidores públicos de la
institución, cuando lo estime conveniente;
Que, mediante Acuerdo 023–CG-2017, publicado en el
Suplemento del Registro Of‌i cial 72 de 05 de septiembre
de 2017, se emitió el “Reglamento de suscripción de
documentos de la Contraloría General del Estado, y
su reforma emitida mediante Acuerdo 030–CG-2017,
publicado en el Registro Of‌i cial–Edición Especial 92 de 22
de septiembre de 2017;
Que, es necesario codif‌i car y actualizar el reglamento de
suscripción de documentos con el objeto de mantener
concordancia con el Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos de la Contraloría General del
Estado y demás normativa vigente del organismo técnico de
control; y,
En ejercicio de la facultad contenida en el artículo 212
Acuerda:
Expedir el Reglamento Sustitutivo de Suscripción de
Documentos de la Contraloría General del Estado
Artículo 1.- El Contralor/a General del Estado suscribirá los
siguientes documentos:
a) Los dirigidos: a la máxima autoridad y ex máximas
autoridades de las instituciones, entidades, organismos
y dependencias que comprenden el sector público, y
empresas públicas, todas ellas con ámbito nacional; al
Presidente y Vicepresidente de la República; Presidente
y Vicepresidente de la Asamblea Nacional; titulares
de la Corte Constitucional, Corte Nacional de Justicia,
Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso
Electoral y Presidente de la Función de Transparencia
y Control Social; a los miembros del Consejo de la
Judicatura; Consejos Nacionales de Igualdad; Procurador
General del Estado; Defensor Público; Defensor del
Pueblo; Fiscal General del Estado; los titulares de
las Superintendencias; Asambleístas; Parlamentarios
Andinos; Consejeros del Consejo de Participación
Ciudadana y Control Social; Ministros de Estado;
Jefe del Comando Conjunto; Comandantes Generales
de las Fuerzas Armadas; Comandante General de la
Policía Nacional; representantes del cuerpo diplomático
acreditados en el país; autoridades de organismos
internacionales; y, representantes legales de las personas
jurídicas de derecho privado con participación estatal
con ámbito nacional;
b) La aprobación de informes de auditoría y exámenes
especiales relacionados con sectores estratégicos,
inversión en obra pública y seguridad social;
c) La aprobación de informes con indicios de
responsabilidad penal;
d) La aprobación de informes de auditoría y exámenes
especiales emitidos por las unidades de auditoría interna
y compañías privadas de auditoría contratadas, respecto
de entidades, organismos o empresas con ámbito
nacional;
e) La aprobación de los informes derivados de exámenes
especiales efectuados a las declaraciones patrimoniales
de servidores y ex servidores públicos;
f) Los of‌i cios individuales de predeterminación de
responsabilidades administrativas culposas que
establezcan sanción de destitución cuando proceda en
contra de las autoridades contenidas en la letra a) de este
artículo;
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