Resoluciones. Apruébese El Memorándum De Entendimiento Entre El Gobierno De La República Del Ecuador Y El Gobierno De Los Estados Unidos Mexicanos Para Garantizar El Retorno Asistido, Digno, Ordenado Y Seguro De Personas

Número de Boletín130
SecciónResoluciones
EmisorAsamblea Nacional
2 – Miércoles 29 de noviembre de 2017 Suplemento – Registro Of‌i cial Nº 130
Función Legislativa es función de la Asamblea Nacional,
aprobar o improbar los tratados internacionales en los
casos que corresponda;
Que de acuerdo al numeral 4 del Art. 419 de la Constitución
Orgánica de la Función Legislativa la ratif‌i cación de los
tratados internacionales requerirá de aprobación previa de
la Asamblea Nacional, cuando se ref‌i eran a los derechos y
garantías establecidas en la Constitución;
Que mediante of‌i cio No. T.7375-SGJ-17-0064, de 26 de
junio de 2017, suscrito por el Presidente Constitucional
de la República, Lenín Moreno Garcés, se remite a
la Asamblea Nacional, para el trámite respectivo, el
“Acuerdo por Notas Re versales Ecuador Perú, para la
conformación de la Unidad Binacional de Desminado
Humanitario”, conf‌i gurado mediante el intercambio de la
Nota Reversal (DGM-DSD) N° 6/129 suscrita en Lima el
31 de agosto de 2016, y la Nota Nro. MREMH-GM-2016-
19277-O suscrita en Quito el 3 de octubre de 2016;
de la República, la Corte Constitucional declaró, mediante
Dictamen No. 012-17-DTI-CC, de 31 de mayo de 2017,
que las disposiciones contenidas en el “Acuerdo por
Notas Reversales Ecuador Perú, para la conformación
de la Unidad Binacional de Desminado Humanitario”,
conf‌i gurado mediante el intercambio de la Nota Reversal
(DGM-DSD) N° 6/129 suscrita en Lima el 31 de agosto
de 2016, y la Nota Nro. MREMH-GM-2016-19277-O
suscrita en Quito el 3 de octubre de 2016, guardan
conformidad y compatibilidad con la Constitución de la
Legislativa, la Comisión Especializada Permanente
de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales
y Seguridad Integral, emitió el informe referente al
“Acuerdo por Notas Reversales Ecuador Perú, para la
conformación de la Unidad Binacional de Desminado
Humanitario” y,
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales:
RESUELVE
“APROBAR EL ACUERDO POR NOTAS
REVERSALES ECUADOR PERÚ, PARA LA
CONFORMACIÓN DE LA UNIDAD BINACIONAL
DE DESMINADO HUMANITARIO”
Dado y suscrito en la sede de la Asamblea Nacional,
ubicada en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia
de Pichincha, a los siete días del mes de noviembre de dos
mil diecisiete.
f.) DR. JOSÉ SERRANO SALGADO, Presidente.
f.) DRA. LIBIA RIVAS ORDÓÑEZ, Secretaria General.
REPÚBLICA DEL ECUADOR
ASAMBLEA NACIONAL
EL PLENO DE LA ASAMBLEA NACIONAL
CONSIDERANDO
Que según lo dispuesto en el numeral 8 del Art. 120 de
de la Asamblea Nacional, aprobar o improbar los tratados
internacionales en los casos que corresponda;
Que de acuerdo al numeral 4 del Art. 419 de la Constitución
Orgánica de la Función Legislativa la ratif‌i cación de los
tratados internacionales requerirá de aprobación previa de
la Asamblea Nacional, cuando se ref‌i eran a los derechos y
garantías establecidas en la Constitución;
Que mediante of‌i cio No. T.029-SGJ-17-0234, de 28 de
agosto de 2017, suscrito por el Presidente Constitucional
de la República, Lenín Moreno Garcés, se remite a
la Asamblea Nacional, para el trámite respectivo, el
“Memorándum de entend imiento entre el Gobierno de
la República del Ecuador y el Gobierno de los Estados
Unidos Mexicanos para garantizar el retorno asistido,
digno, ordenado y seguro de personas”, suscrito en la
ciudad de México el 23 de mayo del 2017;
de la República, la Corte Constitucional declaró, mediante
Dictamen No. 016-17-DTI-CC, de 2 de agosto de 2017,
que las disposiciones contenidas en el “Memorándum
de entendimiento entre el Gobierno de la República del
Ecuador y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos
para garantizar el retorno asistido, digno, ordenado y
seguro de personas”, suscrito en la ciudad de México el
23 de mayo del 2017, son compatibles con la Constitución
Legislativa, la Comisión Especializada Permanente
de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales
y Seguridad Integral, emitió el informe referente al
“Memorándum de entendimiento entre el Gobierno de
la República del Ecuador y el Gobierno de los Estados
Unidos Mexicanos para garantizar el retorno asistido,
digno, ordenado y seguro de personas” y,
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales:
RESUELVE
“MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE
EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS PARA GARANTIZAR EL RETORNO
ASISTIDO, DIGNO, ORDENADO Y SEGURO DE
PERSONAS”
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