Resolución 16 495 - Apruébese y oficialícese con el carácter de voluntaria la Segunda revisión de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2292 (Accesibilidad de las personas al medio físico. Terminales, estaciones y paradas de transporte. Requisitos)

Fecha de disposición20 Diciembre 2016
Fecha de publicación02 Febrero 2017
Número de registro16 495
14 – Jueves 2 de febrero de 2017 Registro Of‌i cial Nº 936
MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUC-
TIVIDAD.- Certif‌i ca.- Es f‌i el copia del original que reposa
en Secretaría General.- Fecha: 28 de diciembre de 2016.-
Firma: Ilegible.- 1 foja.
MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y
PRODUCTIVIDAD
No. 16 495
SUBSECRETARÍA DEL SISTEMA DE LA
CALIDAD DE LA PRODUCTIVIDAD
Considerando:
Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52
personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios
de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a
una información precisa y no engañosa sobre su contenido
y características”;
Que mediante Ley No. 2007-76, publicada en el
Suplemento del Registro Of‌i cial No. 26 del 22 de
febrero de 2007, se establece el Sistema Ecuatoriano de
la Calidad, que tiene como objetivo establecer el marco
jurídico destinado a: “i) Regular los principios, políticas
y entidades relacionados con las actividades vinculadas
con la evaluación de la conformidad, que facilite el
cumplimiento de los compromisos internacionales en esta
materia; ii) Garantizar el cumplimiento de los derechos
ciudadanos relacionados con la seguridad, la protección de
la vida y la salud humana, animal y vegetal, la preservación
del medio ambiente, la protección del consumidor contra
prácticas engañosas y la corrección y sanción de estas
prácticas; y, iii) Promover e incentivar la cultura de la
calidad y el mejoramiento de la competitividad en la
sociedad ecuatoriana”;
Que mediante Resolución No. 096-2009 del 27 de
noviembre de 2009, publicado en el Registro Of‌i cial No.
107 del 13 de enero de 2010, se of‌i cializó con carácter
de Voluntaria la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN
2292 ACCESIBILIDAD DE LAS PERSONAS CON
DISCAPACIDAD Y MOVILIDAD REDUCIDA AL
MEDIO FÍSICO. TRANSPORTE (Primera revisión);
Que la Segunda revisión de la norma indicada ha seguido
el trámite reglamentario;
Que mediante Informe Técnico contenido en la Matriz
de Revisión No.CON-0159 de fecha 14 de diciembre de
2016, se sugirió proceder a la aprobación y of‌i cialización
de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2292
ACCESIBILIDAD DE LAS PERSONAS AL MEDIO
FÍSICO. TERMINALES, ESTACIONES Y PARADAS
DE TRANSPORTE. REQUISITOS (Segunda revisión);
Que de conformidad con la Ley del Sistema Ecuatoriano
de la Calidad, el Ministerio de Industrias y Productividad
es la institución rectora del Sistema Ecuatoriano de la
Calidad; en consecuencia, es competente para aprobar y
of‌i cializar con el carácter de VOLUNTARIA la Segunda
revisión de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN
2292 ACCESIBILIDAD DE LAS PERSONAS AL
MEDIO FÍSICO. TERMINALES, ESTACIONES
Y PARADAS DE TRANSPORTE. REQUISITOS,
mediante su promulgación en el Registro Of‌i cial, a
f‌i n de que exista un justo equilibrio de intereses entre
proveedores y consumidores;
Que mediante Acuerdo Ministerial No. 11446 del 25 de
noviembre de 2011, publicado en el Registro Of‌i cial No.
599 del 19 de diciembre de 2011, la Ministra de Industrias
y Productividad delega a la Subsecretaria de la Calidad la
facultad de aprobar y of‌i cializar las propuestas de normas
o reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de
la conformidad propuestos por el INEN, en el ámbito de
su competencia, de conformidad con lo previsto en la Ley
general; y,
En ejercicio de las facultades que le concede la Ley,
Resuelve:
ARTÍCULO 1.- Aprobar y of‌i cializar con el carácter
de VOLUNTARIA la Segunda revisión de la Norma
Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2292 (Accesibilidad
de las personas al medio físico. Terminales, estaciones
y paradas de transporte. Requisitos), que establece
los requisitos de accesibilidad que deben tener las
terminales, estaciones y paradas de transporte para los
usuarios.
ARTÍCULO 2.- Disponer al Instituto Ecuatoriano
de Normalización, INEN, que de conformidad con el
Acuerdo Ministerial No. 11256 del 15 de julio de 2011,
publicado en el Registro Of‌i cial No. 499 del 26 de julio
de 2011, publique la Norma Técnica Ecuatoriana NTE
INEN 2292 ACCESIBILIDAD DE LAS PERSONAS
AL MEDIO FÍSICO. TERMINALES, ESTACIONES
Y PARADAS DE TRANSPORTE. REQUISITOS
(Segunda revisión), en la página web de esa institución,
www.normalizacion.gob.ec.
ARTÍCULO 3.- Esta norma técnica ecuatoriana NTE
INEN 2292 (Segunda revisión), reemplaza a la NTE
INEN 2292:2010 (Primera revisión) y entrará en vigencia
desde la fecha de su promulgación en el Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE en el Registro Of‌i cial.
Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 20 de diciembre
de 2016.
f.) Mgs. Ana Elizabeth Cox Vásconez, Subsecretaria de la
Calidad de la Productividad.

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