Aceptaciones Bancarias Latinoamericanas

AutorGalo Pico Mantilla
Páginas7-9
PRIMERA PARTE
ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA DE LIBRE COMERCIO
(ALALC)
ACEPTACIONES BANCARIAS LATINOAMERICANAS
Las Aceptaciones Bancarias Latinoamericanas (ABLAS) constituyen un nuevo tipo de
giros o letras de cambio negociables en el mercado internacional de valores, cuya expedición es
consecuencia de la culminación de un largo y metódico esfuerzo realizado por la Asociación
Latinoamericana de Libre Comercio, los Bancos Centrales de los países signatarios del Tratado
de la ALALC y el Banco Central de la República Dominicana. Este último se adhirió a los
acuerdos financieros y monetarios de los institutos emisores de la ALALC, a pesar de que su
país no forma parte de la Asociación.
En efecto, en 1965, luego de obtener la cooperación de los países miembros de la
Asociación para la realización conjunta de programas de carácter monetario, financiero y
comercial, los representantes de los nueve Bancos Centrales de los países que en aquella época
formaban parte de la Asociación, acordaron suscribir el denominado Acuerdo de México.
Posteriormente firmaron los representantes de los Bancos Centrales de Bolivia y Venezuela y,
por último el del Banco Central de la República Dominicana.
En virtud de este Acuerdo, los países latinoamericanos, mediante un “mecanismo de
compensación multilateral de saldos y convenios de crédito recíproco”, crearon un sistema
multilateral de pagos para cancelar oportunamente el valor de los créditos derivados del
comercio intrazonal.
En fechas posteriores se realizaron varias reuniones con el propósito de coordinar y
analizar las acciones previstas para poner en práctica el mencionado sistema multilateral de
pagos. Entonces, se convino en impulsar el estudio y aprobación de otros procedimientos
mediante los cuales se pueda solucionar, oportuna y eficazmente, las dificultades económicas
presentadas en los Países Miembros de la Asociación, como resultado de situaciones
monetarias o de relaciones comerciales inconvenientes. Por esta razón, en el año de 1969, los
representantes de los Bancos Centrales de los once países Miembros de la ALALC, el primer
organismo integracionista latinoamericano, y el delegado del Banco Central de la República
Dominicana concretaron la suscripción del Acuerdo de Santo Domingo. Este Acuerdo es un
convenio multilateral de apoyo, cuyo objetivo consiste en prestar ayuda a los países suscriptores
del mismo, para solucionar sus deficiencias transitorias de liquidez. Esta ayuda permite ofrecer,
al respectivo país, el financiamiento de una cantidad equivalente al monto de los desequilibrios
económicos que se hubieren producido, por un período igual al que demande solventar la
situación anormal del país afectado.
La amplitud de los términos y la importancia de los objetivos del Acuerdo de Santo
Domingo, contribuyeron a facilitar la utilización de sistemas adicionales para el otorgamiento de
líneas de crédito destinadas a solucionar los problemas coyunturales que se presenten en las
balanzas de pagos de los países de la ALALC. Al efecto, los Bancos Centrales suscriptores del
Acuerdo, por una parte, y el Banco Central de Venezuela, por otra, celebraron un convenio
mediante el cual ésta institución se comprometió a asignar una línea de crédito adicional por el

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