C.D. 558 Refórmese El Código De Ética

Número de Boletín122
SecciónResoluciones
EmisorInstituto Ecuatoriano de Seguridad Social
30 – Viernes 17 de noviembre de 2017 Registro Of‌i cial Nº 122
Que, de conformidad con el Artículo 3 del Acuerdo
Ministerial No. 11256 del 15 de julio de 2011, publicado
en el Registro Of‌i cial No. 499 del 26 de julio de 2011, el
tratamiento para las normas y otros documentos que no son
de autoría del INEN, están sujetos a un costo establecido
por el Organismo de Normalización Internacional;
Que, la Organización Internacional de Normalización – ISO
y la Comisión Electrotécnica Internacional – IEC en el año
2013 publicó la Norma Internacional ISO/IEC 29115:2013
INFORMATION TECHNOLOGY — SECURITY
TECHNIQUES — ENTITY AUTHENTICATION
ASSURANCE FRAMEWORK;
Que, el Servicio Ecuatoriano de Normalización–INEN
entidad competente en materia de Reglamentación,
Normalización y Metrología, adoptó la Norma Internacional
ISO/IEC 29115:2013 como la Norma Técnica Ecuatoriana
NTE INEN-ISO/IEC 29115:2017 TECNOLOGÍAS DE
LA INFORMACIÓN – TÉCNICAS DE SEGURIDAD
– MARCO DE REFERENCIA DE GARANTÍA DE
AUTENTICACIÓN DE LA ENTIDAD (ISO/IEC
29115:2013, IDT);
Que, su elaboración ha seguido el trámite regular de
conformidad al Instructivo Interno del INEN para la
elaboración y aprobación de documentos normativos
del INEN mediante estudio y participación en Comités
Nacionales Espejo establecido en la Resolución No. 2017-
003 de fecha 25 de enero de 2017;
Que, mediante Informe Técnico realizado por la Dirección
de Servicios de la Calidad de la Subsecretaría del Sistema
de la Calidad contenido en la Matriz de Revisión No. THS-
0052 de fecha 08 de septiembre de 2017, se procedió a la
aprobación y of‌i cialización de la Norma Técnica Ecuatoriana
NTE INEN - ISO/IEC 29115:2017 TECNOLOGÍAS DE
LA INFORMACIÓN – TÉCNICAS DE SEGURIDAD
– MARCO DE REFERENCIA DE GARANTÍA DE
AUTENTICACIÓN DE LA ENTIDAD (ISO/IEC
29115:2013, IDT);
Que, de conformidad con el último inciso del Artículo
Ministerio de Industrias y Productividad es la institución
rectora del Sistema Ecuatoriano de la Calidad; de igual
manera lo señala el literal f) del Artículo 17 de la Ley
Ibídem, en donde establece: “En relación con el INEN,
corresponde al Ministerio de Industrias y Productividad;
aprobar las propuestas de normas o reglamentos técnicos
y procedimientos de evaluación de la conformidad, en
el ámbito de su competencia (…)”, en consecuencia es
competente para aprobar y of‌i cializar con el carácter de
VOLUNTARIA la Norma Técnica Ecuatoriana NTE
INEN-ISO/IEC 29115 TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN – TÉCNICAS DE SEGURIDAD
– MARCO DE REFERENCIA DE GARANTÍA DE
AUTENTICACIÓN DE LA ENTIDAD (ISO/IEC
29115:2013, IDT) mediante su publicación en el Registro
Of‌i cial, a f‌i n de que exista un justo equilibrio de intereses
entre proveedores y consumidores;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 11446 del 25 de
noviembre de 2011, publicado en el Registro Of‌i cial No.
599 del 19 de diciembre de 2011, la Ministra de Industrias
y Productividad delega a la Subsecretaria de la Calidad la
facultad de aprobar y of‌i cializar las propuestas de normas
o reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de
la conformidad propuestos por el INEN en el ámbito de
su competencia, de conformidad con lo previsto en la Ley
general; y,
En ejercicio de las facultades que le concede la Ley,
Resuelve:
ARTÍCULO 1.- Aprobar y of‌i cializar con el carácter de
VOLUNTARIA la Norma Técnica Ecuatoriana NTE
INEN-ISO/IEC 29115 (Tecnologías de la información
– Técnicas de seguridad – Marco de referencia de
garantía de autenticación de la entidad (ISO/IEC
29115:2013, IDT)), que proporciona un marco de
referencia para gestionar la garantía de autenticación
de la entidad en un determinado contexto. En
particular:–especif‌i ca cuatro niveles de garantía de
autenticación de la entidad;–especif‌i ca criterios y
directrices para lograr cada uno de los cuatro niveles
de garantía de autenticación de la entidad;–proporciona
orientación sobre la correspondencia entre otros
esquemas de garantía de autenticación y los cuatro
LoA;–proporciona orientación para el intercambio
de resultados de autenticación basados en los cuatro
LoA; y–proporciona orientación sobre los controles
que se deberían emplear para mitigar las amenazas a
la autenticación.
ARTÍCULO 2.- Esta norma técnica ecuatoriana NTE
INEN-ISO/IEC 29115, entrará en vigencia desde la fecha
de su publicación en el Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE en el Registro Of‌i cial.
Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 29 de septiembre
de 2017.
f.) Mgs. Ana Elizabeth Cox Vásconez, Subsecretaria del
Sistema de la Calidad.
MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUC-
TIVIDAD.- CERTIFICA.- Es f‌i el copia del original que
reposa en Secretaría General.- Fecha: 16 de octubre de
2017.- 17:00.- FIRMA: Ilegible.- Fojas: 1.
No. C.D. 558
EL CONSEJO DIRECTIVO
DEL INSTITUTO ECUATORIANO
DE SEGURIDAD SOCIAL
Considerando:
República del Ecuador prescribe que es deber primordial
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