Ordenanzas Municipales. Cantón El Chaco: Que reglamenta el cobro de tasas por servicios técnicos y administrativos del Cuerpo de Bomberos

Número de Boletín857-Segundo Suplemento
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición17 de Febrero de 2016

EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE EL CHACO

Considerando:

Que, la Constitución de la República del Ecuador vigente, establece una nueva organización territorial del Estado, incorpora nuevas competencias a los gobiernos autónomos descentralizados y dispone que por ley se establezca el sistema nacional de competencias, los mecanismos de financiamiento y la institucionalidad responsable de administrar estos procesos a nivel nacional.

Que, la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial Nº 449, del 20 de octubre del año 2008, establece principios en materia tributaria.

Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, publicado en el Suplemento del Registro Oficial Nº 303, del 19 de octubre del 2010, determina claramente las fuentes de obligación tributaria.

Que, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 264, numeral 5, faculta a los gobiernos municipales, a crear, modificar o suprimir mediante ordenanzas, tasas y contribuciones especiales de mejoras.

Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) en sus artículos 5 y 6 consagran la autonomía de las municipalidades.

Que, en el Art. 140 inciso tercero del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, se señala que la gestión de los servicios de prevención protección, socorro y extinción de incendios, que de acuerdo con la Constitución corresponde a los gobiernos autónomos descentralizados municipales, se ejercerán con sujeción a la ley que regule la materia. Para tal efecto los cuerpos de bomberos del país serán considerados como entidades adscritas a los gobiernos autónomos descentralizados municipales quienes funcionarán con autonomía administrativa y financiera.

Que, los artículos 57 literal b) y 58 literal b) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), otorgan la facultad a los municipios de aplicar mediante ordenanza, los tributos municipales, creados expresamente por la ley.

Que, es enteramente justo que cuando personas naturales o jurídicas solicitan los servicios técnicos y administrativos del Cuerpo de Bomberos del cantón El Chaco que van en su beneficio exclusivo, paguen por ello tasas que compensen su costo y los crecidos gastos operativos, que directa y evidentemente, demanda el mantenimiento y la actividad de la institución.

Que, el Art. 492 del Código Orgánico de Organización Territorial, autorizan la creación o modificación de estas tasas; y,

En virtud de las atribuciones que le confiere la Constitución de la República del Ecuador y el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD),

Expide:

LA ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL

COBRO DE TASAS POR SERVICIOS TÉCNICOS

Y ADMINISTRATIVOS DEL CUERPO DE

BOMBEROS DEL CANTÓN EL CHACO

CAPITULO PRIMERO Artículos 2 a 7

Artículo. 1.- AMBITO DE APLICACIÓN.-La presente Ordenanza que reglamenta el cobro de tasas por servicios técnicos y administrativos del Cuerpo de bomberos del cantón, es de aplicación obligatoria dentro del ámbito de la jurisdicción cantonal.

Artículo 2

OBJETO.-El permiso de funcionamiento es el documento otorgado por el Primer Jefe del Cuerpo de Bomberos de cada Jurisdicción a todos los establecimientos contemplados en el Artículo 349 del Reglamento de Prevención, Mitigación y Protección Contra Incendios, y que cumplen con todos los requisitos para su funcionamiento, establecidos en la Codificación de la Ley de Defensa Contra Incendios, y los demás reglamentos específicos.

Artículo 3 PLANIFICACIÓN.- La Oficina de Prevención de Incendios elaborará un cronograma que comprendido desde el mes de enero al mes de mayo del año fiscal para que se programen las inspecciones de los establecimientos contemplados en el...

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