Ordenanzas Municipales. Cantón Limón Indanza: Sustitutiva Que Reglamenta El Uso, Administración Y Alquiler Del Coliseo Municipal “12 De Diciembre”

Número de Boletín77
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Miércoles 6 de septiembre de 2017 – 25Registro Of‌i cial – Edición Especial Nº 77
ALCALDÍA DEL GOBIERNO MUNICIPAL DEL
CANTÓN GUALAQUIZA.- SANCIÓN.- Gualaquiza, 04
de Mayo de 2017, a las 08h50.- En uso de las facultades
que me conf‌i ere los artículos 322 inciso cuarto y 324 del
y Descentralización, SANCIONO la presente ordenanza y
autorizo su promulgación y publicación.
f.) Ing. Patricio Ávila Choco, Alcalde de Gualaquiza.
SECRETARÍA DEL CONCEJO DEL GOBIERNO
MUNICIPAL DEL CANTON GUALAQUIZA.-
CERTIFICACIÓN: En la Sala de Sesiones del Concejo
Municipal del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal de Gualaquiza, ciudad de Gualaquiza a las 09h00
del día 04 de Mayo de 2017.- Proveyó y f‌i rmó la Ordenanza
que antecede el señor Ing. Augusto Patricio Ávila Choco,
Alcalde de Gualaquiza. CERTIFICO.-
f.) Ab. Isabel Samaniego, Secretaria del Concejo.
EL CONCEJO DEL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN LIMÓN INDANZA
Considerando:
Que, en Numeral 8 del Art. 264 de la Constitución de la
República en concordancia con el articulo 55 literal h) del
COOTAD, dentro de las competencias exclusivas de los
gobiernos municipales puntualizan, “Preservar, mantener y
difundir el patrimonio arquitectónico, cultural y natural del
cantón y construir los espacios públicos para estos f‌i nes”.
y Recreación.- La práctica del deporte, educación física
y recreación debe ser libre y voluntaria y constituye un
derecho fundamental y parte de la formación integral de
las personas. Serán protegidas por todas las Funciones del
Estado.
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
establece como función del Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal el: “Promover y patrocinar las
culturas, las artes, actividades deportivas y recreativas en
benef‌i cio de la colectividad del cantón”.
en el artículo 102 establece que: “Serán responsabilidades
del Ministerio Sectorial y de los gobiernos autónomos
descentralizados valorar, promover, apoyar y proveer los
recursos económicos e instalaciones deportivas para el
desarrollo de los deportes ancestrales y juegos tradicionales,
garantizando sus usos, costumbres y prácticas ancestrales”.
Que, es indispensable que el Concejo del Gobierno
Autónomo Descentralizado Municipal de Limón Indanza
dicte y actualice la normativa que faculte el préstamo o
alquiler del coliseo
En uso de las atribuciones que le concede el Art. 240 de la
en el artículo 57, literal a):
Expide:
LA ORDENANZA SUSTITUTIVA
QUE REGLAMENTA EL USO,
ADMINISTRACIÓN Y ALQUILER DEL COLISEO
MUNICIPA “12 DE DICIEMBRE” DEL CANTON
LIMÓN INDANZA
CAPÍTULO I
OBJETO Y PROCEDIMIENTO
Art. 1. Objeto.- La regulación del uso, funcionamiento,
administración, préstamo y alquiler de las instalaciones
del Coliseo Municipal “12 de Diciembre”, así como los
derechos y obligaciones a cumplir de los usuarios del
mismo, será de competencia del Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal de Limón Indanza.
Art. 2. Benef‌i ciarios.- Son benef‌i ciarios del Coliseo
Municipal “12 de Diciembre”, las organizaciones
deportivas, sociales y culturales, las instituciones públicas
o privadas y las personas particulares del Cantón Limón
Indanza, quienes podrán utilizarlo previa solicitud y
cumplimiento del procedimiento establecido en la presente
Ordenanza.
Art. 3. Del Procedimiento de Solicitud de Uso del
Coliseo.- Las personas particulares, organizaciones e
instituciones que requieran usar el Coliseo Municipal
“12 de Diciembre”, presentarán una solicitud por escrito
dirigida a la máxima autoridad del cantón Limón Indanza,
por lo menos con ocho días laborables de anticipación;
especif‌i cando el día, la hora y la actividad a realizarse,
debiendo indicarse si el evento es o no con f‌i nes de lucro.
Art. 4. De la Aceptación.- Por medio de Secretaria General
se comunicará al solicitante la aceptación o negativa de su
solicitud. Si la respuesta es favorable, se le permitirá el
uso del coliseo, previo la f‌i rma de un acta compromiso,
emitida por la Dirección de Obras y Servicios Públicos
del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de
Limón Indanza, en donde se establecerán las condiciones y
exigencias del uso de acuerdo a la presente Ordenanza. Con
el compromiso del usuario o solicitante de entregar el coliseo
en las condiciones que recibe y además la responsabilidad
del solicitante en caso de existir algún daño en el uso del
mismo, se comprometa a arreglarlos en el plazo de 5 días;
de no cumplir con el arreglo se cobrara el valor del mismo
más el 15 % de recargo por concepto de multa; de no existir
el pago del arreglo se emitirá el respectivo título de crédito.
Todos los demás permisos que se requieran se tramitarán
por el interesado ante las Autoridades Competentes.
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