Ordenanzas Municipales. Cantón Tisaleo: De creación y funcionamiento del Consejo de Seguridad Ciudadana Municipal

Número de Boletín868
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición 5 de Noviembre de 2012

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE CANTÓN TISALEO

Considerando:

Que, es deber primordial del estado y sus instituciones asegurar la vigencia de los derechos humanos, las libertades fundamentales de los ciudadanos y la seguridad social;

Que, el Estado y las Instituciones que forman parte de él deben garantizar la seguridad humana a través de políticas y acciones integradas, para asegurar la convivencia pacífica de las personas, promover una cultura de paz, prevenir las formas de violencia contra las personas y/o sus bienes provenientes de actos delincuenciales; y, por lo tanto prevenir la comisión de infracciones y delitos; políticas que deben ser planificadas y ejecutadas en los diferentes niveles de gobierno de conformidad a lo dispuesto en el art. 393 de la Constitución de la República.

Que, el art. 11, literal c) de la ley de Seguridad Pública y del estado, determina que la prevención y protección de la convivencia ciudadana, corresponden a todas las Entidades del Estado y que el Ministerio del Interior coordinará sus acciones con los gobiernos autónomos en el ámbito de sus competencias.

Que, el art. 45 de la ley de Seguridad Pública y del Estado, señala que la ciudadanía podrá ejercer su derecho de participar en el sistema de seguridad pública, en concordancia con lo previsto en esta materia tanto en la propia Constitución de la república cuanto en las normas legales de participación ciudadana y control social; esto, no obstante que la seguridad ciudadana constituye Política de Estado, conforme a lo previsto en el art. 23 Íbidem.

Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) en su art. Art. 54, literal n) señala como una de las Funciones de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales, aquella de crear y coordinar los consejos de seguridad ciudadana municipal, con la participación de la Policía Nacional, la comunidad y otros organismos relacionados con la materia de seguridad, para formular y ejecutar políticas locales, planes y evaluación de resultados sobre prevención, protección, seguridad y convivencia ciudadana,

Que, el art. 4 del COOTAD, en el literal h) indica como uno de los fines de los gobiernos autónomos descentralizados, como es el caso del Gobierno Municipal de Tisaleo, el de generar condiciones que aseguren los derechos y principios reconocidos en la Constitución a través de la creación y funcionamiento de sistemas de protección integral de sus habitantes,

Que, conforme a lo previsto en el art. 60, literal q) del ya citado Cuerpo Legal, es atribución del Alcalde o Alcaldesa coordinar con la Policía Nacional, la comunidad y otros organismos relacionados con la materia de seguridad, la formulación y ejecución de políticas locales, planes y evaluación de resultados sobre prevención, protección, seguridad y convivencia ciudadana,

Que, el art. 83 de la Constitución de la República del Ecuador, en su numeral 4), determina como deber y responsabilidad de las ecuatorianas y ecuatorianos colaborar en el mantenimiento de la paz y de la seguridad.

Que, los Art. 57, literal a) y 322 inciso primero del ya referido Cuerpo legal, determinan, así mismo, como una de las atribuciones del Concejo Municipal, la de ejercer la facultad normativa en las materias de su competencia, mediante la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones,

En, ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización y que han sido ya señaladas,

EXPIDE:

LA ORDENANZA DE CREACIÓN Y

FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE

SEGURIDAD CIUDADANA MUNICIPAL DEL

CANTON TISALEO

SECCIÓN I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 19
Art. 1 De la creación del Consejo de Seguridad Ciudadana Municipal del Cantón Tisaleo.- Créase el Consejo de Seguridad Ciudadana Municipal del Cantón Tisaleo, con jurisdicción dentro del territorio del Cantón Tisaleo.
Art. 2 Ámbito de aplicación.- La presente ordenanza regula la creación, conformación, funcionamiento y operación del Consejo de Seguridad Ciudadana Municipal del Cantón Tisaleo.
Art. 3 Objeto.- El Consejo de Seguridad Ciudadana Municipal del cantón Tisaleo será el encargado de la formulación y ejecución de políticas locales, de planes y de la evaluación de resultados sobre prevención, protección, seguridad y convivencia ciudadana.
Art. 4 Funciones.- Son funciones del Consejo de Seguridad Ciudadana Municipal del Cantón Tisaleo, las siguientes:

Ejecutar los planes, programas, proyectos y directrices emitidos por el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana y por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tisaleo.

Elaborar, supervisar y evaluar la aplicación del Plan Anual de Seguridad Ciudadana Cantonal y los programas, proyectos emitidos por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tisaleo y/u Organismos Superiores rectores de dicha competencia.

Analizar en forma permanente los problemas de seguridad ciudadana del cantón Tisaleo.

Vigilar y supervisar la acción que desarrollen las brigadas locales que existan, o que puedan constituirse en el futuro, en cada uno de los sectores y/o centro cantonal de Tisaleo.

Presentar un informe anual de la gestión realizada, con la respectiva evaluación de resultados obtenidos sobre prevención, protección y/o seguridad ciudadana en el cantón Tisaleo.

Realizar las coordinaciones necesarias con los demás Consejos y Comités Parroquiales de Seguridad Ciudadana del cantón Tisaleo.

Formular información oportuna para que sea difundida entre la ciudadanía, en materia de prevención y reacción frente a amenazas a la seguridad.

Diseñar procesos que motiven la participación ciudadana, tendientes a generar conciencia y práctica en materia de seguridad ciudadana.

Gestionar ante autoridades gubernamentales rectoras de la competencia de seguridad ciudadana, así como también ante instituciones nacionales e internacionales, recursos destinados a la ejecución de los planes, programas y sistemas para el...

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