Resoluciones. CDE-EP-CDE-EP-2017-0003-R Desígnese a la Directora de Comunicación y de Asuntos Internacionales como delegada del Gerente General

Número de Boletín354
SecciónResoluciones
EmisorEmpresa Pública Correos del Ecuador Cde. E.P.
Miércoles 24 de octubre de 2018 – 25Registro Of‌i cial Nº 354
Artículo 6.- Encárguese la publicación de la presente
Resolución, en el Registro Of‌i cial, al Secretario General.
Artículo f‌i nal.- La presente Resolución entrará en vigencia
a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Of‌i cial.
Documento f‌i rmado electrónicamente
Sr. Cristian Castillo Peñaherrera, Gerente General.
CORREOS DEL ECUADOR CDE E.P.- El Presente
documento es f‌i el copia del original que reposa en: ..... .-
Lo certif‌i co.- f.) Ilegible, Secretaría General.- Fecha: 24 de
septiembre de 2018.
Nro. CDE-EP-CDE-EP-2017-0003-R
Quito, D.M., 13 de julio de 2017
EMPRESA PÚBLICA
CORREOS DEL ECUADOR
Considerando:
artículo 226, establece que: “Las Instituciones del Estado,
sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley. Tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución.”;
Que, el artículo 227 de la Carta Magna manif‌i esta:
La administración pública constituye un servicio a la
colectividad que se rige por los principios de ef‌i cacia,
ef‌i ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planif‌i cación, transparencia y evaluación.”;
Que, el primer inciso del artículo 315 de la Norma Suprema
dispone: “El Estado constituirá empresas públicas para la
gestión de sectores estratégicos, la prestación de servicios
públicos, el aprovechamiento sustentable de recursos
naturales o de bienes públicos y el desarrollo de otras
actividades económicas. ( )”;
Que, el artículo 10 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas
establece: “La o el Gerente General de la empresa pública
será designado por el Directorio, de fuera de su seno.
Ejercerá la representación legal, judicial y extrajudicial
de la empresa y será en consecuencia el responsable de la
gestión empresarial, administrativa, económica, f‌i nanciera,
comercial, técnica y operativa”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 324 de 14 de abril de
2010, el señor Presidente Constitucional de la República
del Ecuador, creó la Empresa Pública Correos del Ecuador
CDE E.P., como Operador Público del Servicio Postal
Of‌i cial del Ecuador, persona jurídica de derecho público,
con patrimonio propio, dotada de autonomía presupuestaria,
f‌i nanciera, económica, administrativa y de gestión, con
domicilio principal en Quito, Distrito Metropolitano,
provincia de Pichincha;
Que, el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva textualmente
establece: “Las atribuciones propias de las diversas
entidades y autoridades de la Administración Pública
Central e Institucional, serán delegables en las
autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las
que se encuentren prohibidas por la Ley o por Decreto. La
delegación será publicada en el Registro Of‌i cial ( )”;
Que, el artículo 64 del Estatuto de Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva señala: “Las
Administraciones Públicas Central e Institucional de la
Función Ejecutiva sometidos a este estatuto manif‌i estan
su voluntad jurídica de derecho público a través de actos
administrativos, actos de simple administración, hechos
administrativos, contratos administrativos y reglamentos,
sin perjuicio de recurrir a otras categorías de derecho
privado cuando tales administraciones actúen dentro de
dicho campo. De conformidad con lo que dispone la Ley
de Modernización del Estado, la extinción o reforma de
los actos administrativos se rige por lo dispuesto en este
estatuto, incluyendo los plazos para resolver y los efectos
del silencio de la administración.;
Que, el artículo 65 del Estatuto ibídem dispone: “ACTO
ADMINISTRATIVO.- Es toda declaración unilateral
efectuada en ejercicio de la función administrativa que
produce efectos jurídicos individuales de forma directa.”;
Que, mediante Resolución No. 162-2014 de 22 de abril
de 2014, publicada en el Registro Of‌i cial No. 263 de 09
de junio de 2014, se expide el Reglamento de Emisiones
Postales de la Empresa Pública Correos del Ecuador CDE-
E.P.;
Que, el artículo 4 del Reglamento de Emisiones Postales
de la Empresa Pública Correos del Ecuador CDE-E.P.
señala: “Art. 4.- Conformación. El Consejo Filatélico
estará integrado por los siguientes miembros: 1) El Gerente
General de la empresa pública Correos del Ecuador CDE
E.P., o su delegado; quien actuará como Presidente del
Consejo. ( );
Que, el artículo 9 del Reglamento de Emisiones Postales
de la Empresa Pública Correos del Ecuador CDE-E.P.
dispone: “Art. 9.- Atribuciones del Presidente del Consejo
Filatélico. a) Presidir las reuniones; b) Cumplir y hacer
cumplir el presente reglamento; c) Representar of‌i cialmente
al Consejo Filatélico por sí o mediante delegación;
d) Convocar a las reuniones del Consejo; y, e) Firmar
resoluciones de las emisiones postales aprobadas.”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 324 de 14 de abril
de 2010, el señor Presidente Constitucional de la República
del Ecuador, creó la Empresa Pública Correos del Ecuador
CDE E.P., como Operador Público del Servicio Postal
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