Acuerdos 000069. Ciérrase la Embajada del Ecuador en la República de Singapur
Número de Boletín | 269 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana |
Fecha de la disposición | 2 de Junio de 2014 |
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
Y MOVILIDAD HUMANA
Considerando:
Que, el inciso segundo del artículo 141 de la Constitución de la República determina que: "La Función Ejecutiva está integrada por la Presidencia y Vicepresidencia de la República, los Ministerios de Estado y los demás organismos e instituciones necesarios para cumplir, en el ámbito de su competencia, las atribuciones de rectoría, planificación, ejecución y evaluación de las políticas públicas nacionales y planes que se creen para ejecutarlas.";
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República establece que corresponde a las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley: "Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión.";
Que, el artículo 2 de la Ley Orgánica del Servicio Exterior prescribe, entre otras cosas: "... El Ministro es, además, el jefe directo del Servicio Exterior.";
Que, el artículo 7 de la Ley Orgánica del Servicio Exterior señala: "El Ministro de Relaciones Exteriores expedirá las normas, acuerdos y resoluciones del Ministerio, el de las misiones diplomáticas y el de las oficinas consulares";
Que, el Estatuto Orgánico de Estructura Organizacional de Gestión por Procesos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, publicado en el Registro Oficial, Suplemento No. 139, del 2 de mayo de 2011, en el artículo 8, numeral 4.1.1., literal b), numeral 8, señala como una de las atribuciones y responsabilidades del Ministro, el "Expedir los acuerdos y las resoluciones de carácter interno que normen la gestión institucional."
Que, el artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 20 de 10 de junio de 2013, publicado en el Registro Oficial No. 22, de 25 de junio de 2013, dispuso el cambio de denominación del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración por Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana;
Que, el artículo 17 inciso primero del Estatuto del Reglamento Jurídico...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba