Instrumentos. Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Comercio Exterior, Ministerio de Transporte y Obras Públicas, Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador, Ministerio del Interior y Dirección Nacional Antinarcóticos para la Implementación del Sistema de Inspección no Intrusiva para la Facilitación del Comercio Exterior
Número de Boletín | 773 |
Sección | Instrumentos |
Emisor | Ministerio de Comercio Exterior |
Fecha de la disposición | 29 de Marzo de 2016 |
CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR, MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS, SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS DEL ECUADOR, MINISTERIO DEL INTERIOR Y DIRECCIÓN NACIONAL ANTINARCÓTICOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE INSPECCIÓN NO INTRUSIVA PARA LA FACILITACIÓN DEL COMERCIO EXTERIOR.
CLÁUSULA PRIMERA: COMPARECIENTES.
Comparecen, el Ministerio de Comercio Exterior representado por el economista Diego Aulestia Valencia, en su calidad de Ministro, entidad a la que en adelante se denominará "MCE"; el Ministerio del Interior, representado por el doctor José Serrano Salgado, entidad a la que en adelante se denominará "MDI"; el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, representado por el ingeniero Walter Solís Valarezo, entidad que en adelante se denominará "MTOP"; el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, legalmente representado por el economista Xavier Cárdenas Moncayo, en su calidad de Director General, entidad a la que en adelante se denominará "SENAE"; quienes acuerdan celebrar el presente Convenio de Cooperación Interinstitucional, contenido en las cláusulas que a continuación, se expresan:
CLÁUSULA SEGUNDA: ANTECEDENTES
La Constitución de la República del Ecuador en el Artículo 226 dispone, que las Instituciones Públicas deben coordinar las acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.
Ante la futura implementación de la ley 109-347 de los Estados Unidos de América, que establece que el 100 por ciento de los contenedores de carga que ingresen a los Estados Unidos de América deben haber sido explorados mediante equipos de inspecciones no intrusivos mediante imágenes y equipos de detección de radiación en los países de procedencia, los puertos marítimos del Ecuador deben contar con equipamiento y sistemas necesarios para facilitar el comercio exterior y mejorar la seguridad de la carga.
Debido al impacto de esta iniciativa en el comercio exterior, seguridad y control de frontera, infraestructura portuaria, aeroportuaria, pasos de frontera y en la lucha contra el narcotráfico, es imprescindible trabajar coordinada y conjuntamente entre las diferentes instituciones del Estado competentes, a fin de encontrar una solución a nivel nacional que tome en consideración los intereses de cada institución según sus competencias y permita cumplir sus objetivos.
Con este antecedente, el Ministerio de Comercio...
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