Acuerdo 7903 - Créese la Escolta Judicial

Fecha de disposición12 Noviembre 2016
Fecha de publicación08 Febrero 2017
Número de registro7903
8 – Miércoles 8 de febrero de 2017 Registro Of‌i cial Nº 940
MINISTERIO COORDINADOR DE POLÍTICA
ECONÓMICA.- Es f‌i el copia del original.- f.) Ilegible.
No. 7903
José Ricardo Serrano Salgado
MINISTRO DEL INTERIOR
Considerando:
del Ecuador, dispone que a las Ministras y Ministros de
Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley,
les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas
del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión;
Que, de conformidad con el inciso tercero del artículo
protección interna y el mantenimiento del orden público
son funciones privativas del Estado y responsabilidad de
la Policía Nacional;
Ecuador, señala que la Policía Nacional es una institución
estatal de carácter civil, armada, técnica, jerarquizada,
disciplinada, profesional y altamente especializada, cuya
misión es atender la seguridad ciudadana y el orden
público, y proteger el libre ejercicio de los derechos y la
seguridad de las personas del territorio nacional;
Ecuador instituye que la potestad de administrar justicia
emana del pueblo y se ejerce por los órganos de la Función
Judicial y por los demás órganos y funciones establecidos
en la Constitución;
Ecuador, en su parte pertinente prevé que las Instituciones
Públicas tendrán el deber de coordinar acciones para el
cumplimiento de sus funciones y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución;
Ecuador, señala que la Administración Pública constituye
un servicio a la colectividad que se rige, entre otros,
por los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, planif‌i cación,
transparencia y evaluación;
Que, el artículo 2 de la Ley Orgánica de la Policía
Nacional, establece que ésta es una Institución profesional
y técnica, dependiente del Ministerio del Interior, y que
tiene por misión fundamental garantizar el orden interno y
la seguridad individual y social;
Que, el artículo 3 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional,
determina que la Policía Nacional podrá establecer los
servicios que considere necesarios para el cumplimiento
de sus funciones específ‌i cas;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 632, de 17 de enero
del 2011, publicado en el Registro Of‌i cial No. 372 de 27 de
enero de 2011, el Presidente Constitucional de la República
ordenó la reorganización de la Policía Nacional, y dispuso
que su representación legal, judicial y extrajudicial sea
asumida por el Ministro del Interior, debiendo adoptarse
las acciones administrativas tendientes a reorganizar la
estructura organizacional y los segmentos administrativos
y operativos de la misma;
Que, conforme establece el Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior,
publicado en el Registro Of‌i cial 102, del 17 de diciembre
de 2010, esta Cartera de Estado, tiene como misión ejercer
la rectoría, ejecutar y evaluar la política pública para
garantizar la seguridad interna y la gobernabilidad del
Estado, en el marco del respeto a los derechos humanos, la
democracia y la participación ciudadana, para contribuir
al buen vivir;
Que, mediante Of‌i cio No. 736-CG-2016 suscrito por el
Comandante General de la Policía Nacional, en el cual
remite el informe unif‌i cado de la Dirección General de
Personal, la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica y
Dirección General de Operaciones por el cual se prestaría
el contingente policial en las instalaciones de la Judicatura;
Que, mediante Of‌i cio No. CJ-DG-2016-938 el Director
General del Consejo de la Judicatura solicita la asignación
del personal a nivel nacional para la conformación de la
Escolta Judicial, que les permitirá atender las necesidades
de seguridad en las distintas unidades judiciales;
Que, el Ministerio del Interior a través de la Policía Nacional
del Ecuador, como organismo ejecutor de la política
gubernamental para fortalecer la seguridad ciudadana,
y disminuir la inseguridad y delincuencia, requiere
establecer y reestructurar dependencias especializadas que
permitan garantizar la seguridad integral de las personas
encargadas de administrar justicia; y,
En ejercicio de la atribución conferida en el artículo 154
y, lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo No. 632, del 17 de
enero de 2011.
Acuerda:
Artículo 1.- Crear la ESCOLTA JUDICIAL, que se
integrará a la estructura orgánica de la Policía Nacional del

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