Acuerdos 030-2013. Acuerdo 030-2013 - Deléganse atribuciones al Subsecretario de Inclusión Digital

Número de Boletín33
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información
Fecha de la disposición12 de Junio de 2013

Ing. Jaime Guerrero Ruiz

MINISTRO DE TELECOMUNICACIONES

Y DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN

Considerando:

Que, el numeral 1 del Art. Art. 154 de la Constitución de la República confiere a las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, la rectoría de las políticas del área a su cargo, así como la facultad de expedir acuerdos y resoluciones administrativas;

Que, el Art. 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada, en lo referente a la delegación de atribuciones, establece: "DELEGACIÓN DE ATRIBUCIONES.- Cuando la importancia económica o geográfica de la zona o la conveniencia institucional lo requiera, los máximos personeros de las instituciones del Estado dictarán acuerdos, resoluciones u oficios que sean necesarios para delegar sus atribuciones…";

Que, mediante Decreto Ejecutivo N° 8, de 13 de agosto de 2009, publicado en el Registro Oficial N° 10, de 24 de agosto de 2009, el Presidente de la República creó el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información y restructuró el esquema institucional del sector de las telecomunicaciones en el Ecuador;

Que, el Art. 3 del Decreto referido, dispone que para el cumplimiento de las funciones ministeriales, el Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, podrá expedir las normas, acuerdos y resoluciones que requiera la gestión ministerial;

Que, con Decreto Ejecutivo N° 311, de 5 de abril de 2010, el señor Presidente Constitucional de la República, nombró al Ing. Jaime Guerrero Ruiz como Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, los Ministros de Estado son competentes para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización alguna del Presidente de la República, salvo...

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