Acuerdos 427. Acuerdo 427 - Deléganse responsabilidades al titular del Viceministerio de Agricultura y Ganadería

Número de Boletín107
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca
Fecha de la disposición25 de Septiembre de 2013

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA

Considerando:

Que, el artículo 154 de la Constitución de la República señala que son atribuciones de las Ministras y Ministros de Estado: "1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión'';

Que, la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la iniciativa Privada, promulgada en el Registro Oficial No.349 de 31 de diciembre de 1993, establece en su artículo 35 que: "Cuando la importancia económica o geográfica de la zona o la conveniencia institucional lo requiera, los máximos personeros de las instituciones del Estado dictarán acuerdos, resoluciones u oficios que sean necesarios para delegar sus atribuciones (...)";

Que, el artículo 61 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, promulgada en el Registro Oficial No. 395 de 4 de agosto de 2008, regula la delegación de las facultades de la máxima autoridad para la tramitación de procesos de contratación pública a funcionarios o empleados de la entidad;

Que, el artículo 4 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, promulgada en el Registro Oficial No. 588 de 12 de mayo de 2009, establece: "En aplicación de los principios de Derecho Administrativo son delegables todas las facultades previstas...

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