Acuerdos 002. Acuerdo 2 - Deléganse atribuciones a las siguientes personas: Comandante General de la Fuerza Terrestre

Número de Boletín207
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Fecha de la disposición 2 de Enero de 2014

María Fernanda Espinosa

MINISTRA DE DEFENSA NACIONAL

Considerando:

Que el Art. 226 de la Constitución de la República del Ecuador señala: "Las instituciones del estado, sus organismos, dependencias, las servidoras y servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución";

Que de conformidad con Art. 154, numeral 1) ibídem, corresponde a las Ministras y Ministros de Estado: 1) "Ejercer la rectoría de las políticas del área a su cargo y expedir los Acuerdos y Resoluciones administrativas que requiera su gestión ministerial; (...)";

Que el Art. 10 literal m) de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional señala que, son atribuciones y obligaciones del Ministerio de Defensa Nacional "Delegar su representación legal al Subsecretario General, al Jefe del Comando Conjunto, Comandantes de Fuerza, Subsecretario y otras autoridades, de conformidad con el Estatuto Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, para firmar convenios, contratos y desarrollar actos administrativos";

Que el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva señala que: "Las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional, serán delegadas en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley o Decreto";

Que mediante oficio No. MRNNR-ENAMI-2013-0020-O de 20 de diciembre de 2013, el señor Dr. Santiago José Yépez Dávila, Gerente General de la Empresa Nacional Minera ENAMI EP, solicita a esta Cartera de Estado la suscripción de un...

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