Acuerdos INMOBILIAR-ACUERDO-2014-0015. Acuerdo INMOBILIAR-ACUERDO-2014-0015 - Deléganse atribuciones al Coordinador General de Asesoría Jurídica

Número de Boletín353
SecciónAcuerdos
EmisorServicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público
Fecha de la disposición21 de Julio de 2014

Dr. Kléver Arturo Mejía Granizo

DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO DE

GESTIÓN INMOBILIARIA DEL SECTOR PÚBLICO

Considerando:

Que el Artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución".

Que el Artículo 227 de la Constitución de la República manifiesta: "La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación".

Que el numeral 6 del artículo 5 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas señala: "Para el funcionamiento de los sistemas de planificación y finanzas públicas se establecerán los mecanismos de descentralización y desconcentración pertinentes, que permitan una gestión eficiente y cercana a la población.

Que el Artículo 28-A de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada establece que: "La formación, extinción y reforma de los actos administrativos de las instituciones de la Función Ejecutiva, se regirán por las normas del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva".

Que el Artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada dispone que: "Cuando la importancia económica o geográfica de la zona o la conveniencia institucional lo requiera, los máximos personeros de las instituciones del Estado dictarán acuerdos, resoluciones u oficios que sean necesarios para delegar sus atribuciones. En estos documentos se establecerá el ámbito geográfico o institucional en el cual los funcionarios delegados ejercerán sus atribuciones".

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 50 de 22 de julio de 2013, se reforma el Decreto Ejecutivo 798 de 22 de junio de 2011, publicado en el Registro Oficial número 485 de 6 de junio de 2011, se transforma a la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, en Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, como organismo de derecho público, personalidad jurídica, dotado de autonomía administrativa, operativa y financiera.

Que el Decreto Ejecutivo número 798 de 22 de junio de 2011, publicado en el Registro Oficial número 485 de 6 de julio de 2011, dispone que el Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR ejerce la rectoría del Sistema Nacional de Gestión Inmobiliaria del Sector Público.

Que el Artículo 4 del Decreto Ejecutivo 798 establece entre las funciones del Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, las inherentes a:

"3. Establecer la situación técnica y jurídica de los bienes inmuebles de propiedad, en uso o en posesión de las entidades detalladas en el Art. 3 de este Decreto, aquellos sobre los que se ha establecido o consolidado el derecho de dominio, aquellos que se encuentran invadidos, abandonados, arrendados, entregados en comodato, en posesión de otras personas, aquellos cuya situación jurídica no se encuentre regularizada, aquellos respecto de los que se tenga la expectativa legítima a adquirir su uso o dominio, o que bajo cualquier otro título se encuentren en tenencia de las referidas instituciones. Esta función se extiende, inclusive a los inmuebles...

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