Acuerdos 2016-032. Deléguense atribuciones y deberes, a la ingeniera Cinthya Paola Rodríguez Chiliquinga

Número de Boletín866
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Minería
Fecha de la disposición13 de Septiembre de 2016

Javier Córdova Unda

MINISTRO DE MINERÍA

Considerando:

Que, la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial Nº 449 de 20 de octubre de 2008, en el artículo 154 dispone: "A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión.";

Que, el artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada establece: "Cuando la importancia económica o geográfica de la zona o la conveniencia institucional lo requiera los máximos personeros de las instituciones del Estado dictarán acuerdos, resoluciones u oficios que sean necesarios para delegar sus atribuciones";

Que, el artículo 126 de la Ley Orgánica de Servicio Público, dispone: "Cuando por disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto de nivel jerárquico superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente";

Que, el artículo 270 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Servicio Público, establece: "A efectos de la subrogación se deberá cumplir con los requisitos del puesto a subrogarse y en función de la misma se ejercerán las funciones correspondientes al puesto subrogado";

Que, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, indica: "Los Ministros de Estado son competentes para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización alguna del Presidente de la República, salvo los casos expresamente señalados en leyes especiales. Los Ministros de Estado, dentro de la...

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