Resolución MTOP-SPTM-2016-0031-R - Deléguense facultades al Ing. Wilson Alberto Coronado Suárez, Analista de Infraestructura y Equipamiento Portuario 1
Número de Boletín | 931 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Ministerio de Transporte y Obras Públicas |
Fecha de la disposición | 24 de Febrero de 2016 |
Guayaquil, 24 de febrero de 2016
MINISTERIO DE TRANSPORTE
Y OBRAS PÚBLICAS
LA SUBSECRETARIA DE PUERTOS
Y TRANSPORTE MARÍTIMO Y FLUVIAL
Considerando:
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador establece que la Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;
Que, el Art. 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada, expresa: "Cuando la importancia económica o geográfica de la zona o la conveniencia institucional lo requiera, los máximos personeros de las instituciones del Estado dictarán acuerdos, resoluciones u oficios que sean necesarios para delegar sus atribuciones".
En concordancia con el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, que indica: "Las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional, serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley o por Decreto. La delegación será publicada en el Registro Oficial.";
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 020 de fecha 12 de abril de 2012, se desconcentran las competencias y atribuciones, productos y responsabilidades de la SPTMF, a las Direcciones Provinciales, las mismas que serán ejecutadas por equipos de trabajo ubicados en las dependencias de las autoridades portuarias correspondientes a los puertos: Puerto Bolívar, Manta, Esmeraldas y en la provincia de Galápagos Puerto Baquerizo Moreno y Puerto Ayora; y, otros espacios geográficos donde se desarrolle la actividad portuaria, marítima y fiuvial, en función de las prioridades que establezca la SPTMF;
Que, mediante Acuerdo Ministerial 039 de 13 de mayo de 2013 se modifica el Art. 1 del...
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