Resolución 072-ARCH-DAJ-2016 - Deléguense facultades a las siguientes personas: Ab. César Ramiro Campos Valladares, Coordinador de Gestión de Infracciones Hidrocarburíferas
Número de Boletín | 835 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero |
Fecha de la disposición | 12 de Mayo de 2016 |
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA
AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL
HIDROCARBURÍFERO
Considerando:
Que, el artículo 11 de la Ley de Hidrocarburos, reformado por la Ley Reformatoria a la Ley de Hidrocarburos y a la Ley de Régimen Tributario Interno, publicado en el Registro Oficial No. 244 de 27 de julio de 2010, dispone la creación de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero (ARCH) como organismo técnicoadministrativo encargado de regular, controlar y fiscalizar las actividades técnicas y operacionales en las diferentes fases de la industria hidrocarburífera;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. MH-DM2015-0009-AM de 13 de abril de 2015, el Ministro de Hidrocarburos, acuerda expedir el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero, ARCH, publicado en la Edición Especial No. 321 del R. Ofide 20 de mayo de 2015;
Que, es misión de la Dirección de Asesoría Jurídica, velar y asesorar para la observancia de los principios constitucionales y legales, en las actuaciones de todas las dependencias de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero, conforme el ámbito de acción y productos señalados en el numeral 11.3.1 del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Agencia de Regulación Hidrocarburífero;
Que, mediante Acta de Reunión de Directorio Extraordinario de la ARCH No. 02-DIRECTORIOEXTRAORDINARIO-ARCH-2016 de 03 de mayo del 2016, se designa al Ing. Raúl Baldeón López como Director Ejecutivo de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero (ARCH);
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatización y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada y el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, el Director de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero, se encuentra facultado para delegar sus atribuciones a los funcionarios u órganos de inferior jerarquía de la institución cuando así lo estime...
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