Resoluciones RE-2017-012. Deléguense facultades a las siguientes personas: Mgs. Paúl Alan Merchán Merchán, Director Regional de Control de Hidrocarburos y Combustibles ARCH - MANABÍ

Número de Boletín978
SecciónResoluciones
EmisorAgencia de Regulación y Control Hidrocarburífero
Miércoles 5 de abril de 2017 – 39Registro Of‌i cial Nº 978
e. Suscribir of‌i cios, y demás comunicaciones para
certif‌i car afectaciones y no afectaciones al derecho
de vía de su jurisdicción de acuerdo a la normativa
aplicable.
f. Suscribir of‌i cios, y demás comunicaciones para
autorizar cruces transversales de pequeña magnitud, en
su jurisdicción de acuerdo a la normativa aplicable.
g. Suscribir of‌i cios, y demás comunicaciones solicitando
correctivos a las actividades de mantenimiento de los
sistemas de almacenamiento y transporte de derivados,
GLP y gas natural.
h. Suscribir of‌i cios, y demás comunicaciones solicitando
informes técnicos y documentación complementaria,
previa aprobación de cruces de pequeña magnitud,
de cruces a los derechos de vía y afectaciones a
la infraestructura hidrocarburífera de poliductos y
gasoductos.
i. Suscribir of‌i cios y/o comunicaciones que deban
elaborarse para solicitar información o documentación
complementaria, a f‌i n de agilitar los trámites de
aprobación de solicitudes
Art. 2.- El Ingeniero Luis Fernando Mariño Estrada,
responderá administrativamente ante el Director Ejecutivo
de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero,
personal, civil y penalmente, ante las autoridades
competentes por los actos realizados en ejercicio de la
presente delegación.
Art. 3.- El Ingeniero Luis Fernando Mariño Estrada,
emitirá un informe ejecutivo por escrito o cuando el
Director Ejecutivo de la Agencia de Regulación y Control
Hidrocarburífero así lo requiera, de las acciones tomadas en
ejercicio de la presente delegación.
Art. 4.- En el contenido de los documentos a los que se
ref‌i ere el artículo 1 de la presente Resolución, deberá
hacerse constar el siguiente texto:
“Suscribo el presente (Tipo de documento) en virtud de
la Delegación otorgada mediante Resolución (Señalar
No. y fecha de la delegación), por el Ing. Raúl Darío
Baldeón López, en su calidad de Director Ejecutivo de
la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero.”
Art. 5.- Deróguese expresamente la Resolución Nro. RE-
2016-017 de fecha 01 de noviembre de 2016.
Art. 6.- Esta Resolución entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.-
Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 1 de febrero de
2017.
f.) Ing. Raúl Darío Baldeón López, Director Ejecutivo,
Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero, ARCH.
AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL
HIDROCARBURIFERO.- ARCH.- Es f‌i el copia del
original.- Lo certif‌i co.- f.) Patricia Iglesias, Centro de
Documentación.- Quito, 14 de marzo de 2017.
No. RE-2017-012
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA
AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL
HIDROCARBURÍFERO
Considerando:
Ecuador publicada en el Registro Of‌i cial Nro. 449 de fecha
20 de octubre de 2008, determina que: “Las Instituciones
del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o
servidores públicos y las personas que actúen en virtud de
una potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les serán atribuidas en la Constitución
y la Ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus f‌i nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que, el artículo 11 de la Ley de Hidrocarburos, reformado
por la Ley Reformatoria a la Ley de Hidrocarburos y a la
Ley de Régimen Tributario Interno, publicada en el Registro
Of‌i cial Nro. 244 de 27 de julio del 2010, dispone la creación
de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero
como organismo técnico–administrativo encargado de
regular, controlar y f‌i scalizar las actividades técnicas
y operacionales en las diferentes fases de la industria
hidrocarburífera;
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 35
de la Ley de Modernización del Estado, Privatización y
Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa
Privada publicada en el Registro Of‌i cial Nro. 349 de fecha
31 de diciembre de 1993, y el artículo 55 del Estatuto del
Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva
publicado en el Registro Of‌i cial Nro 536 de fecha 18 de
marzo de 2002, el Director Ejecutivo de la Agencia de
Regulación y Control Hidrocarburífero, se encuentra
legalmente facultado para delegar sus atribuciones a los
funcionarios u órganos de inferior jerarquía de la institución
cuando así lo estime conveniente;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. MH-DM-
2015-0009-AM de 13 de abril de 2015, el Ministro de
Hidrocarburos, acuerda expedir el Estatuto Orgánico de
Gestión Organizacional por Procesos de la Agencia de
Regulación y Control Hidrocarburífero, ARCH, publicado
en la Edición Especial Nro. 321 del Registro Of‌i cial de
fecha 20 de mayo de 2015;
Que, mediante Resolución No. 005-2016-DIRECTORIO-
ARCH de 03 de mayo del 2016, se designa al Ing. Raúl Darío
Baldeón López como Director Ejecutivo de la Agencia de
Regulación y Control Hidrocarburífero (ARCH);
Que, mediante Acción de Personal No. DAF-GTH-067
de 26 de enero de 2017 se otorga nombramiento de libre
remoción al Magister Paúl Alan Merchán Merchán
como Director Regional de Control de Hidrocarburos y
Combustibles ARCH-MANABÍ;
Que, es misión de las Regionales de Control de
Hidrocarburos y Combustibles, Controlar y f‌i scalizar
todas las operaciones y actividades hidrocarburíferas

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