Resolución RE-2017-012-A - Deléguense facultades a las siguientes personas: Ing. Ana Etelvina Ortíz Delgado, Coordinadora de Gestión del Centro Nacional de Control de Calidad de Hidrocarburos
Fecha de disposición | 05 Abril 2017 |
Fecha de publicación | 05 Abril 2017 |
Número de registro | RE-2017-012-A |
Número de Gaceta | 978 |
Miércoles 5 de abril de 2017 – 41Registro Ofi cial Nº 978
No. RE-2017-012-A
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA
AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL
HIDROCARBURÍFERO
Considerando:
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del
Ecuador publicada en el Registro Ofi cial Nro. 449 de fecha
20 de octubre de 2008, determina que: “Las Instituciones
del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o
servidores públicos y las personas que actúen en virtud de
una potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les serán atribuidas en la Constitución
y la Ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus fi nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que, el artículo 11 de la Ley de Hidrocarburos, reformado
por la Ley Reformatoria a la Ley de Hidrocarburos y a la
Ley de Régimen Tributario Interno, publicada en el Registro
Ofi cial Nro. 244 de 27 de julio del 2010, dispone la creación
de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero
como organismo técnico administrativo encargado de
regular, controlar y fi scalizar las actividades técnicas
y operacionales en las diferentes fases de la industria
hidrocarburífera;
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 35
de la Ley de Modernización del Estado, Privatización y
Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa
Privada publicada en el Registro Ofi cial Nro. 349 de fecha
31 de diciembre de 1993, y el artículo 55 del Estatuto del
Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva
publicado en el Registro Ofi cial Nro. 536 de fecha 18 de
marzo de 2002, el Director Ejecutivo de la Agencia de
Regulación y Control Hidrocarburífero, se encuentra
legalmente facultado para delegar sus atribuciones a los
funcionarios u órganos de inferior jerarquía de la institución
cuando así lo estime conveniente;
Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. MH-DM-
2015-0009-AM de 13 de abril de 2015, el Ministro de
Hidrocarburos, acuerda expedir el Estatuto Orgánico de
Gestión Organizacional por Procesos de la Agencia de
Regulación y Control Hidrocarburífero, ARCH, publicado
en la Edición Especial Nro. 321 del Registro Ofi cial de
fecha 20 de mayo de 2015;
Que, es misión del Proceso de Gestión de Control Técnico
de Hidrocarburos entre otros, proporcionar el soporte
técnico transversal para el análisis de la calidad de los
hidrocarburos, biocombustibles y sus mezclas a través del
Centro Nacional de Control de Calidad de Hidrocarburos
(CNCCH) conforme lo dispuesto en la Ley de Hidrocarburos
y la reglamentación aplicable, observando para el efecto
el ámbito de acción y productos señalados en el número
11.2.4 del artículo 11 del Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos de la Agencia de Regulación y
Control Hidrocarburífero;
Que, mediante Resolución No. 005-2016-DIRECTORIO-
ARCH de 03 de mayo del 2016, se designa al Ing. Raúl Darío
Baldeón López como Director Ejecutivo de la Agencia de
Regulación y Control Hidrocarburífero (ARCH);
Que, es necesario racionalizar y desconcentrar la gestión
administrativa de la Agencia de Regulación y Control
Hidrocarburífero (ARCH) en general y del Director
encargado de la Agencia de Regulación y Control
Hidrocarburífero en especial, a fi n de proveer de mayor
agilidad al despacho de las labores inherentes a la
institución; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confi ere el artículo
35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones
y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa
Privada, en concordancia con el artículo 55 del Estatuto del
Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,
Resuelve:
Art. 1.- Delegar a la Ing. Ana Etelvina Ortíz Delgado,
como Coordinadora de Gestión del Centro Nacional de
Control de Calidad de Hidrocarburos, para que, a nombre
y representación del Director Ejecutivo de la Agencia de
Regulación y Control Hidrocarburífero ejerza, a más de las
contempladas en el Número 11.2.4 del Estatuto Orgánico
de Gestión Organizacional por procesos de la ARCH, las
siguientes funciones:
a) Coordinar las actividades operativas y técnicas del
Centro Nacional de Control de Calidad de Hidrocarburos
(CNCCH);
b) Mantener y hacer cumplir las responsabilidades que
se le asignen en los distintos documentos del Sistema
de Gestión de la Calidad bajo la Norma NTE ISO/IEC
17025:2006;
c) Validar y calcular la incertidumbre de los métodos
analíticos e instrumentales para asegurar la calidad de
los datos presentados y analizados;
d) Suscribir ofi cios y/o comunicaciones que deban
elaborarse para solicitar información o documentación
complementaria inherente a sus funciones con la
fi nalidad de agilitar los trámites que correspondan; y,
e) Suscribir ofi cios de atención de información solicitada
por instituciones públicas y privadas inherentes al
ámbito de su competencia.
Art. 2.- La Ing. Ana Etelvina Ortíz Delgado, responderá
administrativamente ante el Director Ejecutivo de la Agencia
de Regulación y Control Hidrocarburífero, personal, civil y
penalmente ante las autoridades competentes por los actos
realizados en ejercicio de la presente delegación.
Art. 3.- La Ing. Ana Etelvina Ortíz Delgado, emitirá un
informe ejecutivo por escrito una vez por mes o cuando el
Director Ejecutivo de la Agencia de Regulación y Control
Hidrocarburífero (ARCH) lo requiera, de las acciones
tomadas en ejercicio de la presente delegación.
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